Al momento de realizar transacciones mercantiles al comprar o vender un inmueble, es necesario que tengas en cuenta los trámites administrativos que debes cumplimentar. Entre los más importantes se encuentra el Modelo 600, el cual será tu guía para conocer los impuestos que debes abonar por tu operación.
¿Quieres conocer más sobre este modelo y aprender a rellenarlo? Te invitamos a leer este post para que solventen todas tus dudas sobre este importante proceso.
Índice del artículo
- 1. ¿Qué es el modelo 600?
- 2. ¿Para qué sirve el modelo 600?
- 3. ¿Dónde se entrega el modelo 600?
- 4. ¿Quién debe pagar el Modelo 600?
- 5. Formas de presentar el modelo 600
- 6. ¿Cuál es el monto para pagar por los impuestos después de rellenar el modelo 600?
- 7. ¿Cómo se rellena el modelo 600?
- 8. El ITP/AJD en el modelo 600
- 9. Factores que debes tener en cuenta al rellenar el modelo 600
- 10. Documentación complementaria para presentar el modelo 600
- 11. Más Información
- 12. Otros enlaces de interés
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1. ¿Qué es el modelo 600?
Este es un formulario propio de la Agencia Tributaria, el cual presenta el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) o ITPAJD con los Actos Jurídicos Documentados. Todo esto en las diversas modalidades de tributo que existen en el territorio español.
2. ¿Para qué sirve el modelo 600?
En sí, este modelo sirve para efectuar la autoliquidación en alguna de estas operaciones:
- Transmisiones Patrimoniales Onerosas: aquí se encuentran las compraventas de bienes inmuebles, los alquileres de vivienda o préstamos a familiares directos. También se incluye la compra o venta de vehículos de segunda mano o alguna concesión administrativa legal.
- Actos Jurídicos Documentados asociados al ITPAJD: son las escrituras o documentos ante un notario o aquellos papeles de carácter mercantil.
- Operaciones societarias: estas tienen relación con las operaciones mercantiles. Aquí también se encuentran las liquidaciones o constitución de sociedades, la disminución de capital o las aportaciones de socios.
3. ¿Dónde se entrega el modelo 600?
Este formulario es competencia de cada Comunidad Autónoma del territorio español, por lo que debes presentarlo ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria. De hecho, es necesario cumplimentarla en las delegaciones de cada localidad.
Además, el modelo 600 varía de una autonomía a otra, por lo que debes consultar la que corresponde a tu comunidad.
4. ¿Quién debe pagar el Modelo 600?
El Modelo 600 debe ser pagado por aquella persona que disfruta de la adquisición del bien, es decir, el sujeto pasivo. Uno de los casos más habituales es en una compraventa de un inmueble, en donde pagará aquel que ha adquirido la propiedad.
Del mismo modo ocurre con la compra de coches de segunda mano, en donde deberá pagar el comprador. En cuanto a las firmas ante notario, también pagará aquel que va a hacer uso del bien.
Por último, en las operaciones societarias, quién pagará el impuesto será la propia empresa.
La excepción
Sin embargo, hay una excepción al momento de pagar el ITP, la cual está vigente desde el 2019. En esta se establece que los inquilinos que han pagado el contrato de arrendamiento después del 6 de marzo de ese año no están obligados a cancelar este impuesto.
Por otra parte, los que firmaron antes de esa fecha sí deberán pagar la tarifa del ITP, siempre que la vivienda sea la habitual del inquilino.
Como resultado, algunas personas bien pueden pagar el ITP por el alquiler de un inmueble, mientras que otras no.
5. Formas de presentar el modelo 600
En general, existen dos formas de presentar el modelo 600. Una de ellas de manera online a través de la web de tu Hacienda local. Para esto necesitarás el certificado digital, tu DNI electrónico o tu Cl@ve Pin.
La otra forma es acudiendo directamente a tu Agencia de Administración o Hacienda local. Para esto debes imprimir el modelo 600, presentar tu DNI y la Escritura Notarial, esto adjunto con el justificante de pago.
