Prestación por hijo a cargo

Prestación por hijo a cargo

Si tienes bajo tu responsabilidad un menor de edad o discapacitados, este artículo te interesará. Me refiero a la Prestación por hijo a cargo, lo cual se trata de una ayuda especial para los tutores legales o responsables de niños menores de edad o mayores de edad discapacitados. 

Si te interesa optar por esta ayuda, quédate hasta el final, estaremos hablando de los requisitos que necesitas tener y las medidas que aplican para esta ayuda. Cabe destacar que esta ayuda no diferencia de géneros (madre o padre), ya que es una ayuda económica por hijo a cargo. Conoce cómo puedes recibir esta beneficiosa ayuda.

1. ¿Qué entiende por prestación por hijo a cargo? 

Esta es una ayuda que se les ofrece a las familias que tienen a su cargo hijos menores de edad, discapacitados o mayores de edad discapacitados. Va dirigida principalmente a los responsables de hijos a cargo, sean estos propios, adoptados o acogidos. 

Prestaciones oficiales del estado por hijo a cargo

El objetivo principal de esta ayuda es ofrecer un apoyo a la persona de la cual dependen económicamente.

2. ¿Qué es un “hijo a cargo”? 

Se entiende por hijo a cargo a toda persona que convive y depende económicamente de un encargado o titular de este. El titular sería el beneficiado por la prestación por hijo a cargo como modo de apoyo para el mantenimiento del hijo. 

Cabe destacar que, para efectos de esta ayuda, no existe ningún tipo de distinción en cuanto a hijos adoptados, propios o acogidos, todos aplican para la ayuda. En caso de que el hijo se marchase y se rompa la convivencia por temas de trabajo, estudios o situaciones médicas, no se tomará como rota tal convivencia. 

3. ¿Qué requisitos se necesitan?

Para aplicar para esta ayuda, es importante que cumplas con cada uno de estos requisitos sin excepción: 

  • Contar con residencia legal en el territorio español. 
  • El hijo, sea este adoptado, propio o acogido, debe ser menor de edad. No puede tener 18 años o más. 
  • El hijo a cargo ya sea adoptado, propio o acogido, debe tener un grado de discapacidad mayor o igual al 65%, si es así, se puede aplicar para hijos mayores de edad. 
  • Para solicitar esta ayuda, es importante que el beneficiado no reciba ningún tipo de ayuda de protección social o de la misma naturaleza. 
  • La renta anual bruta de la familia debe ser inferior a 12,313 euros. Aunque, este requisito no aplica en caso de la existencia de un discapacitado.

4. ¿Cuál es la documentación que se necesita presentar? 

Para optar a los beneficios de la prestación por hijo a cargo, es necesario presentar una documentación especial. En esta oportunidad, estaremos presentando la documentación que necesitas en caso de ser español o extranjero.

Para españoles:

A continuación, le estaremos mostrando todo lo que necesitas presentar como español a las oficinas de Seguridad Social para optar por esta ayuda con éxito. 

  • Copia del NIF con fecha de vencimiento vigente.
  • Copia del NIF de los menores por los que se solicita la ayuda si estos son mayores de 14 años. 
  • Certificado de empadronamiento del beneficiado y el que lo solicite si se trata de dos personas diferentes. Puede conseguir este certificado en el ayuntamiento del municipio donde resida.
  • Libro de familia actualizado o partidas de nacimiento de los menores.
  • Si la familia es numerosa, se exige la acreditación correspondiente para esa situación. 
  • Un documento que acredite la custodia o tutela de los menores por los que se está pidiendo la ayuda. 
  • Certificado de discapacidad o, en su defecto, justificante de haberse solicitado. 
  • En caso de divorcio o separación judicial, debes tener los siguientes documentos: 
    • Documento que especifique la custodia o tutela del menor por el que se está solicitando la ayuda. 
    • Documento que recoja quién ha recibido la prestación o si se ha cambiado la tutela del menor. 
  • En caso de que se esté tramitando la separación judicial o se trate de una separación de hecho, estos son los documentos que se deben presentar: 
    • Una copia de la demanda de separación.
    • Copia de la denuncia por abandono familiar. 
    • Convenio regulador validado por un juzgado.
    •  Si la pareja de hecho no convive, se debe presentar un documento que especifique a cuál de los dos le corresponde la tutela del menor en cuestión. 

