El desempleo es una situación por la cual todos alguna vez vamos a pasar por una u otra razón. Esta prestación por desempleo fue creada con el objetivo de ayudar a las personas que se encuentren en situación de desempleo.
Con esta ayuda se ofrece un apoyo de parte del Estado para con los ciudadanos en esta situación tan complicada. Les permite mantener un estatus de ingresos suficiente para solventar primeras necesidades y deudas urgentes.
Índice del artículo
- 1. ¿Qué es la prestación por desempleo?
- 2. ¿Es una prestación contributiva o no contributiva?
- 3. Requisitos necesarios para optar por la prestación contributiva por desempleo
- 4. ¿Cómo saber si puedo acceder para la prestación por desempleo?
- 5. ¿Cuánto se cobra con la prestación por desempleo?
- 6. Aspectos que considerar de la prestación por desempleo
- 7. ¿Cómo consigo el cálculo de mi prestación por desempleo?
- 8. ¿Cuánto dura la prestación por desempleo?
- 9. ¿Qué documentación se necesita para la prestación por desempleo?
- 10. ¿Dónde debo hacer la solicitud para la prestación por desempleo?
- 11. ¿Se puede pausar y reanudar la prestación para trabajar?
- 12. El subsidio por desempleo
- 13. Ayudas excepcionales para desempleados sin prestación
- 14. Más Información
- 15. Otros enlaces de interés
Además, ayuda a los ciudadanos que residen en el territorio español a no quedar en situación de pobreza. ¿Quieres conocer más sobre esta ayuda? Sigue leyendo este artículo, te estaremos dando toda la información que necesitas para optar por ella
1. ¿Qué es la prestación por desempleo?
A esta prestación por desempleo se le denomina “contributiva”, ya que el monto que se va a cobrar y el tiempo en el que se verá beneficiado depende de las cotizaciones por desempleo.
Siendo así, a más contribución, más será el pago. Cada caso es diferente y la prestación de ayuda aplica para situaciones particulares. Esta prestación también es llamada “paro” de forma coloquial.
2. ¿Es una prestación contributiva o no contributiva?
Esta es una confusión que se presenta muy seguido en estos casos de ayudas contributivas, es importante que no exista una confusión entre términos similares como prestación y subsidio.
Una prestación por desempleo no es lo mismo que un subsidio por desempleo. El subsidio por desempleo es una ayuda no contributiva que realiza el estado en forma de apoyo a los que más lo necesiten.
En cambio, la prestación por desempleo es un resultado o retribución por parte del estado de acuerdo con los años de cotizaciones por desempleo que el trabajador tenga acumuladas.
También es importante recordar que no se trata de prestaciones especiales por ERTE, ya que este es un sistema que protege aquellos trabajadores afectados por la regulación de empleo debido al coronavirus.
3. Requisitos necesarios para optar por la prestación contributiva por desempleo
Para optar por esta ayuda con éxito, debes tener en cuenta ciertos requisitos indispensables. Estos son los requisitos que necesitas para optar a la prestación por desempleo con éxito.
- Una cotización por desempleo por al menos 360 días durante los 6 años anteriores a quedarse en paro. Además, estas cotizaciones no se deben haber usado para optar por ayudas o subsidios. En caso de que no se tengan las cotizaciones necesarias para optar por esta prestación, puede solicitar un subsidio por desempleo o ayuda extraordinaria.
- Debe encontrarse en una situación legal de desempleo. A esta situación se le denomina “paro”, según la ley, solo se reconoce esta situación en casos concretos y particulares.
- Estar de alta en un régimen de Seguridad Social que contemple la prestación por desempleo. Esto quiere decir que existen distintos empleos, como empleadores del hogar o trabajadores autónomos que no hayan acogido voluntariamente a la cotización por cese de actividad, en donde no aplica esta prestación.
- Estar inscrito en el sistema como demandante de empleo “paro” y suscribir el compromiso de actividad.
- Tener una edad fuera de la jubilación.
- No realizar actividades de empleos por cuenta propia, excepto aquellos que contemple la ley.