6. ¿Cuál es el monto para pagar por los impuestos después de rellenar el modelo 600?
La cantidad que deberás pagar por tus impuestos o ITP varía según la comunidad autónoma donde te encuentres. Sin embargo, el Estado ha fijado una tasa en común que puede ser referencia para todo el territorio español.
Según esta tasa, por el modelo 600 se debe pagar entre 1 y 6% de ITP. Pero como dijimos anteriormente, esto varía entre comunidades, por lo que puedes terminar pagando más de la tasa media indicada aquí.
7. ¿Cómo se rellena el modelo 600?
Este formulario está compuesto por tres páginas, las cuales tienen a su vez una copia, completando así 6 páginas. Además, la primera de estas lleva dos copias más, una es una carta de pago y la otra es para la entidad bancaria.
Los primeros datos que se deben llenar son los de la Delegación donde se va a presentar el modelo, así como los motivos por el cual se está realizando el trámite. A su vez, es esencial colocar la fecha en la que se produjo el devengo y la fecha de presentación del formato.
Después de saber esto, es momento de comenzar a llenar el modelo 600:
Parte 1: comprador y vendedor
Conocidos también como transmitente y sujeto pasivo, son las personas motivo del modelo. Por tanto, en esta primera parte colocaremos los datos, tanto de la persona que vende como de la que compra el bien.
En sí, el sujeto pasivo es el mismo declarante, por lo que da a lugar el pago del impuesto después de finalizar la compra, además, puede ser una persona física o una sociedad. El transmitente, a su vez, es el que realiza la venta del bien.
Ambos datos pueden redactarse en el modelo o, si lo prefieres, usar una etiqueta identificativa si dispones de esta.
Parte 2: Datos del documento
En este apartado se debe especificar si se está presentando un documento judicial, privado, administrativo, notarial o mercantil. Dependiendo de esto, se identificará al notario o a la autoridad encargada de la emisión del documento, así como el municipio donde se llevó a cabo.
Parte 3: Datos del bien o de la operación
Aquí se rellena con los datos del bien o de acto que se está cediendo, por lo que se debe especificar si el inmueble es urbano o rústico. Además, es necesario dar una descripción de este, su valor declarado y referencia catastral.
En caso de que se trate de un documento notarial, habrá que hacer una referencia del notario, el número de protocolo y el año respectivo. Si son derechos reales o de fianzas, es necesario indicar si lo declarado constituye a estos, los prórroga o los modifica.
Parte 4: Autoliquidación
Esta es quizás la parte más relevante del trámite, ya que se indicará todo lo referente al impuesto a pagar. Por ejemplo, se especifica el tipo que se aplica, la base imponible y la cantidad a ingresar.
Nota: es importante que recuerdes que debes haberla ingresado con anterioridad al momento de presentar el modelo y entregar el justificante de pago.
En resumen, aquí se encontrarán los datos de la operación que se está realizando y el importe del impuesto que se va a cancelar. Además, se indica el valor del inmueble y si existe una extensión al pago del impuesto.
Parte 5: Presentador del Documento
La parte 5 consta de indicar los datos de la persona que presenta el documento, haciendo constar así el sujeto pasivo de este. Asimismo, se especifica la forma de pago, ya sea de forma física, mediante una cuenta bancaria, una tarjeta o a través de internet.
Parte 6: impuesto a abonar
En esta parte se indica el monto total del impuesto a importar, esto dependerá de cada comunidad como dijimos anteriormente. Por ello, es importante que visites tu agencia Tributaria o consultes la web oficial de esta en tu comunidad para conocer el monto establecido en tu localidad.
Parte 7: Firma
Esta es la última parte y consiste en firmar tu modelo 600 para tenerlo listo. Con esto solo restaría presentarlo en hacienda y el importe al banco con todos los documentos necesarios.
8. El ITP/AJD en el modelo 600
El ITP y AJD son términos que ya hemos mencionado con regularidad, sin embargo, es necesario que conozcas en sí de que se tratan.
