Derechos adquiridos por el trabajador

No todos los derechos de los que disfruta un trabajador y que estén fuera del convenio colectivo o de empresa se pueden considerar "derechos adquiridos". Por lo tanto es necesario determinar individualmente cada una de estas circunstancias.

Además de los derechos que establece la ley, las empresas también pueden establecer sus propios beneficios para sus empleados. A esto se le conoce como derechos adquiridos por el trabajador y pueden ser muy variados.

Sigue leyendo para conocer los escenarios en los que se reconoce esta condición y cómo funcionan de acuerdo con la ley.

1. ¿En qué consisten los derechos adquiridos por el trabajador?

Se refiere a aquellos derechos que conceden al trabajador condiciones laborales más beneficiosas en comparación a las establecidas en su contrato de trabajo. También pueden resultar mejores que las establecidas en el convenio colectivo e incluso en la legislación vigente.

2. ¿Quién se encarga de establecer los derechos adquiridos por el trabajador?

Actualmente, son los empresarios quienes deciden de manera voluntaria, otorgar estos privilegios a los trabajadores. Asimismo, el acuerdo se realiza de forma unilateral o mediante un pacto con el trabajador o los trabajadores.

Mujer disfrutando de un derecho adquirido en su puesto de trabajo
Información sobre los derechos adquiridos por un trabajador y su legislación actual.

Por lo tanto, el empleado puede disfrutar de estas ventajas sin que estén reconocidas por escrito. No obstante, pueden ser incorporadas posteriormente al contrato de trabajo, siempre y cuando sean aprobadas.

2.1. Ejemplo práctico

Recientemente te contrataron en una empresa como comercial, donde te entregan por cortesía los siguientes beneficios:

  • Una cesta navideña anual.
  • Un vehículo de empresa para realizar las visitas.
  • Un ordenador portátil y un móvil de última generación para cumplir con tus obligaciones.

Todos estos beneficios fueron concedidos por parte del empresario, por tanto, podrías disfrutar de ellos sin inconveniente alguno el tiempo que permanezcas en la empresa.

3. ¿Cuánto tiempo debe pasar para obtener los derechos adquiridos por el trabajador?

Hoy en día, no existe un plazo establecido de condiciones laborales para que un beneficio sea considerado un derecho adquirido. Es decir, no hay un límite legal respecto al tiempo que tienes que permanecer en determinado trabajo para que puedas obtener el derecho adquirido.

4. ¿Qué ocurre si el empresario decide recortar los privilegios acordados?

En realidad, los empresarios no pueden cancelar los privilegios que ya estén consolidados, puesto que tienen una obligación por condición de derechos adquiridos.

5. ¿Cuándo una mejora se convierte en derechos adquiridos por el trabajador?

Los beneficios que proporciona la empresa tendrán la condición de derechos adquiridos siempre que reúnan los requisitos que mencionamos a continuación:

  • Que las mejoras superan lo establecido en las condiciones legales o aquellas pactadas en el convenio colectivo o contrato de trabajo.
  • Que el empleador manifieste una voluntad clara e inequívoca de conceder la condición más beneficiosa para los trabajadores. Esto podrá efectuarse mediante acto expreso o consentimiento implícito individualizado.
  • Que las condiciones más beneficiosas sean habituales, regulares y persistentes en el tiempo, de modo que puedan consolidarse como derechos adquiridos.
  • Las mejoras deben incluirse en el patrimonio del trabajador para su fácil disfrute.
  • Que no exista discriminación alguna al momento de otorgar las condiciones beneficiosas. Es decir, ningún empresario puede pactar con un trabajador una mejora salarial por su género o alguna cualidad.

Con el transcurso del tiempo no podrá corroborarse la decisión unilateral del empresario. Por lo tanto, la tolerancia o condescendencia de parte del empleador no dará lugar al refuerzo de las mejoras como derechos adquiridos.

5.1. Ejemplo práctico

Los trabajadores de una compañía disfrutan de un descanso desde hace un año, aunque esta pausa no es un derecho real. De igual forma, el empresario no acordó en ningún momento estos derechos adquiridos por el trabajador, tampoco les ha llamado la atención por ello.

En consecuencia, se asume que el empresario sólo ha estado tolerando el comportamiento de sus trabajadores. Incluso les ha estado pagando los minutos de descanso diarios como si fuera tiempo efectivo laboral. No obstante, tiempo después decide eliminar de manera unilateral el beneficio.

En este caso, no se habla de derechos adquiridos porque el empresario nunca aceptó el tiempo de descanso. Al contrario, sólo toleró el hecho que se convirtió en un evento habitual.

6. ¿Qué se debe hacer si ocurre un conflicto por entendimiento?

Siempre que exista un conflicto entre ambas partes al no haber entendimiento, será un juez quien determine si se cumplen los requisitos. Del mismo modo, será este quien decida si el beneficio continúa estando vigente para los trabajadores.

En otras palabras, la jurisprudencia respecto a las condiciones más beneficiosas no siempre sigue un procedimiento uniforme. Al contrario, cada caso debe ser analizado de forma independiente para corroborar las bases y el cumplimiento de los requisitos. De esta forma, se asegura que los trabajadores disfruten de los derechos adquiridos.

7. ¿Los convenios colectivos pueden suprimir los derechos adquiridos por el trabajador?

La respuesta es no, ya que ni los convenios ni las leyes pueden afectar a las condiciones beneficiosas, siempre que surjan tras su consolidación.

8. ¿Es posible cambiar o eliminar los derechos adquiridos por el trabajador?

Por supuesto, pero esto es un procedimiento legal que podrá realizarse en los siguientes supuestos:

  • Cuando se acuda al procedimiento de modificación sustancial de las condiciones de trabajo ya previstas en los artículos del Estatuto de Trabajadores.
  • Cuando existan circunstancias económicas, técnicas, organizativas o de producción que justifiquen la aplicación de dicha medida.
  • Cuando sea pactado entre la empresa y los trabajadores afectados. En este caso el cambio se podrá acordar de forma voluntaria en el momento necesario, pues no existe un plazo ni procedimiento específico para ello.

Aquí es donde se aplica el principio de derecho “rebus sic stantibus“, por medio del cual el empresario está obligado a cumplir con lo pactado. No obstante, para ello no debe surgir ninguna otra circunstancia sobrevenida que no hubiese aceptado la mejora desde el inicio.

  • Cuando se aplique una técnica de compensación y absorción recogida según el artículo 26.5 del Estatuto de los Trabajadores. En dicho supuesto las mejoras añadidas al convenio colectivo no se integran a las mejoras por derechos adquiridos. Puesto que estas deben compensarse hasta quedar neutralizadas.

9. ¿Cuáles son las consecuencias de los derechos adquiridos por el trabajador?

En síntesis, la consecuencia principal de los derechos adquiridos es que, una vez se reconocen como tal, el empresario no podrá cambiarlos o eliminarlos. Sólo el empresario podrá decidir si dejar de aplicar dicho beneficio en el momento que considere conveniente.

10. Otros ejemplos de derechos adquiridos por el trabajador

A continuación, te ofrecemos una serie de posibles derechos adquiridos para que te hagas una idea:

  • Una ampliación del número de semanas que los trabajadores puedan disfrutar de la baja de paternidad o maternidad.
  • Un aumento en el número de días de vacaciones reconocido hasta la fecha por el Estatuto de los Trabajadores.
  • Un incremento en los días libres por asuntos propios a los que tengan derecho los trabajadores según el convenio colectivo.

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Graduado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid en la Facultad de Ciencias de la Información. Técnico Superior Especializado en Orientación Profesional durante 4 años en el SEPE.

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