- Presentar todos los documentos necesarios para solicitar el paro.
4. ¿Cómo saber si puedo acceder para la prestación por desempleo?
No todos los trabajos pueden solicitar para la prestación por desempleo, esto es debido a que no todas las ocupaciones contemplan la prestación por desempleo. Por ejemplo, los trabajadores del hogar o los empleadores autónomos. De igual forma, depende de cada situación particular.
Adicional a esto, para solicitar a la prestación por desempleo la situación de desempleo se debe dar por razones ajenas a las del trabajador. Esto puede ser por despido, sea este colectivo, individual, procedente o improcedente. También puede darse por el final de un contrato temporal, de un periodo de prueba o la muerte del empleador.
Así mismo, es importante acotar que, si el trabajador se da de baja voluntariamente, no puede pedir la prestación por desempleo, ya que esta solo es validad para la pérdida de trabajo involuntaria.
5. ¿Cuánto se cobra con la prestación por desempleo?
El monto por cobrar con la prestación por desempleo varía de acuerdo con varios aspectos que debemos calcular. A continuación, te explicaremos cómo calcular el monto que recibirás de acuerdo con tu situación particular y descubrir cuál es el porcentaje que te corresponde.
5.1. Cálculo de la base reguladora
Es el promedio de las bases de cotización que se ha tenido durante los últimos 180 días cotizados anteriores a la situación legal de desempleo o en el momento en el que cesó la obligación de cotizar.
Todo esto para conocer el monto en el que se cotiza el trabajador los últimos 6 meses y retribuir un porcentaje del mismo beneficio.
5.2. Cálculo del porcentaje
Una vez conocida la base reguladora, se procede a calcular el porcentaje que se va a pagar. Por ejemplo, en caso de que sean 30 euros al día, se sacará un porcentaje de este monto para conseguir la cantidad de la prestación.
Siendo así, para los primeros 6 meses, el trabajador cobrará el 70% de su base reguladora antes calculada. A partir del séptimo mes, se reduce el porcentaje a 50% de esa base.
6. Aspectos que considerar de la prestación por desempleo
Como en todas las situaciones, existen algunos aspectos que se deben considerar a la hora de optar y calcular el monto que se recibirá por la prestación por desempleo. Presta atención a los siguientes datos:
6.1. Cantidades máximas y mínimas de la prestación contributiva.
Todos los años se realiza una actualización de los topes máximos y mínimos de la prestación contributiva. Esto quiere decir que, por ley, existe un límite de monto que el trabajador recibirá.
Es decir, aun cuando aplicamos la fórmula de la base reguladora y el monto es superior al límite máximo, el trabajador recibirá el monto máximo. En caso de que la base reguladora del trabajador no alcance el monto mínimo, se le completa para que alcance el mínimo.
6.1.1. Topes máximos para cobrar en el año 2023:
- Prestación contributiva máxima para trabajadores sin hijos: 1.225 euros.
- Prestación contributiva máxima para trabajadores con hijos: 1.400 euros.
- Para trabajadores con dos o más hijos: 1.575 euros.
Este cálculo aplica para jornadas de trabajo a tiempo completo. En caso de que se incluya un trabajo a medio tiempo, se debe hacer el cálculo de forma proporcional al mismo.
6.1.2. Cantidad mínima para cobrar en el año 2023:
- Prestación contributiva mínima para el trabajador sin hijos: 560 euros.
- Prestación contributiva mínima para el trabajador con hijos: 749 euros.
De igual forma, estos cálculos son realizados en base a una jornada de trabajo completa. En caso de trabajos con jornadas parciales, se calculará el monto de forma proporcional a la misma.
7. ¿Cómo consigo el cálculo de mi prestación por desempleo?
Sabemos que puede ser un poco engorroso realizar todos los cálculos del porcentaje de prestación que te corresponde. Por ello, se creó un sistema de servicio público de empleo que permite calcular la prestación de empleo fácilmente.
Este servicio público de empleo tiene un programa que te permite realizar un auto cálculo de la prestación que te corresponde. Solo debes ingresar tus datos en el sistema para realizar la simulación del cobro por paro de acuerdo con tu situación.
