Si tienes 52 años y eres beneficiario de un subsidio, pero aún no has realizado tu primera declaración anual de rentas, no te preocupes. Aquí te contaremos todas las alternativas disponibles para hacer tu declaración paso por paso, ¡empecemos!
Índice del artículo
- 1. ¿Quiénes están obligados a declarar las rentas anuales?
- 2. ¿Cuál es el propósito de la declaración anual de rentas?
- 3. ¿Qué rentas se deben declarar los mayores de 52 años?
- 4. ¿Cómo se efectúa la declaración anual de rentas?
- 5. ¿Quiénes no pueden presentar la declaración anual de rentas por internet?
- 6. ¿Cuál es el plazo para presentar la declaración anual de rentas para mayores de 52 años?
- 7. ¿Qué ocurre si no se presenta la declaración anual de rentas?
- 8. ¿Qué se necesita para realizar la declaración anual de rentas?
- 9. Otros enlaces de interés
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- Subsidio extraordinario por desempleo (SED)
1. ¿Quiénes están obligados a declarar las rentas anuales?
Todas las personas mayores de 52 años tienen que cumplir con la declaración anual de rentas. Asimismo, únicamente son consideradas las rentas de las personas que reciben subsidio para mayores de 52 años, anteriormente de 55 años. Por ende, el resto de los miembros de su misma unidad familiar no tienen que informar sobre ellas.
La ventaja del subsidio mencionado es que permite cotizar para la jubilación mientras se cobra, además puede extenderse hasta la edad de jubilación.
2. ¿Cuál es el propósito de la declaración anual de rentas?
A partir de esta declaración el SEPE puede comprobar si aquellos que reciben el subsidio siguen cumpliendo los requisitos de carencias de rentas. En otras palabras, que la suma total de sus ingresos no supere los 750 euros mensuales, es decir, el 75% del Salario Mínimo Interprofesional.
3. ¿Qué rentas se deben declarar los mayores de 52 años?
Siempre y cuando se reciban nuevas rentas u ocurra alguna variación sobre las reflejadas en la declaración anterior, deberán ser declaradas. No obstante, es importante recordar que sólo se tendrán en cuenta las rentas del propio trabajador subsidiado.
A continuación, te mencionamos las rentas que se deben declarar según el impreso de Declaración anual de rentas:
- Trabajo/ pensiones — se refiere al total de las rentas brutas del trabajo por cuenta ajena, las becas u otras prestaciones similares. También abarca el importe de la indemnización por extinción del contrato de trabajo.
- Capital mobiliario — Comprende los rendimientos brutos incluidos en las cuentas bancarias e inversiones financieras.
- Capital inmobiliario — Se trata de los rendimientos brutos de los bienes inmuebles arrendados, también las imputaciones de rentas, etc.
- De actividades profesionales/agrarias — Está conformado por las rentas de rendimiento neto reducido, es decir, ingresos menos gastos, actividades por cuenta propia, etc.
- Otras rentas — Hace referencia a las rentas de las ganancias patrimoniales derivadas de la venta de bienes muebles o inmuebles, exceptuando la vivienda habitual. También comprende los premios de lotería, planes de jubilación, etc.
4. ¿Cómo se efectúa la declaración anual de rentas?
Existen tres formas de realizar la declaración, estas son:
- A través de la Oficina de empleo del SEPE con cita previa.
- En la web, utilizando medios de identificación segura.
- Por medio del formulario de presolicitud, si no dispones de certificado digital ni DNI-e.
Declaración anual de rentas a través de la oficina de empleo
Para aprovechar esta alternativa, primeramente, debes solicitar la cita previa por internet o por teléfono. Después, deberás presentarte el día de la cita en la oficina de empleo asignada donde te entregarán el impreso oficial para completarlo. No obstante, también podrás llevar el impreso listo desde casa con toda la información necesaria.
Haz clic aquí para descargar el impreso de declaración anual de rentas para mayores de 52 años.
Declaración de rentas a través de la web
El primer requisito para disfrutar de este servicio es contar con algún método de identificación segura, como: DNIe, certificado digital o sistema cl@ve.
