Cobrar el paro con más de 65 años

Cobrar el paro con más de 65 años

La vida laboral de los trabajadores es muy larga, pero en el final de la misma se pueden dar casos excepcionales. Uno de estos casos es tener más de 65 años de edad y cobrar la prestación por desempleo o paro.

Paro para mayores de 65 años o jubilados

¿Quieres saber que requisitos necesitas cumplir para poder seguir cobrando el paro? ¿Cuánto tiempo puede durar la prestación? ¿Es incompatible con otras prestaciones? Son muchas preguntas que necesitan respuesta.

Por medio de este articulo intentaremos explicar todos los elementos que intervienen en el cobro de la prestación por desempleo para mayores de 65 años y por qué se pueden dar las dos condiciones a la vez.

1. ¿Es compatible la prestación por desempleo (Paro) con ser mayor de 65 años?

La respuesta es sí. Pero para poder seguir cobrando el paro es necesario cumplir una serie de requisitos y condiciones específicas.

Lo habitual es llegar a la edad de jubilación cuando el trabajador cumple los 65 años de edad.

Pero actualmente está en marcha una modificación sustancial la ley que cambia la edad y los requisitos de acceso a la jubilación. Durante los próximos años la edad de jubilación irá creciendo progresivamente hasta llegar a los 67 años. Por lo tanto es necesario consultar la situación individual de cada trabajador, revisando los días cotizados que llevamos acumulados.

En el momento de cumplir años, si la seguridad social nos considera aptos para acceder a la pensión de jubilación, extinguirá automáticamente cualquier otra prestación o ayuda que tenga el individuo incluido el paro.

2. Entonces… ¿Por qué el SEPE me ha mando una carta indicándome que cesa el pago de la prestación por desempleo?

Los sistemas informáticos del SEPE al cumplir la edad de jubilación automáticamente cesan con el pago de las prestaciones y envían una carta certificada al trabajador para informar de esta decisión.

Esto se debe a que la prestación por desempleo es exclusiva para aquellos trabajadores que han perdido su empleo de forma involuntaria y buscan de nuevo la reinserción al mercado laboral.

Por lo tanto cualquier persona que esté jubilada no puede acceder a ayudas por desempleo porque su intención no es encontrar un nuevo trabajo.

Si en nuestro caso no cumplimos las condiciones para acceder a la jubilación, deberemos acudir al SEPE y presentar un certificado de la Seguridad Social para poder seguir cobrando la prestación por desempleo.

Desempleo para mayores de 65 años o jublidos

3. Si cumplo los requisitos para jubilarme ¿Puedo cobrar el paro?

En caso de cumplir con lo requisitos marcados en ese momento por la Seguridad Social para acceder a la jubilación. Y si además la cuantía de la pensión a percibir supera el 75% del SMI marcado en ese momento, no podrá cobrar la prestación por desempleo (paro). Por lo tanto, en este caso al cumplir los 65 años:

  • Se procederá al cese inmediato de la prestación por desempleo SEPE
  • El trabajador deberá acudir a una oficina de la Seguridad Social para iniciar el cobro de la pensión por jubilación.

4. No cumplo los requisitos para jubilarme ¿Puedo cobrar el paro después de los 65 años?

En caso de no alcanzar el mínimo de años cotizados para poder acceder a la jubilación el trabajador podrá seguir cobrando la prestación por desempleo. para ello deberá entregar un certificado de la Seguridad social que acredite dicha situación en las oficinas del SEPE

5. Mi pensión de jubilación es parcial ¿Puedo seguir cobrando el paro?

La prestación por desempleo o paro se puede cobrar a la vez que la pensión de jubilación parcial. Es decir aquellas pensiones de jubilación que no son cobradas íntegramente y que son compatibles con el trabajo a tiempo parcial. Pero debe cumplir los siguientes requisitos:

  • No tener rentas propias mensuales superiores al 75% de Salario Mínimo Interprofesional (SMI) incluyendo la propia pensión de jubilación.
  • Acreditar y justificar responsabilidades familiares

En este caso deberá informar en la oficina del SEPE su condición y presentar toda la documentación requerida. Hay que tener en cuneta que para ser atendidos en las oficinas del SEPE es necesario tener solicitar cita previa. Si lo deseas puedes pedir una cita en el SEPE pulsando sobre el siguiente botón azul:

Recuerda que solo podrás obtener una cita previa por persona. Y hasta que esta no sea anulada o se produzca no podrás solicitar otra cita.

Jubilación parcial para mayores de 65 años.

6. ¿Qué documento debo presentar en el SEPE si aún no cumplo los requisitos de jubilación?

Para poder reanudar el cobro de la prestación de desempleo tras cumplir los 65 años es necesario acreditar nuestra condición. Para ello deberemos presentar un certificado expedido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en el que se informe de la situación.

Por lo tanto, en primer lugar deberemos acudir a la oficina de la Seguridad Social y posteriormente a la oficina del Servicio Estatal Publico de Empleo (SEPE).

7. Si continuo trabajando después de los 65 años ¿Puedo cobrar el paro si me despiden?

En el momento que el trabajador supera los 65 años de edad pierde el derecho a cobrar la prestación contributiva por desempleo. Por lo tanto, cuando el trabajador decida cesar su actividad pasará a cobrar directamente la pensión de jubilación.

8. Más información

9. Otros enlaces de interés

Doble Titulada con Grado en Educación Social y Grado en Información y Documentación por la Universidad de Salamanca.
Experta gestora, administradora y tesorera de recursos económicos en la empresa privada durante más de 3 años.