Para extranjeros:

Los extranjeros que residen en el territorio español también tienen la oportunidad de disfrutar de la prestación por hijo a cargo. Si eres extranjero y quieres optar por esta ayuda, debes presentar todos los documentos antes mencionados, y los que mencionare a continuación: 

  • Copia de NIE vigente del solicitante. 
  • Copia del NIE o NIF de los menores por los que se está solicitando la ayuda si estos son mayores de 14 años. 
  • Si eres ciudadano de la Unión Europea, del espacio económico europeo o de Suiza, debes tener estos documentos específicos: 
    • Documento que acredite la residencia en España por parte de la Administración.
    • Pasaporte o documento de identificación vigente
    • Debe aportar la tarjeta de identidad extranjera, si algún miembro no tiene nacionalidad europea.
    • Tarjeta de residencia familiar de ciudadano europeo o justificativo de haberla solicitado. 
    • Formulario E-401 correctamente rellenado para solicitantes con hijos en la Unión Europea, EEE o Suiza. 
    • Autorización de residencia temporal o permanente o, en su defecto, tarjeta de identidad extranjera. 
    • Acreditación de nacionalidad española para hijos nacidos en el territorio español de padres no nacionales de la Unión Europea, EE, Suiza.
Prestación economica hijos a cargo

5. ¿Cuál es la cuantía por prestación por hijo a cargo?  

La cuantía recibida por esta ayuda depende de cada situación. A continuación, te estaremos mostrando cuánto es recibido de acuerdo con las diferentes situaciones a las que aplica.

  • Si el hijo menor de edad no posee ningún tipo de discapacidad, la cuantía es de 341 euros anuales
  • En caso de que el hijo sea menor de edad con una discapacidad mayor o igual a 33%, la cuantía es de 1000 euros anuales
  • Si el hijo es mayor de edad con una discapacidad mayor o igual a 65%, se reciben 4,704 euros anuales
  • Si el hijo es mayor de edad, sea acogido, adoptado o propio, con una discapacidad mayor o igual a 75%, la cuantía es de 7,056 euros anuales.

Es importante aclarar que, se realizará una investigación para conocer el poder adquisitivo de la familia en cuestión, excepto cuando se trate de una familia con presencia de un discapacitado.

Hijos a cargoLímite ingresos anuales
Hijo menor sin discapacidad12.313 euros anuales
A partir del segundo hijo menor sin discapacidadSe incrementa en un 15% por cada uno de ellos.
Familias numerosas con tres hijos a cargo18.532 euros anuales
Familias numerosas con cuatro hijos o másSe incrementa en 3.002 a partir del cuarto hijo por cada uno de ellos
Hijos con discapacidad (menores o no)No se tienen en cuenta los ingresos

En caso de que la familia se encuentre en una situación de pobreza severa, se le pueden otorgar hasta 588 euros anuales por cada hijo a cargo. 

Número de hijos a cargoCuantías anuales
1291 €
2582 €
3873 €
41.164 €
51.455 €
61.746 €
72.037 €
82.328 €
92.619 €
102.910 €

6. ¿Cómo se solicita? 

Para solicitar esta ayuda es importante rellenar un formulario de forma electrónica y tener a la mano los documentos necesarios para optar a la prestación por hijo a cargo. 

Una vez cumplimentada la documentación necesaria y los requisitos de información exigidos en el formulario, debes enviar tu solicitud

Para adjuntar la documentación necesaria para completar tu solicitud, debes ingresar aquí tus datos. Además, podrás realizar un seguimiento del proceso de aceptación de tu solicitud para que estés al tanto del mismo. 

En caso de que quieras hacerlo de forma presencial, puedes dirigirte con la documentación necesaria a cualquiera de los registros previstos en el artículo 16 de la ley 39/2015 de Administración Pública. 

7. ¿Cómo y cuándo se reciben pagos de la prestación por hijo a cargo? 

Si tu solicitud ha sido aceptada con éxito, ya estarás listo para comenzar a recibir la respectiva ayuda. Para ello, la Tesorería General de Seguridad Social realizará pagos semestrales de lo correspondiente según tu situación. 

