Ayuda al alquiler de la Junta de Andalucía: qué es y cómo solicitarla

Ayuda al alquiler de la Junta de Andalucía: qué es y cómo solicitarla

Descubre todos los requisitos y trámites necesarios para conseguir la ayuda destinada a subvencionar la cuota del alquiler de tu vivienda principal en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

¿Necesitas soporte económico para pagar el alquiler de tu vivienda actual?, si resides en Andalucía podrías optar por la ayuda que ofrece la Junta. Todos los años esta convoca a la denominada ayuda al alquiler como incentivo para ayudar a los jóvenes a obtener un alivio económico.

También es accesible para adultos mayores y personas que están en una situación desfavorable.

¿Te interesa saber más sobre esta subvención?, entonces, te invitamos a leer el siguiente artículo sobre la ayuda al alquiler.

1. ¿En qué consiste la ayuda al alquiler de la Junta de Andalucía?

Se trata de una subvención parcial de la renta para el alquiler de una vivienda dirigida a distintos sectores de la población. El uso de dicha vivienda puede ser permanente o habitual.

Información y requisitos de la ayuda al alquiler ofrecida por la Junta de Andalucía a todos sus habitantes.

2. ¿Cuál es la cuantía por recibir con la ayuda al alquiler?

En línea general, la cuantía dependerá del grupo al que pertenezca, por ejemplo:

  • Jóvenes menores de 35 años tendrán derecho a una ayuda del 50% de su renta.
  • Adultos mayores de 65 años en adelante la ayuda también será del 50%
  • Personas de bajos ingresos y aquellos que se encuentran en una situación de alta vulnerabilidad, la ayuda podría cubrir hasta el 75%

Información adicional

Recuerda que para tener derecho a estas modalidades es preciso rellenar la opción en el apartado ocho del modelo de solicitud. En caso contrario, se te concederá sólo la ayuda general, sin complemento alguno.

3. ¿Cuáles son los requisitos para optar a la ayuda al alquiler de Andalucía?

Como todo subsidio, existe una serie de requisitos familiares y económicos que todo interesado debe reunir para hacer la solicitud. En este sentido, para que usted y el resto de su núcleo familiar sean beneficiarios de esta ayuda tendrá que cumplir con estos requisitos:  

Referentes al núcleo familiar

  • Que uno de los miembros sea titular del contrato de arrendamiento de la vivienda habitual. Además, debe acoplarse a la normativa vigente al momento de hacer entrega de la solicitud.
  • Que la vivienda posea una referencia catastral; para obtener la suya haga clic en el siguiente enlace.
  • La cuantía máxima de la renta no puede exceder el importe de 600 euros.
  • Poseer un certificado colectivo de empadronamiento fechado para el mismo año en que se realice la solicitud.
  • Que el solicitante cuente con residencia legal dentro del territorio español.

Referentes al factor económico

Para obtener este factor debe seguir los pasos que indicamos a continuación:

  • Primeramente, tendrá en cuenta los miembros de la unidad familiar que hayan presentado la declaración del IRPF, sumando la cuantía de todos.

Aquellos que no hayan presentado la declaración serán anotados como ingresos brutos después de restar los importes deducibles. Estos últimos están incluidos en la reducción de rendimientos por trabajo.

  • Después, deberá sumar todos los ingresos obtenidos para luego multiplicarlos por uno de los valores según su respectiva circunstancia:
  • Multiplicar por 0,75 — En caso de que se trate de una familia numerosa de carácter general o existan personas con discapacidad dentro dicho núcleo familiar.
  • Multiplicar por 0,60 — Siempre que sea una familia numerosa de carácter especial o exista algún miembro con parálisis cerebral, enfermedad mental, discapacidad intelectual, etc.

No obstante, el grado de esta discapacidad debe ser superior al 33% reconocido. Para aquellas personas con discapacidad física o sensorial se tendrá en cuenta a partir del 65%

  • Posteriormente, procederá a escoger los ingresos del núcleo familiar y se transformarán los múltiplos del IPREM. Luego, estos se dividen por la cantidad correspondiente a 14 pagos del IPREM.

Información adicional

Igualmente, es necesario que el solicitante tenga en alga una cuenta bancaria en la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública. De este modo, se podrá abonar la ayuda, puesto que el ingreso en dicha cuenta es el único medio de pago posible hasta la fecha.

El interesado debe estar al corriente con el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y estar al día con sus responsabilidades frente a la Seguridad Social. Esto será así durante todo el proceso y hasta que se conceda el pago de la ayuda al alquiler.

Recuerde que, no podrá obtener ser beneficiario si presenta deudas en período ejecutivo de cualquier otro ingreso de derecho público de la Junta.

4. ¿Cuándo se rechaza la solicitud de la ayuda al alquiler de la Junta de Andalucía?

Si se presenta alguno de los siguientes supuestos, en consecuencia, podría prohibirse el derecho del solicitante a optar por esta ayuda al alquiler.

