Sellar el paro (SEPE)

Sellar el paro (SEPE)

Cuando estás recibiendo la prestación, subsidio o ayuda por desempleo, no te puedes olvidar de sellar el paro. Esta es una obligación que toda persona que reciba una prestación debe cumplir. 

En caso de que no se cumpla con la renovación de la demanda de empleo, está puede suponer la sanción de un mes sin cobrar la prestación. Por otro lado, si se está recibiendo una ayuda como la RAI, puede perderse definitivamente. 

Índice del artículo

Por ello, es importante saber cuándo debes sellar el paro. En este artículo te estaremos diciendo cuándo se debe sellar el paro y cómo hacerlo correctamente. ¡Comencemos! 

Hombre sellando el paro cada tres meses en el Servicio Público de empleo de España.

1. ¿En qué fecha debo renovar el paro?

La fecha en la que debes renovar el paro se encuentra en el documento acreditativo de Renovación de la Demanda, conocido como DARDE. En este se indica claramente la fecha en la que debes renovar tu tarjeta de paro. 

En caso de que la fecha que indique la renovación caiga día inhábil (sábado, domingo o festivos), podrás renovarlo el día siguiente hábil

2. ¿Cada cuánto se debe renovar la demanda de empleo?

Generalmente, la renovación de la demanda se hace cada tres meses. De igual forma, debes estar pendiente de lo que notifique el servicio público de empleo.

En caso de perder la tarjeta de paro, debes pedir un duplicado en la oficina o bien obtenerlo a través de internet.

3. ¿Cómo se debe sellar el paro?

Actualmente, en todas las comunidades autónomas se puede sellar el paro por internet. De igual forma, también pueden hacerlo de forma presencial en las oficinas de empleo. Incluso, pueden sellar el paro por teléfono.

4. ¿Hay un horario para sellar la demanda de empleo?

La respuesta es . Existe un horario para sellar las demandas de empleo durante el día en las oficinas del SEPE. El horario es a primera hora, de 9:00 a 10:30 de la mañana

En caso de que no se atienda en este intervalo de tiempo, puedes recibir una sanción que se refleja en la prestación que recibas.

No, no se puede sellar la demanda antes de la fecha. Esta es una norma general, salvo casos excepcionales en dónde lo autorice la oficina de empleo. 

5. ¿Debo pedir cita previa para sellar el paro en el SEPE? 

La respuesta es no. Como mencionamos anteriormente, en el documento DARDE se encuentra la fecha en la que le corresponde renovar su documento.

Esta fecha será la cita a la que debe asistir para realizar el trámite por lo que no hay que pedir cita para renovar el paro. Solo deberá acudir directamente a la oficina de empleo de su Comunidad Autónoma o sellar la demanda de empleo por internet (en dónde tienes todo el día para hacerlo).

6. ¿Puedo renovar la demanda antes de la fecha? 

Algunas comunidades permiten que la renovación se realice dos días antes y dos días después de la fecha. Un ejemplo de esto son las Islas Canarias. Sin embargo, es importante que cheques cómo funciona la oficina de empleo de tu comunidad autónoma. 

7. ¿Puedo sellar el paro varios días después si se me ha olvidado?

Con la llegada de la pandemia del COVID 19, la renovación del paro se volvió automática. Sin embargo, una vez terminada esta etapa, con la reintegración de las actividades sociales también volvió la obligación de sellar la demanda de empleo

Esto es lo que puedes hacer en caso de que se te haya olvidado sellar el paro:

  • Si aún estás en el mismo día de renovar, pero fuera del horario de atención de las oficinas, puedes sellar la tarjeta por internet. Para ello, deberás contar con un DNI electrónico, firma digital o, previamente, te hayas dado de alta como usuario con contraseña en la oficina de empleo. 
  • Si estás en el mismo día de sellar, en horario de atención, pero lejos de tu oficina de empleo puedes acudir a la de empleo más cercana para sellar tu demanda. Es probable que tengas que dar el motivo por el que estás sellando la demanda en otra oficina diferente a la que te corresponde. 
  • Si se te ha pasado el plazo por 1 o 2 días máximo, dirígete a la oficina de tu comunidad autónoma. Acércate en horario de atención, el Servicio de Empleo, ya que estos son un poco más flexibles. También, puedes intentar renovar por internet, ya que muchos han dicho que han confirmado que el sistema se los ha permitido. 
  • Si el plazo ha pasado más de dos días, es posible que hayas recibido una carta certificada informándote de la sanción del servicio de empleo. En este mismo te indican la posibilidad de hacer alegaciones.
  • Si han pasado varios días y aún no has recibido la carta, acude a las oficinas de empleo y expón tu caso. Debes realizar las alegaciones que puedas para justificar tu falta. 

