La vida laboral de los trabajadores es muy larga, pero en el final de la misma se pueden dar casos excepcionales. Uno de estos casos es tener más de 65 años de edad y cobrar la prestación por desempleo o paro.

¿Quieres saber que requisitos necesitas cumplir para poder seguir cobrando el paro? ¿Cuánto tiempo puede durar la prestación? ¿Es incompatible con otras prestaciones? Son muchas preguntas que necesitan respuesta.
Índice del artículo
- 1. ¿Es compatible la prestación por desempleo (Paro) con ser mayor de 65 años?
- 2. Entonces… ¿Por qué el SEPE me ha mando una carta indicándome que cesa el pago de la prestación por desempleo?
- 3. Si cumplo los requisitos para jubilarme ¿Puedo cobrar el paro?
- 4. No cumplo los requisitos para jubilarme ¿Puedo cobrar el paro después de los 65 años?
- 5. Mi pensión de jubilación es parcial ¿Puedo seguir cobrando el paro?
- 6. ¿Qué documento debo presentar en el SEPE si aún no cumplo los requisitos de jubilación?
- 7. Si continuo trabajando después de los 65 años ¿Puedo cobrar el paro si me despiden?
- 8. Más información
- 9. Otros enlaces de interés
Por medio de este articulo intentaremos explicar todos los elementos que intervienen en el cobro de la prestación por desempleo para mayores de 65 años y por qué se pueden dar las dos condiciones a la vez.
1. ¿Es compatible la prestación por desempleo (Paro) con ser mayor de 65 años?
La respuesta es sí. Pero para poder seguir cobrando el paro es necesario cumplir una serie de requisitos y condiciones específicas.
Lo habitual es llegar a la edad de jubilación cuando el trabajador cumple los 65 años de edad.
Pero actualmente está en marcha una modificación sustancial la ley que cambia la edad y los requisitos de acceso a la jubilación. Durante los próximos años la edad de jubilación irá creciendo progresivamente hasta llegar a los 67 años. Por lo tanto es necesario consultar la situación individual de cada trabajador, revisando los días cotizados que llevamos acumulados.
En el momento de cumplir años, si la seguridad social nos considera aptos para acceder a la pensión de jubilación, extinguirá automáticamente cualquier otra prestación o ayuda que tenga el individuo incluido el paro.
2. Entonces… ¿Por qué el SEPE me ha mando una carta indicándome que cesa el pago de la prestación por desempleo?
Los sistemas informáticos del SEPE al cumplir la edad de jubilación automáticamente cesan con el pago de las prestaciones y envían una carta certificada al trabajador para informar de esta decisión.
Esto se debe a que la prestación por desempleo es exclusiva para aquellos trabajadores que han perdido su empleo de forma involuntaria y buscan de nuevo la reinserción al mercado laboral.
Por lo tanto cualquier persona que esté jubilada no puede acceder a ayudas por desempleo porque su intención no es encontrar un nuevo trabajo.
Si en nuestro caso no cumplimos las condiciones para acceder a la jubilación, deberemos acudir al SEPE y presentar un certificado de la Seguridad Social para poder seguir cobrando la prestación por desempleo.

3. Si cumplo los requisitos para jubilarme ¿Puedo cobrar el paro?
En caso de cumplir con lo requisitos marcados en ese momento por la Seguridad Social para acceder a la jubilación. Y si además la cuantía de la pensión a percibir supera el 75% del SMI marcado en ese momento, no podrá cobrar la prestación por desempleo (paro). Por lo tanto, en este caso al cumplir los 65 años:
- Se procederá al cese inmediato de la prestación por desempleo SEPE
- El trabajador deberá acudir a una oficina de la Seguridad Social para iniciar el cobro de la pensión por jubilación.
4. No cumplo los requisitos para jubilarme ¿Puedo cobrar el paro después de los 65 años?
En caso de no alcanzar el mínimo de años cotizados para poder acceder a la jubilación el trabajador podrá seguir cobrando la prestación por desempleo. para ello deberá entregar un certificado de la Seguridad social que acredite dicha situación en las oficinas del SEPE
5. Mi pensión de jubilación es parcial ¿Puedo seguir cobrando el paro?
La prestación por desempleo o paro se puede cobrar a la vez que la pensión de jubilación parcial. Es decir aquellas pensiones de jubilación que no son cobradas íntegramente y que son compatibles con el trabajo a tiempo parcial. Pero debe cumplir los siguientes requisitos:
- No tener rentas propias mensuales superiores al 75% de Salario Mínimo Interprofesional (SMI) incluyendo la propia pensión de jubilación.
- Acreditar y justificar responsabilidades familiares
En este caso deberá informar en la oficina del SEPE su condición y presentar toda la documentación requerida. Hay que tener en cuneta que para ser atendidos en las oficinas del SEPE es necesario tener solicitar cita previa. Si lo deseas puedes pedir una cita en el SEPE pulsando sobre el siguiente botón azul:
Recuerda que solo podrás obtener una cita previa por persona. Y hasta que esta no sea anulada o se produzca no podrás solicitar otra cita.