  • Si el arrendador goza de algún parentesco de primer o segundo orden de consanguinidad con el solicitante en cuestión. También si constan de alguna relación laboral.
  • Si se es titular de una vivienda que no es utilizada por causas de divorcio, incapacidad. Igualmente, si el porcentaje de titularidad de la propiedad es inferior a 50%
  • Si se dispone de un contrato de alquiler.

Información adicional

Todas las notificaciones se cursarán mediante una publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. El cual podrá consultar en el portal web de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. A su vez, esta surtirá los mismos efectos que una notificación individual.

Asimismo, se avisará a las personas interesadas en dicha publicación a través de una llamada telefónica o un SMS. También podrá recibir un escrito dirigido a la cuenta de correo electrónico que haya consignado al momento de presentar la solicitud.

5. Cómo realizar la solicitud de ayuda al alquiler en Andalucía

Por lo general, el plazo de presentación de solicitudes varía respecto a una convocatoria a otra. Por consiguiente, le recomendamos comprobar regularmente el estado de estas desde la página oficial de la Junta de Andalucía.

Ahora bien, para presentar la solicitud de ayuda de alquiler actualmente tiene tres vías a su disposición:

  • De forma telemática — Ingresando a la web de la Junta de Andalucía
  • Acudiendo a las Entidades Colaborativas de la localidad donde resida el solicitante.
  • En alguna de las distintas Delegaciones Territoriales de la Junta; para consultar las delegaciones por provincias haga clic aquí.
  • De igual forma, deberá disponer del impreso de solicitud de la Junta para completar la solicitud. Si desea acceder a él, pinche el siguiente enlace: Impreso de solicitud

Recuerde que, es importante cumplimentar con este documento y entregarlo dentro del plazo exigido en la última convocatoria.

6. ¿Cuál es el período subvencionable?

En estos casos, se tomarán en cuenta los siguientes escenarios:

  • Las mensualidades cubiertas por esta convocatoria de ayudas son 36 y van desde enero de 2018 a diciembre de 2020.
  • El inicio del período subvencionable para cada solicitante será la primera mensualidad completa, vigente para el contrato de arrendamiento. No obstante, se tomará en cuenta que el inicio debe ser posterior al 2018 y anterior a la presentación de la solicitud.
  • Al final de dicho período se dará la mensualidad anterior al mes en que se dejó de cumplir cualquiera de los requisitos exigidos.

7. ¿Qué documentación debo presentar para obtener la ayuda al alquiler?

En estos casos, los documentos por presentar van a depender de si has aceptado que la Junta consulte tus datos o no. De estar conforme con ello, los documentos que deberás adjuntar a tu solicitud son:

  • El justificante de los pagos referentes a los meses pagados de alquiler de la vivienda.
  • Un certificado de empadronamiento fechado para el año anterior al de la solicitud.
  • Un documento de servicios sociales donde se acredite una condición de exclusión social; en caso de haberla. Este también deberá estar fechado para un año antes de la solicitud de ayuda.
  • Demostrar la posesión de una vivienda en caso de que ya no pueda usarla. También deberá presentar un contrato de arrendamiento de otra vivienda, no obstante, no podrá hacer uso de ella.
  • Un justificante o documento oficial, siempre y cuando la solicitud sea presentada por un representante legal.

En cambio, al no dar tu consentimiento a la Junta, deberás presentar estos documentos:

  • El certificado catastral de la vivienda por la cual se realiza la solicitud de subvención.
  • Una fotocopia del DNI de los miembros que no hayan dado su consentimiento para la aprobación de datos.
  • El contrato de arrendamiento de la vivienda donde resida actualmente la familia.

En casos especiales también se requerirán los siguientes documentos:

  • Una fotocopia de la Tarjeta de Identidad de Extranjero; en caso de serlo.
  • Una copia del título de familia numerosa emitido por la Junta de Andalucía; siempre que sea el caso.
  • Copias de los pagos referentes a los meses subvencionados, en caso de que anteriormente haya sido beneficiario de la ayuda al alquiler.

8. ¿Qué casos valoran como prioritarios al otorgar la ayuda al alquiler de la Junta de Andalucía?

Al presente, existen varios casos que la Junta de Andalucía valora como prioritarios al momento de la concesión de esta subvención, estos son:

  • Para las personas que son víctimas potenciales de violencia de género o terrorismo.
  • En casos de desahucio.

9. ¿En qué consiste la devolución de ayuda al alquiler?

Son supuestos que se contemplan como motivos de devolución los que mencionamos a continuación:

  • Mentir u ocultar información al momento de realizar la solicitud de la ayuda para conseguir la concesión de esta.
  • No residir en la vivienda que se indicó en la solicitud.
  • Utilizar el dinero de la subvención para cualquier finalidad ajena al pago del alquiler de la vivienda.
  • No haber justificado debidamente los datos proporcionados con el objeto de impedir la comprobación de estos por parte del organismo competente.

No cumplir con las obligaciones adquiridas en la concesión de ayuda al alquiler

10. Otras ayudas de interés en Andalucía

Doble Titulada con Grado en Educación Social y Grado en Información y Documentación por la Universidad de Salamanca.
Experta gestora, administradora y tesorera de recursos económicos en la empresa privada durante más de 3 años.

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