Estos son los pensionistas que no tendrán que hacer declaración de la Renta 2023

Estos son los pensionistas que no tendrán que hacer declaración de la Renta 2023

Algunos pensionistas no estarán obligados a presentar la declaración de la Renta en este año 2023.

A partir de este martes 11 de abril del 2023 comienza la campaña de la Renta 2023, correspondiente a los diferentes ingresos obtenidos durante el pasado año 2022.

En esta ocasión, las pensiones han sido consideradas como rentas del trabajo, por lo que al contabilizarse como sueldos o salarios mínimos, es importante atender a los anuncios de Hacienda para presentar su debida declaración.

En tal sentido, se ha mencionado que todos los contribuyentes que cuenten con un ingreso mínimo, tendrán su debida obligación de presentar la declaración de la Renta, el cual incluye a los pensionistas.

Para presentar la declaración de la renta siendo pensionista, los límites de ingreso son los 22.000 euros al año, siempre y cuando procedan de un solo pagador. Los 14.000 euros en la condición de tener dos o más pagadores, siempre y cuando el segundo lo haga por una suma de más 1.500 euros.

Ahora bien, esta condición exceptúa rentas de trabajo provenientes de un pagador, lo cual incluye a las prestaciones pasivas de los regímenes públicos de la Seguridad Social, donde resaltan las pensiones por situación de incapacidad, jubilación, enfermedad, o viudedad.

Sin embargo, no todas están exentas de este proceso, así que deberás conocer cuáles sí y cuáles no tendrán la obligación de hacer la declaración.

Calculadora de la renta para pensionistas que no llegan al mínimo.
Información y limites para realizar la declaración de la renta por parte de los pensionistas.

Las pensiones que quedarán exentas de hacer la declaración de la renta este 2023

En el caso de las personas que cobren una pensión por incapacidad permanente, estarán exentas de este trámite.

Asimismo, estarán libres de no presentar la declaración aquellas pensiones enunciadas por la Agencia Tributaria, las cuales son:  

  • Pensiones contributivas de incapacidad permanente en grados de absoluta o gran invalidez.
  • Las prestaciones por nacimiento y cuidado de menor, también quedarán exentas. Así como las prestaciones de cuidado del lactante.
  • Prestaciones familiares no contributivas, y aquellas que se otorgan por haberes pasivos de orfandad y a favor de nietos o hermanos, menores de 22 años.
  • Quedarán libres de declaración de la Renta las pensiones a favor de personas con lesiones a consecuencia de guerra civil, y aquellas pensiones derivadas a personas víctimas del terrorismo.
  • Menores de 22 años inhabilitados para cualquier tipo de trabajo.
  • Quedan libres de este ejercicio pensionistas que reciben ayuda pública para financiar la estancia en residencias, siempre y cuando tengan más de 65 años de edad.

Asimismo, la Ley Tributaria excluye a los pensionistas que hayan obtenido ganancias patrimoniales obtenidas de la venta de su vivienda habitual y hayan residido en ellas los últimos tres años.

También contempla las hipotecas inversas, en el caso de que el titular sea mayor de 65 años de edad, y las ventas de vivienda de nuda propiedad. En este último caso quedan exentas del IPRF, pero de igual forma deberá presentar utilidad municipal.

¿Quiénes si deben presentar la declaración de la renta 2023?

Ahora bien, las personas que perciban ingresos superiores a los 22.000 euros brutos al año, siempre y cuando sean de un mismo pagador, estarán obligados a presentar su declaración de renta.

La Agencia Tributaria considera que las siguientes personas están obligadas a hacer la declaración dela renta.

  • Personas que reciban pensión del extranjero, que constan como un segundo pagador, y si es mayor a los 1.500 euros, se debe hacer la declaración.
  • Los que han recibido prestación por subsidio de desempleo durante el año 2022.
  • Los que obtienen ganancias patrimoniales que de concursos, juegos online, o reembolso de fondos de inversión.

De igual manera, se contempla que las personas que reciban ingresos de más de 1.600 euros anuales por concepto de rendimientos íntegros del capital mobiliario y de ganancias patrimoniales, también deberán hacer su declaración.

Ten en cuenta que la campaña comenzará hoy martes 11 de abril y finalizará el próximo 30 de junio. Puedes entrar al borrador de renta a través del sistema Renta Web, y guiarte para realizar el proceso.

Doble Titulada con Grado en Educación Social y Grado en Información y Documentación por la Universidad de Salamanca.
Experta gestora, administradora y tesorera de recursos económicos en la empresa privada durante más de 3 años.

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