6. ¿Qué documento debo presentar en el SEPE si aún no cumplo los requisitos de jubilación?
Para poder reanudar el cobro de la prestación de desempleo tras cumplir los 65 años es necesario acreditar nuestra condición. Para ello deberemos presentar un certificado expedido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en el que se informe de la situación.
Por lo tanto, en primer lugar deberemos acudir a la oficina de la Seguridad Social y posteriormente a la oficina del Servicio Estatal Publico de Empleo (SEPE).
7. Si continuo trabajando después de los 65 años ¿Puedo cobrar el paro si me despiden?
En el momento que el trabajador supera los 65 años de edad pierde el derecho a cobrar la prestación contributiva por desempleo. Por lo tanto, cuando el trabajador decida cesar su actividad pasará a cobrar directamente la pensión de jubilación.
8. Más información
- Puedes ampliar la información en la página oficial del SEPE o de la Seguridad Social.
9. Otros enlaces de interés

Doble Titulada con Grado en Educación Social y Grado en Información y Documentación por la Universidad de Salamanca.
Experta gestora, administradora y tesorera de recursos económicos en la empresa privada durante más de 3 años.
¿Se puede cobrar el paro con más de 65 años?. Yo me tengo que jubilar a los 66 y 6 meses, o a los 65 dejas de cobrar el paro y tienes que esperar a los 66 y seis meses para poder jubilarte y cuando estas en paro cuenta la base de cotización que tenias antes de estar de paro?
Muchas gracias
Según su comentario, especifica que su edad de jubilación será a los 66 años y medio. Y hasta que llegue esa fecha deberá seguir cotizando o esperando en caso de que actualmente no trabaje.
Ahora bien, en el caso de que actualmente esté trabajando, y si es despedida de su puesto de empleo y cumple con los requisitos para acceder a la prestación por desempleo podrá cobrarla. Eso sí, deberá presentar un certificado suministrado por la Seguridad Social en la oficina del SEPE para acreditar que su jubilación será a los 66 años y medio.
Si este es su caso, cobrando el paro variará su base de cotización y por consiguiente influirá negativamente cuando se realice el computo para calcular su pensión de jubilación.
Aún así, siempre recomendamos que solicite cita telefónica en la Seguridad Social o en el SEPE para tener información oficial y personalizada.
Buenos dias
yo solicite el subsidio el 26 de feberero de 2021 no hay respuesta.he ido varias veces me decian que esta en tramite despues de meses insiste para saca rcita y me dice que no me corresponde nada por tener 65 años. estoy indignada hasta ahora no hay respuesta no cobro nada hasta ahora.sacar cita es un problema no hay cita presencial por favor quiero informacion.
gracias
Tengo 66 años y 11 años cotizado
Tengo derecho al paro
Buenas tardes, mi madre tiene 70 años, siendo española vino a vivir acá en 2019 y comenzó a trabajar en enero de 2020 en un contrato temporal por circunstancias de la producción que termina en enero 2023 luego de 3 años. Durante este tiempo se ha mantenido cotizando a la seguridad social, pero entendemos que no cumple con los requisitos de tiempo trabajado para jubilarse, y quisiéramos saber si pese a su edad podría cobrar el paro que le corresponda, o si sería elegible para otra prestación. Gracias por su atención.
Tendrá derecho a cobrar la prestación por desempleo una vez que finalice su contrato de trabajo, salvo que sea una baja voluntaria por parte del trabajador. La cuantía y duración de la prestación se calculará en función de las cotizaciones a la seguridad social y el numero de días trabajados.
Una vez que finalice el la prestación por desempleo le recomendamos que pida Cita Previa en la Seguridad Social para que puedan informarle de las ayudas vigentes a las que puede acceder en ese momento. (Por ejemplo el Ingreso Mínimo Vital).
Aún así, siempre recomendamos que realice sus consultas directamente a la Seguridad Social o al SEPE (Telefónica o presencialmente) para que puedan comprobar todos los datos y puedan ofrecerle ayuda personalizada.
Buenas tardes., Estoy cobrando el paro termino en 1de noviembre de 2023,que tendré 66años y me faltaría 1año y diez meses para jubilarme ,tendría alguna ayuda hasta la jubilación
Si cumple las condiciones establecidas puede recibir el subsidio para mayores de 52 años hasta el momento de su jubilación.
Puede obtener más información aquí:
https://cursos-sepe.net/subsidio-para-mayores-de-52-anos/