Estos son los impuestos que deberás pagar por realizar operaciones de compra/venta o adquisición de autos de segunda mano. Para realizar el cálculo que determinará el monto que debes abonar, debes tener en cuenta el tipo impositivo, al igual que las deducciones y bonificaciones que deberás añadir a tus cuotas.
Si quieres conocer el importe que debes pagar, deberás conocer la base impositiva de tu comunidad autónoma, ya que el monto varía en todo el territorio español.
9. Factores que debes tener en cuenta al rellenar el modelo 600
Además de todo lo que hemos visto, hay ciertos factores que van a garantizar que tu procedimiento con el modelo 600 sea exitoso. Estos son algunos aspectos que debes tener presente cuando quieras rellenar el formulario:
- Si deseas presentar el modelo en la delegación de Hacienda, es necesario solicitar una cita previa.
- El plazo otorgado para realizar la autoliquidación del impuesto es de un mes, esto desde el mismo momento en el que se dé a lugar el contrato que motiva a la propia liquidación.
- Solo debes utilizar este modelo cuando no exista algún otro específico para la operación que estás realizando.
- Si después de 30 días no se realiza la autoliquidación, se aplicarán intereses de demora, los cuales dependen de cada Comunidad Autónoma.
- La autoliquidación debe realizarse a una entidad bancaria si se ha realizado la presentación del modelo en una delegación de hacienda. En caso de que utilicen otros métodos, como la vía telemática, se podrán emplear más métodos de pago.
- Si la autoliquidación no incluye algún ingreso, puede presentarse solamente ante el organismo correspondiente.
10. Documentación complementaria para presentar el modelo 600
Los que estén en la obligación de tributar deben presentar, además del modelo 600, un documento que constate el hecho sujeto del trámite. Entre estos están:
- Documentos notariales, administrativos o judiciales, de los cuales se necesita una copia auténtica de estos.
- Documentos privados, en donde se necesita el original.
Dado esto, puedes presentar junto al modelo 600 de autoliquidación una copia auténtica de un documento judicial.
Asimismo, para las Transiciones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, no es necesario presentar algún documento extra. Esto siempre y cuando el notario autorizante haya enviado con anterioridad la escritura correspondiente a la declaración informativa.
En caso de que puedas aplicar para algún beneficio fiscal o reducción, debes aportar una justificación que acredite que cumpliste los requisitos necesarios para su aplicación.
¿Qué sucede si tienes los documentos incompletos?
Si en tus documentos no figura el acto o contrato, deberás presentar una declaración escrita sustitutiva, en donde se expondrán los datos del sujeto pasivo y del transmitente. Además, debes incluir una relación detallada de los bienes, así como los derechos adquiridos y el valor real que se atribuye a cada uno de estos.
Por otra parte, si el documento administrativo, notarial o judicial no contienen todos los datos necesarios, deberás acompañarlo con una relación en donde expongas todo lo que ha omitido.
Asimismo, si no cuentas con el recibo de impuesto sobre bienes inmuebles, puedes mostrar la certificación catastral cuando se trate de transmisión de bienes inmuebles. Esto también aplica para cuando ocurra una constitución de derechos sobre estos.
Como hemos visto, el modelo 600 es un formulario importante al momento de comprar o traspasar un bien inmueble. En primer lugar, forma parte de los tributos a pagar de manera general, sumándose así con tus gastos.
Por otra parte, no cumplir con el pago establecido mediante el modelo 600 es motivo de sanción que puede llegar a ser elevada, lo que mermaría tus beneficios al comprar el bien.
Dado esto, es importante que conozcas a plenitud todo sobre este formulario que, a la larga, representará tu posesión sobre el inmueble.
11. Más Información
- Puedes ampliar la información de este articulo consultando la página oficial de Hacienda sobre este tema Transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados – AEAT.
12. Otros enlaces de interés
Doble Titulada con Grado en Educación Social y Grado en Información y Documentación por la Universidad de Salamanca.
Experta gestora, administradora y tesorera de recursos económicos en la empresa privada durante más de 3 años.