8. ¿Cuánto dura la prestación por desempleo?
Esta prestación contributiva se cobra como mínimo cuatro meses y como máximo hasta dos años. Dependerá de las cotizaciones que tenga acumulado el trabajador durante los últimos 6 años. Recuerde que, mientras más cotizaciones acumuladas, más tiempo de cobro por paro.
Tiempo trabajado a lo largo de los últimos 6 años | Tiempo que se tiene derecho a cobrar paro |
De 360 hasta 539 días | 120 días |
De 540 hasta 719 días | 180 días |
De 720 hasta 899 días | 240 días |
De 900 hasta 1.079 días | 300 días |
De 1.080 hasta 1.259 días | 360 días |
De 1.260 hasta 1.439 días | 420 días |
De 1.440 hasta 1.619 días | 480 días |
De 1.620 hasta 1.799 días | 540 días |
De 1.800 hasta 1.979 días | 600 días |
De 1.980 hasta 2.159 días | 660 días |
A partir de 2.160 días | 720 días |
Una manera más fácil de calcular el tiempo en el que se recibirá un pago de prestación por desempleo es calculando: 1 mes de pago de prestación por cada 3 meses cotizados.
9. ¿Qué documentación se necesita para la prestación por desempleo?
Para poder presentar tu solicitud, debes cumplir con los siguientes requisitos:
- Debe tener su tarjeta de demanda de desempleo. Para ello, debe estar inscrito como demandante de empleo. Puede conseguir más información de cómo solicitar la tarjeta de demandante de empleo aquí. Sin esta tarjeta no puede completar ningún procedimiento de esta prestación.
- Rellenar correctamente cada uno de los requisitos que se plasme en el formulario impreso de la solicitud de prestación contributiva por desempleo.
- Documentos de identificación vigentes, sean este NIF, NIE o pasaporte del solicitante.
- En caso de tener hijos, debe presentar la documentación de identidad de los hijos que figuran en la solicitud. Así mismo, debe presentar el Libro de Familia o el documento equivalente si es extranjero. Todo esto debe estar legalizado y traducido (en caso de extranjero).
- Documento de certificación de las empresas donde haya trabajado los últimos 6 meses. En algunos casos, las empresas envían los documentos vía telemática al SEPE directamente por lo que no tendrás que presentarlo. En el caso contrario, debes llevarlo impreso, firmado y sellado para poder hacer tu solicitud.
- Contratos de jornadas parciales que haya tenido durante los últimos 6 meses. Esta documentación es necesaria para hacer cálculo proporcional de la prestación.
10. ¿Dónde debo hacer la solicitud para la prestación por desempleo?
Actualmente existen diversas formas en las cuales puedes optar por esta solicitud. Estas son algunas de ellas.
- De forma presencial, puedes acercarte, con toda tu documentación en orden, a las Oficinas de Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE antiguo INEM). Sin embargo, es necesario solicitar una cita previa la cual puedes realizar por teléfono o internet.
- En caso de que se quiera realizar vía online, puedes solicitarla a través de un pre-formulario para la prestación.
También se puede pedir la prestación directamente desde la Sede Electrónica del SEPE, donde necesitarás contar con certificado digital o DNI electrónico para poder solicitarla solicitud por prestación electrónica.
11. ¿Se puede pausar y reanudar la prestación para trabajar?
La respuesta es si, pero existen algunos aspectos importantes que se deben tener en cuenta para poder hacerlo de forma correcta y legal. Si quieres saber más sobre como pausar y reanudar la prestación por desempleo del SEPE, puedes hacerlo pulsando sobre el siguiente botón:
12. El subsidio por desempleo
El subsidio por desempleo asimismo es una prestación por desempleo mas tiene carácter asistencial, esto es, que no demanda cuando menos trescientos sesenta y cinco días cotizados, sino resguarda a quienes no reúnen esas cotizaciones o bien hayan agotado el paro y prosigan sin trabajo. O sea, es una prestación para parados de larga duración.
El subsidio es una prestación por desempleo no contributiva, puesto que no es preciso haber cotizado trescientos sesenta días para acceder a esta ayuda.