8. ¿Qué pasa si no puedo renovar la demanda por alguna enfermedad o accidente? 

En caso de que hayas tenido un accidente o te encuentres de baja médica, estás en la obligación de comunicar a la oficina de empleo. A su vez, debes adjuntar el justificante oficial del médico de cabecera para que se pueda tomar tu caso como un caso particular.

9. ¿Qué documentos debo llevar a la oficina para renovar la demanda de empleo?

Para renovar la demanda de empleo debes llevar los siguientes documentos:

  • Documento de identidad (DNI o NIE).
  • Tarjeta de identidad o pasaporte vigente.
  • Autorización de residencia/trabajo vigente, en caso de no ser trabajador comunitario.

10. ¿Se puede sellar el paro por internet?

La respuesta es sí, se puede sellar el paro por internet y es una de las opciones más recomendadas. De esta manera, se evitan las aglomeraciones en las oficinas de empleo.

Utilizar el sistema es muy fácil y seguro, cada comunidad autónoma tiene su procedimiento específico vía web. Sin embargo, en todos ellos, el sistema emite un justificante en PDF con una clave de validación que funciona como respaldo.

Nuestra recomendación es que realice el proceso de renovación de la demanda a primera hora de la mañana. De esta manera, en caso de que ocurra algún inconveniente con el sistema, puede acudir a las oficinas a solventarlo. 

11. ¿Qué puedo hacer para recordar cuando tengo que sellar el paro?

Sabemos que estar pendiente de la fecha de renovación es un tanto tedioso. Por ello, para no olvidarte de sellar el paro, puedes resaltarlo en tu calendario

Coloca tu calendario en un lugar visible como la nevera, cocina e incluso el clóset de tu cuarto. Marca en color rojo el día en que tengas que realizar tu renovación para que siempre lo tengas presente. También, puedes optar por programar una alarma en tu teléfono móvil para sellar el paro desde el mismo dispositivo. De manera de que te avise automáticamente el día de tu renovación.

12. ¿Cuál es la dirección web para sellar el paro por internet?

Para sellar el paro en internet, debes acceder a Sede Electrónica del Servicio de Empleo de la localidad donde radicas y continuar las instrucciones que se señalan. Para renovar tu demanda de empleo pincha en tu comunidad:

13. ¿Y si no puedes renovar el paro por estar enfermo?

Si estás enfermo, debes comunicarlo a tu oficina de empleo y presentar el pertinente justificante médico o bien baja médica que lo acredite.

Si estás de baja por enfermedad, frecuentemente quedas exento de renovar tu demanda hasta el momento en que tengas el alta médica.

14. ¿Qué hacer si se te ha olvidado sellar el paro?

Si cobras una prestación por desempleo y se te ha olvidado sellar la tarjeta de empleo, DARDE, debes continuar las próximas recomendaciones en función de cuánto tiempo ha pasado desde el momento en que debías haberla renovado, puesto que no va a ser lo no mismo caer en la cuenta exactamente el mismo día que pasados 3 o bien 4.

Si te has dado cuenta exactamente el mismo día en el que debías que renovar tu demanda de empleo, tienes múltiples opciones:

Si la oficina de empleo está cerrada

Si tu oficina de empleo ya está cerrada en el momento en que te das cuenta, tienes la opción de sellar el paro por la red.

Recuerda que para hacerlo mediante esta vía, debes poseer:

  • Documento nacional de identidad electrónico
  • Certificado digital
  • Tener las claves de alta de usuario y clave de acceso que facilitan las oficinas de empleo.

Si todavía está abierta la oficina de empleo mas estás lejos

En un caso así, debes asistir a la oficina de empleo más próxima del sitio en el que te halles a fin de que puedas sellar tu tarjeta. Además de esto, cuentas con la opción de sellar el paro por internet de forma fácil.

Hace un 1 o 2 días que deberías haber renovado tu demanda

En el instante en el que te percates de que no has sellado la cartilla del paro en la data que se señalaba en tu tarjeta, debes asistir cuanto antes a tu oficina de empleo sin precisar pedir vez anterior.

Es esencial que asistas por el hecho de que en ocasiones puede renovarse la tarjeta del paro pasado un día o bien 2 sin que nos sancionen por esta razón. Esto depende mucho de las comunidades autónomas, todavía de este modo, debes presentarte en la oficina de empleo cuanto antes.

Hace varios días que debías haber sellado el paro

Cuando han pasado ya múltiples días desde el instante en que se debía haber renovado la demanda de empleo, probablemente los Servicios de Empleo te hayan mandado una notificación con la sanción que van a imponerte.

