¿No has podido ir a trabajar por el apagón? Esto es lo que dice la ley laboral

Te contamos el respaldo legal que te protege ante emergencias como esta y evita preocupaciones innecesarias en tu puesto de trabajo.

Trabajador esperando el tren en la estación.

El 28 de abril de 2025, se produjo un hecho histórico y sin precedentes en toda la península Ibérica. Y es que en algunos puntos de España hubo una interrupción del sistema eléctrico que supero las 12 horas de duración.

Estos hechos acarrearon un sin fin de problemas en la movilidad y desempeño de millones de usuarios que estaban trabajando o se disponían a salir rumbo hacia su puesto laboral. Pero ¿Qué dice la ley laboral ante estos hechos? ¿Es necesario ir al trabajo? ¿Me pueden quitar un día de salario?. En este articulo vamos a abordar e intentar resolver todas estas dudas que hoy asaltan a muchos trabajadores.

No te desplaces si la situación no está controlada

En primer lugar, ten en cuenta que no estás obligado a arriesgarte para ir a trabajar. Aunque prácticamente el suministro eléctrico ya está restablecido al completo en nuestro país, todavía hay zonas con alta incidencia debido a los problemas derivados del corte de energía (menor afluencia de trenes y autobuses, atascos, etc.).

Por lo que si tu trabajo, o el itinere a él (camino al trabajo) pueden verse afectados por estas incidencias debes saber que no hay posibilidad de sanciones o reducciones en tu nomina mensual por parte del empresario.

¿Qué dice el estatuto de los trabajadores?

El Estatuto de los Trabajadores recoge dos puntos fundamentales de cara a incidencias de este tipo o parecidas a las meteorológicas sufridas hace unos años como Filomena:

Permiso retribuido por fuerza mayor

El artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores, concretamente en el punto G del mismo, establece que los empleados tienen derecho a un permiso retribuido de hasta cuatro días en casos de fuerza mayor, como catástrofes naturales o interrupciones del suministro eléctrico, que impidan acudir al trabajo.

Pero al igual que otros derechos este permiso requiere de una justificación adecuada y veraz aportada por parte del trabajador.

Protección para teletrabajadores

Por otra parte el artículo 30 del mismo estatuto indica que si un empleado no puede realizar su trabajo por causas no imputables a él, como un corte de luz o corte de las telecomunicaciones, este mantiene su derecho a percibir su salario correspondiente.

Por otra parte, cabe recalcar que ya hay jurisprudencia abalada por el Tribunal Supremo que ha dictaminado que las empresas no pueden descontar del salario ni exigir la recuperación de las horas no trabajadas producidas por interrupciones del suministro eléctrico o de Internet, siempre y cuando estas sean totalmente ajenas a la voluntad del trabajador.

Recomendaciones para trabajadores

Todo derecho tiene una obligación, por lo que desde cursos-sepe.net te facilitamos una serie de consejos que puedes aplicar:

  • Realice siempre una comunicación inmediata: Informe a su empleador tan pronto como sea posible sobre la imposibilidad de trabajar debido al corte de suministro.
  • Consigue justificación documental: Intenta recopilar cualquier documentación que respalde la no asistencia al trabajo, billetes de tren sellados, comunicaciones con la empresa suministradora de electricidad o informes de medios oficiales.
  • Consulta siempre con recursos humanos: Póngase en contacto con el departamento de recursos humanos de su empresa para verificar los procedimientos específicos para reportar y justificar estas situaciones.
  • Y ante cualquier exigencia desmedida por parte de RRHH solicite al departamento que se la faciliten por escrito, para poder contrastarla con su sindicato o abogado laboralista.

Ministerio de trabajo y Gobierno protegen al trabajador

Tanto la ministra de trabajo como el actual presidente del Gobierno han hecho un llamamiento a la calma de todos los asalariados de este país. Concretamente Pedro Sánchez en su comparecencia ha dicho que:

“Los trabajadores deben priorizar su seguridad y evitar desplazarse si tienen dificultades”

Un mensaje claro que se suma al emitido desde el Ministerio de Trabajo por Yolanda Díaz que también ha querido recalcar la protección al trabajador:

“El Gobierno garantiza la protección de las personas trabajadoras ante los problemas de suministro eléctrico”.

Con esta comparecencias, queda claro que tus derechos laborales, incluyendo tu sueldo, están garantizados durante esta situación excepcional producida por el apagón generalizado producido ayer.

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Doble Titulada con Grado en Educación Social y Grado en Información y Documentación por la Universidad de Salamanca.
Experta gestora, administradora y tesorera de recursos económicos en la empresa privada durante más de 3 años.

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