Cómo empadronarse en Sevilla: Guía completa

Cómo empadronarse en Sevilla: Guía completa

Empadronarse en Sevilla es sencillo, sólo tienes que atender a ciertos requisitos para realizar el trámite correctamente. Si aún no sabes cómo es el proceso o tienes dudas al respecto, te aconsejamos leer este post.

1. ¿Por qué empadronarse en Sevilla?

La razón es simple; todo aquel cuyo lugar de residencia habitual esté ubicado en Sevilla está en obligación de empadronarse en este municipio.

Guía completa y definitiva para empadronarse en la ciudad de Sevilla y pedanías cercanas.

Empadronarse es necesario para el Estado, pues, de esta manera se lleva un registro administrativo de las personas que habitan en la ciudad.

2. ¿Cómo obtengo el certificado de empadronamiento estando en Sevilla?

El certificado de empadronamiento es aquello que recibe una persona tras empadronarse, bien sea en Sevilla o cualquier otro municipio español. Este documento es indispensable para realizar cierto tipo de trámites; sobre todo si se trata de personas extranjeras.

3. ¿Cuáles son los requisitos principales para empadronarse en Sevilla?

El único requisito indispensable que se necesita para iniciar el proceso de empadronamiento en Sevilla es residir habitualmente en dicha municipalidad.

En todo caso, las personas que varíen de residencia dentro de la propia ciudad también deberán reflejar el cambio de su domicilio.

4. ¿Qué documentación se debe presentar para empadronarse en Sevilla?

Antes que nada, debe saber que toda la documentación que aporte para realizar la solicitud de empadronamiento debe estar cumplimentada y firmada. Asimismo, las firmas de la hoja padronal deben ser de todas las personas incluidas en el trámite. Aquí se incluyen representantes legales o los padres responsables de un menor de edad; también los tutores de personas con discapacidad.

De igual forma, recuerde que los documentos solicitados deben estar vigentes, además, no se consideran válidos si estos presentan tachaduras o borrones.

Documentos para acreditar la identidad — Ciudadanos españoles

En el caso de los ciudadanos españoles, estos deberán aportar cualquiera de los siguientes documentos en vigor, según sea el caso de la persona:

  • DNI o pasaporte vigente (en caso de que sean mayores de edad)
  • Libro de familia o partida de nacimiento (para menores de 14 años).
  • DNI y libro de familia (para menores de 18 años).

Información adicional

En cuanto a los menores de edad, si los padres están divorciados, deberá presentar la resolución judicial que indique la guarda y custodia del menor.

Igualmente, al empadronar a un menor sólo deberá presentarse uno de los padres junto con una autorización del otro y la fotocopia del DNI. No obstante, también puede presentar una declaración responsable firmada por quien efectúa el trámite, siempre y cuando esté disponga de capacidad legal para hacerlo.

Documentación para acreditar la identidad — Ciudadanos extranjeros

En el caso de los extranjeros que residen en Sevilla, estos deberán aportar los siguientes documentos para empadronarse en Sevilla, según su caso:

  • Certificado de registro de ciudadano de la UE donde esté reflejado el NIE (mayores de edad pertenecientes a los estados miembros de la UE).

También se incluyen en este apartado los ciudadanos de naciones como: Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza. Del mismo modo, deben aportar un documento de identidad o pasaporte emitido por las autoridades competentes de su país de origen.

  • Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) expedida en España (para extranjeros que no pertenecen a ninguno de los países mencionados en el primer caso).

En estos casos es posible entregar el pasaporte expedido por las autoridades del país de origen de manera subsidiada.

  • Certificado o partida de nacimiento (menores de 14 años).
  • Certificado o partida de nacimiento, junto con el TIE vigente (menores de 18 años).

Documentación justificativa de ocupación de la vivienda

En este caso podrá presentar cualquiera de los siguientes documentos enlistados:

  • Contrato de alquiler y un recibo o factura de la renta.
  • Título de propiedad de la vivienda donde reside.

En caso de que esté visado por la Junta de Andalucía, sólo entonces, no deberá aportar ningún documento de propiedad.

5. Casos específicos

Si se trata de los documentos para acreditar el domicilio estos podrán variar dependiendo de la situación o el caso de la persona, por ejemplo:

  • Si el solicitante reside en un domicilio donde hay otras personas empadronadas, bebe llevar la autorización del titular de la vivienda. Conjuntamente, tiene que marcar la casilla de autorización de la hoja padronal para dar constancia de ello.

Otra alternativa es llevar la firma en la autorización escrita y un documento que acredite la titularidad del quien autoriza empadronarse en Sevilla.

  • Si la persona que desea empadronarse no es propietario del domicilio y el titular verdadero no reside en este, deberá presentar una declaración responsable. Esta debe ser emitida por el propietario actual o arrendatario, de modo que pueda autorizar el empadronamiento de él o los solicitantes.

Además de ello, deberá presentarse un documento acreditativo de la titularidad, junto al original y la copia compulsada de la identificación del titular.

Información adicional

En ciertos casos el Ayuntamiento de Sevilla puede solicitar documentos adicionales para verificar el uso del domicilio y los datos contenidos en la hoja padronal.

6. Cómo empadronarse en Sevilla: paso a paso

Una vez haya reunido toda la documentación, lo siguiente que deberá hacer es completar una serie de pasos para iniciar con el trámite de empadronamiento.

Actualmente, existen varios canales a disposición para formalizar el empadronamiento en Sevilla. Algunos presentan ciertas variaciones en cuanto a lo que piden, no obstante, cualquiera le permitirán incluirse en el Padrón de Sevilla.

Al finalizar, para obtener su certificado de empadronamiento puedes descargarlo desde la siguiente página web, bien sea, individual o colectivo:

Vía telemática a través del certificado digital

Por medio de este canal usted podrá realizar el trámite telemáticamente y obtener su certificado de empadronamiento. Para iniciar el proceso de esta forma, cliquee en el siguiente enlace.

Solicitando una cita previa al Servicio de Estadística

Esta modalidad es bastante eficiente y los certificados se emiten rápidamente; siempre y cuando la documentación del solicitante sea correcta. Si desea iniciar con el trámite a través de esta vía, acceda a la siguiente página web.

Empadronarse en Sevilla utilizando el servicio a domicilio

Mediante este servicio el solicitante podrá ser contactado por un agente que le asesore para realizar el trámite desde el domicilio del interesado. Para ello, debe realizar una solicitud de cita tras completar el formulario, o bien, llamando al número: 955 47 05 20. Si llama podrá ser atentado únicamente en horario de 8:15 a 14:00 h.

También puede usar el servicio de Cita previa.

7. ¿Cuánto tiempo tarda el trámite de empadronarse en Sevilla?

Generalmente, no tarda más de un mes, no obstante, el plazo máximo para obtener una respuesta es de tres meses a partir de la solicitud.

8. ¿Dónde consigo la hoja padronal de Sevilla?

Si aún no posees la hoja padronal podrá descargar el formato en PDF pinchando en el siguiente enlace.

9. Más información

Si deseas conocer más información de la expuesta en este articulo visitando la web del Ayuntamiento de Sevilla y accediendo a información relativa al empadronamiento.

10. Otros enlaces de interés

Doble Titulada con Grado en Educación Social y Grado en Información y Documentación por la Universidad de Salamanca.
Experta gestora, administradora y tesorera de recursos económicos en la empresa privada durante más de 3 años.

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