14 comentarios en «Cobrar el paro con más de 65 años»

  1. ¿Se puede cobrar el paro con más de 65 años?. Yo me tengo que jubilar a los 66 y 6 meses, o a los 65 dejas de cobrar el paro y tienes que esperar a los 66 y seis meses para poder jubilarte y cuando estas en paro cuenta la base de cotización que tenias antes de estar de paro?

    Muchas gracias

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    • Según su comentario, especifica que su edad de jubilación será a los 66 años y medio. Y hasta que llegue esa fecha deberá seguir cotizando o esperando en caso de que actualmente no trabaje.
      Ahora bien, en el caso de que actualmente esté trabajando, y si es despedida de su puesto de empleo y cumple con los requisitos para acceder a la prestación por desempleo podrá cobrarla. Eso sí, deberá presentar un certificado suministrado por la Seguridad Social en la oficina del SEPE para acreditar que su jubilación será a los 66 años y medio.
      Si este es su caso, cobrando el paro variará su base de cotización y por consiguiente influirá negativamente cuando se realice el computo para calcular su pensión de jubilación.
      Aún así, siempre recomendamos que solicite cita telefónica en la Seguridad Social o en el SEPE para tener información oficial y personalizada.

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  2. Buenos dias
    yo solicite el subsidio el 26 de feberero de 2021 no hay respuesta.he ido varias veces me decian que esta en tramite despues de meses insiste para saca rcita y me dice que no me corresponde nada por tener 65 años. estoy indignada hasta ahora no hay respuesta no cobro nada hasta ahora.sacar cita es un problema no hay cita presencial por favor quiero informacion.
    gracias

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  3. Buenas tardes, mi madre tiene 70 años, siendo española vino a vivir acá en 2019 y comenzó a trabajar en enero de 2020 en un contrato temporal por circunstancias de la producción que termina en enero 2023 luego de 3 años. Durante este tiempo se ha mantenido cotizando a la seguridad social, pero entendemos que no cumple con los requisitos de tiempo trabajado para jubilarse, y quisiéramos saber si pese a su edad podría cobrar el paro que le corresponda, o si sería elegible para otra prestación. Gracias por su atención.

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    • Tendrá derecho a cobrar la prestación por desempleo una vez que finalice su contrato de trabajo, salvo que sea una baja voluntaria por parte del trabajador. La cuantía y duración de la prestación se calculará en función de las cotizaciones a la seguridad social y el numero de días trabajados.
      Una vez que finalice el la prestación por desempleo le recomendamos que pida Cita Previa en la Seguridad Social para que puedan informarle de las ayudas vigentes a las que puede acceder en ese momento. (Por ejemplo el Ingreso Mínimo Vital).
      Aún así, siempre recomendamos que realice sus consultas directamente a la Seguridad Social o al SEPE (Telefónica o presencialmente) para que puedan comprobar todos los datos y puedan ofrecerle ayuda personalizada.

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  4. Buenas tardes., Estoy cobrando el paro termino en 1de noviembre de 2023,que tendré 66años y me faltaría 1año y diez meses para jubilarme ,tendría alguna ayuda hasta la jubilación

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  5. Buenas tardes
    Tengo 71 años y he cotizado por un período de 7 años, según he visto tengo 18 meses de paro acumulado y no me corresponde ninguna pensión ni jubilación, si me echan del trabajo ustedes creen que tengo derecho al paro, el cual me siguen descontando todos los meses de mi nómina.

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    • En primer lugar, le aconsejamos que solicite cita previa en las administraciones oficiales (Seguridad Social y SEPE) para tener una respuesta oficial y segura a su situación actual.
      Al no llegar a los 15 años mínimos cotizados usted no podrá disfrutar de una prestación por jubilación hasta que los alcance. Pero si puede solicitar una prestación no contributiva.
      Por otra parte, la prestación por desempleo (paro) la podrá cobrar si reúne los requisitos y siempre que la seguridad social se lo permita y no le obligue a la jubilación (no contributiva) forzosa.

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  6. Buenas Tardes:
    Tengo 65 años cumplidos, no tengo cargas de familia, acabo de reunir los 6 meses de cotizaciones para solicitar el subsidio por insuficiencia de cotizaciones, puedo solicitarlo al Sepe ya que la edad de jubilación para mi será a los 66 años y 4 meses. Me pedirán certificado de la seguridad social que no me puedo jubilar para otorgarme el subsidio??? Es que la seguridad social no me da certificado porque me jubilare por convenio y Argentina aún no contestó sobre mis aportes (tarda mas de 2 años en contestar). Si es así que solución tendría?. Muchas gracias por vuestra respuesta

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  7. Hola, tengo una solicitud de Paro que depende de la acreditación por el INSS de que no puedo jubilarme al día de hoy pero no encuentro ya como ni donde solicitarlo porque no te dan un repuesta clara ni te orientan como y donde gestionarlos, que puedo hacer, consejos . Muchas gracias,

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    • Desde esta web siempre recomendamos que acuda a las fuentes originales para ser atendido en base a sus circunstancias especificas y personales.
      Tal y como explica el articulo para cobrar el paro siendo mayor de 65 años es necesario obtener un certificado de la Seguridad Social como que aún no puede jubilarse. Y por lo tanto puede recibir una prestación por desempleo. Pida cita previa en la Seguridad Social para que le guíen y faciliten la documentación necesaria para posteriormente acudir al SEPE a regularizar su prestación.

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  8. Buenas tardes , tengo el paro aprobado hasta 2 de marzo de 2024 y me toca jubilarme a los 66 y 6 meses el 12 de abril de 2024, cuando deje de cobrar el paro 2 de marzo, hasta 12 de abril, que puedo hacer para cobrar algo en esas fechas, o me pasan directamente a la jubilación, si es así tendré cotizados 33 años y 5 meses el 1 de marzo 24 que porcentaje me descontarán?

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