Seguidamente, el sistema te permitirá declarar que no se han superado los límites de renta. Posteriormente, deberás confirmar los datos que aparecen en pantalla.
Recuerda que este trámite sólo podrás realizarlo de 8:00 a 20:00 h. de lunes a viernes desde la Sede electrónica del SEPE. Igualmente, recuerde que, al terminar el trámite por internet, debe imprimir o guardar una copia del resguardo en su ordenador o móvil.
Declaración de rentas sin certificado digital
Si no dispone de certificado digital podrá realizar la declaración por internet a través del formulario de presolicitud. Se trata de un sistema nuevo que permite enviar la declaración al SEPE de forma rápida y sin medios de identificación segura.
Ahora bien, este sistema está reservado para quienes no hayan tenido variaciones de rentas durante ningún mes. Si las tuvieron, no deberán haber superado el tope de ingresos de los 750 euros mensuales.
Pincha en este enlace para acceder al formulario de presolicitud.
Una vez hayas ingresado selecciona la opción de “presolicitud de prestación individual”, acto seguido, pincha en subtramite para acceder a la declaración.
Al terminar de completar el formulario, este se envía y el sistema le facilitará un resguardo de la presentación que deberá conservar. En caso de requerir otro tipo de gestión el SEPE le comunicará al respecto mediante los canales de contacto que colocó en el formulario.
5. ¿Quiénes no pueden presentar la declaración anual de rentas por internet?
Las personas que no pueden acceder al servicio de declaración por internet son:
- Quienes tengan una demanda de empleo dada de baja, es decir, la tarjeta del paro.
- Quienes hayan percibido incrementos de renta que superen los 750 euros durante algún mes. De ser el caso, la persona tendrá que personarse en la oficina de empleo solicitando su cita previa como mencionamos en el apartado de arriba.
6. ¿Cuál es el plazo para presentar la declaración anual de rentas para mayores de 52 años?
De acuerdo con la normativa, deberá presentar la declaración dentro de los 15 días hábiles siguientes al transcurso de 12 meses. A partir de la fecha en la cual se reconoce el subsidio, o bien desde la última renovación.
Información adicional
Anteriormente, el SEPE enviaba notificaciones por correo para recordar a los usuarios su obligación de presentar la declaración anual de rentas. No obstante, el sistema ahora no emite ningún recordatorio, por tanto, es necesario apuntar las fechas para no olvidarlas.
7. ¿Qué ocurre si no se presenta la declaración anual de rentas?
Si olvidaste declarar, el SEPE podrá suspender el pago del subsidio para mayores de 52 años hasta que reciba la declaración correspondiente. De igual forma, podrá interrumpirse la cotización a la Seguridad Social que efectúa el Servicio de Empleo por Trabajador.
Por otro lado, si la presentación se hace fuera del plazo estipulado, el subsidio podrá reanudarse. Sin embargo, al ocurrir esto el cobro de los días en que se presentó el plazo se perdería.
Dato adicional
Para realizar cualquier consulta de suspensión, deberás acceder al expediente a través de internet.
8. ¿Qué se necesita para realizar la declaración anual de rentas?
Si estás por realizar la declaración anual, necesitarás lo siguiente:
- Disponer de un usuario y contraseña del sistema cl@ve, certificado digital o DNIe. En estos casos también deberás tener tu propio teléfono móvil que coincida con el dispositivo registrado en el sistema.
- Estar inscrito como demandante de empleo del servicio de empleo autonómico, si resides en Ceuta o Melilla, deberás estar inscrito en el SEPE.
- Comprobar que tus rentas no superen los límites establecidos.
Que tus datos sean iguales a los registrados en el sistema.
9. Otros enlaces de interés
Graduado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid en la Facultad de Ciencias de la Información. Técnico Superior Especializado en Orientación Profesional durante 4 años en el SEPE.
Hola, me surge la duda si en la declaración anual de rentas hay que incluir el ingreso del propio subsidio de desempleo o queda excluido. Agradeceré su comentario. Muchas gracias y un cordial saludo.