En un caso así, la prestación o bien subsidio por desempleo que estés percibiendo probablemente quede suspendida. Todavía de este modo, contamos con una plazo para efectuar las alegaciones oportunas. Si no has recibido ninguna notificación, posiblemente la recibas dentro de poco, con lo que te recomendamos que asistas a tu oficina de empleo para justificar el motivo por el que no has podido renovar tu tarjeta en la data indicada.

15. ¿Qué sucede cuando se te olvida sellar el paro?

El hecho de no proceder a la renovación de tarjeta del paro, puede dar sitio a que seamos sancionados por la parte de los órganos eficientes como está establecido en la legislación actual (R. D. Legislativo 1/1994 y R. D. Legislativo 5/2000).

No sellar el paro en el plazo indicado se considera una infracción leve y las consecuencias van a depender de cuántas veces hemos infringido nuestras obligaciones como adjudicatarios de posibilidades por desempleo:

  • La primera vez que se infrinja, el desempleado puede perder a lo largo de un mes su prestación o bien subsidio.
  • La segunda vez que ocurra va a traer como consecuencia la pérdida de su prestación a lo largo de 3 meses.
  • Si hubiese una tercera vez va a tener una sanción de 6 meses.
  • Por cuarta vez se pierden todos y cada uno de los derechos con relación a la ayuda que estemos percibiendo.

¡Esencial! : En caso de que estés percibiendo la Renta Activa de Inserción RAI y te olvides de sellar el paro, se procederá de manera automática a la baja terminante de tu ayuda.

16. ¿Puedo recurrir estas sanciones por no renovar la demanda de empleo?

Las sanciones pueden evitarse toda vez que haya sido adecuadamente justificado el retraso y se presente una alegación en la propia oficina de empleo.

El plazo para presentar las alegaciones es quince días hábiles desde el instante en que se ha recibido la carta en la que se explica la sanción interpuesta al desempleado

Respecto a las alegaciones que podemos presentar en la oficina de empleo tras percibir la notificación, y con el propósito de justificar el hecho de no haber sellado la cartilla del paro, debemos tomar en consideración que han de estar justificados todos y cada uno de los días en los que no se ha ido a la oficina de empleo, o sea, si son 3 días han de estar con perfección justificados los tes días, no es suficiente con uno.

Causas que podrían justificar un retraso justificado

  • Enfermedad: Esta es una de las causas más habituales que acostumbran a aducirse para justificar el retraso. Debe aportarse el certificado de baja médica.
  • Proceso de selección o bien de capacitación: Ciertas personas pueden aducir que han estado formando una parte de un proceso de selección a lo largo de ese día o bien han estado en clase debido a alguna acción formativa. Para esto, se debe presentar un certificado que haya sido firmado por la entidad donde ha estado. No obstante, esta clase de alegaciones no garantiza que lleguen a ser aceptadas.
  • Deber público: Un deber público puede ser ser parte de un jurado en un procedimiento judicial por poner un ejemplo. Asimismo en un caso así se debe presentar un certificado oficial que lo acredite.

Cuando el SEPE haya recibido esas alegaciones, emitirá una resolución en la que avisará al desempleado si tiene presente o bien no las alegaciones presentadas.

En caso negativo, el desempleado cuenta con el plazo de un mes para presentar un escrito de reclamación anterior, que sería el recurso siguiente a las alegaciones. Si todavía de esta manera, la contestación es negativa por la parte del SEPE, únicamente le queda la posibilidad de interponer una demanda en el Juzgado de los Social.

17. Más información:

18. Otros enlaces de interés:

Graduado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid en la Facultad de Ciencias de la Información. Técnico Superior Especializado en Orientación Profesional durante 4 años en el SEPE.

1 comentario en «Sellar el paro (SEPE)»

  1. El día 5-4 (de 2021) alas 22:26 he recibido un SMS de SERVEMPLEO con el texto:
    “La próxima fecha de Renovación de se demanda de Empleo es 01/07/21.”

    Me sorprende muchísimo dado que estoy jubilado desde hace más de seis meses.
    He intentado ponerme en contacto telefónico con SERVEMPLEO y con el orientador laboral que tenía asignado antes de la jubilación, pero no hay manera de hablar con ninguna persona: las llamadas, después de varios minutos de espera oyendo múltiples informaciones inútiles y “espere un momento mientras le ponemos en contacto con un agente” (esta última frase repetida cada 5 segundos durante varios minutos) para terminar con: “en este momento todos nuestros agentes están ocupados, le informamos…”, para terminar cortándose la llamada.

    También intenté responder por el mismo medio (SMS) con el resultado de “Hubo un error”.

    Responder

Deja un comentario