12.1. Requisitos para cobrar el subsidio por desempleo
Van a tener derecho a acogerse a una ayuda por desempleo, los trabajadores desempleados y hayan terminado el paro o bien no tengan las cotizaciones suficientes para poder pedirlo.
Además de esto no pueden estar percibiendo rentas sobre el setenta y cinco por ciento del sueldo mínimo interprofesional (setecientos cincuenta euros por mes para dos mil veinte).
Habrán de estar dados de alta en los Servicios de Empleo Autonómicos de cada comunidad. De este modo por servirnos de un ejemplo, en Murcia van a deber dirigirse al SEFCARM, en el País Vasco a LANBIDE, en Castilla la Mácula al SEPECAM y en Alicante al SERVEF.
Aparte de estos requisitos generales, deben cumplirse los requisitos concretos para cada subsidio.
12.2. ¿Qué ayuda por desempleo puedo solicitar?
Dependiendo de la situación personal de cada trabajador va a poder pedir un subsidio o bien otro.
De este modo por poner un ejemplo, tener o bien no cargas familiares, haber alcanzado los cuarenta y cinco o bien cincuenta y cinco años, ser emigrante retornado, liberado de cárcel o bien haber mejorado de una incapacidad permanente, van a ser situaciones a tener en consideración en el momento de pedir un subsidio por desempleo.
En la actualidad, se contemplan las próximas ayudas por desempleo:
- Subsidio por insuficiencia de cotización.
- La ayuda familiar
- Subsidio para emigrantes retornados
- Subsidio por mejora de una invalidez
- El subsidio Agrario y la Renta Agraria
- Subsidio para los liberados de cárcel
12.3. ¿De qué forma puedo pedir el subsidio de desempleo?
Si has agotado la prestación contributiva “el paro”, debes aguardar un mes y asistir al SEPE a lo largo de los 15 días siguientes.
Si no has cotizado lo bastante para cobrar el paro, tienes 15 días desde el instante en que concluyes en el trabajo para gestionar el subsidio por desempleo.
Debes presentar el Modelo de petición de Subsidio por desempleo así como la próxima documentación:
- Documento de identidad (Extranjeros Pasaporte NIE o bien TIE)
- Documento en el que aparezca el número de cuenta bancario donde deseamos percibir el subsidio (Recuerda que has de ser titular de la cuenta)
- Libro de familia o bien documento equivalente en el caso de extranjeros
- Justificante de rentas en el caso de que el SEPE nos lo pida.
12.4. ¿Cuánto voy a cobrar de subsidio?
Para dos mil veinte, el adjudicatario de un subsidio por desempleo cobra cuatrocientos treinta con veintisiete euros por mes.
Este importe se corresponde con el ochenta por ciento del IPREM para este año.
13. Ayudas excepcionales para desempleados sin prestación
Cuando el trabajador ha agotado el paro y los subsidios y continua desempleado, el SEPE contempla por último las ayudas excepcionales para parados de larga duración, que son las posibilidades por desempleo a las que puede acogerse cuando se halla en esta situación.
Hoy día, son 3 las posibilidades por desempleo excepcionales que pueden solicitarse:
- La Renta Activa de Inserción RAI
- El Plan Prepara
- El Programa Excepcional de Activación para el Empleo PAE
Cada una de estas ayudas, pueden pedirse en función de los requisitos que cumpla el trabajador en el instante de agotar todas y cada una de las posibilidades precedentes.
De esta forma por servirnos de un ejemplo, la Renta Activa de Inserción demanda tener cuarenta y cinco años salvo ciertas salvedades, el Plan Prepara ser parado de larga duración y el Programa de Activación para el Empleo haber agotado hace 6 meses ciertas precedentes, la prestación contributiva o bien el subsidio por desempleo.
14. Más Información
15. Otros enlaces de interés
Doble Titulada con Grado en Educación Social y Grado en Información y Documentación por la Universidad de Salamanca.
Experta gestora, administradora y tesorera de recursos económicos en la empresa privada durante más de 3 años.