En todo caso, esta ayuda es pagada por medio de periodos semestrales. Únicamente, se paga mensual cuando se trata de un hijo a cargo menor de edad y discapacitado. 

8. ¿Cuánto dura en vigencia esta prestación por hijo a cargo?

Esta ayuda por hijo a cargo se podrá seguir recibiendo siempre y cuando se mantengan intactas las condiciones por las cuales se solicitó. Gracias a la información con la que cuenta la Agencia Tributaria, no es necesario actualizar los datos de familiares en el ámbito económico. 

Ahora, sí es importante que se actualice el certificado de minusvalía antes de que éste venza. En este link puedes conseguir todo lo que necesitas para tramitar tu certificado de discapacidad.

9. Aspectos que debes considerar para la solicitud de prestación por hijo a cargo

Para optar por una solicitud de prestación por hijo a cargo, se deben seguir los requisitos antes mencionados. Sin embargo, existen algunos aspectos que debes considerar al optar por la solicitud de prestación por hijo a cargo. Tener en cuenta estos aspectos puede ayudarte en el proceso de solicitud.

  • Si ambos progenitores están bajo el cargo de un hijo menor discapacitado, ambos deben presentar la documentación necesaria para aplicar para la ayuda. Sin embargo, solo uno de los progenitores será el que recibirá la ayuda
  • En caso de que los progenitores se separen, ya sea si están casados o en una relación afectiva, el beneficiario será aquel que se quede con la custodia del hijo, incluso si esta no era la misma que se beneficiaba al comienzo de la prestación. 

Si la custodia del menor es compartida, se reparte en ambas partes, asignándole el monto con respecto al tiempo que le corresponda con el hijo.

10. Otras ayudas para niños

El nacimiento de un hijo puede venir acompañado de otro tipo de necesidades especificas derivadas de enfermedades crónicas o síndromes detectados en el momento del nacimiento.

Por esa razón desde las diferentes comunidades autónomas y en caso de necesidad se realiza una evaluación medica y psicológica del niño o niña con el fin de facilitarle ayudas medicas, económicas y sesiones de estimulación que le ayuden a mejorar en los primeros años de vida.

Este tipo de ayuda se denomina Atención Temprana y puedes consultar toda la información pulsando aquí.

11. Más información:

12. Otros enlaces de interés

Doble Titulada con Grado en Educación Social y Grado en Información y Documentación por la Universidad de Salamanca.
Experta gestora, administradora y tesorera de recursos económicos en la empresa privada durante más de 3 años.

7 comentarios en «Prestación por hijo a cargo»

  1. Tengo una hija de 21 año a mi cargo no tengo trabajo y ya agote la prestación que tenía ase 4 meses por madre soltera sigo como demandante de empleo soy separada.
    Tengo tengo derecho a alguna ayuda ?

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    • Tras agotar todas las prestaciones por desempleo y cualquier otra prestación del SEPE. La única alternativa es la solicitud del Ingreso Mínimo Vital. Puedes usar el buscador de esta misma web introduciendo “ingreso mínimo vital” para saber todos los requisitos y características que rigen esta ayuda. Esperamos que la respuesta te sea de ayuda.

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  2. Hola buenas tardes,tengo un niño de 1 año y medio a mi cargo,estoy en Erte y cobro menos de 1000 y tengo muchísimos gastos en alquiler ,agua y luz,no me alcanza para más,donde podría dirigirme para que me den alguna ayuda de ser posible ?gracias!

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    • Para poder orientarle mejor pida cita previa en el SEPE y en la Seguridad social con un gestor. Ellos accediendo a todos los datos de su situación actual podrán orientarle hacia aquellas prestaciones, subsidios o ayudas accesibles para usted.

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  3. Buenas tardes.
    En abril de 2021 fui despedida del trabajo estado con reducción de jornada por tener menor a cargo y con una antigüedad de 31 años.
    He reclamado al SEPE que me abone correctamente la prestación por desempleo porque no estoy cobrando a jornada de 40horas como corresponde por guarda y custodia legal sino a reducción de jornada de 30h (que son las horas q trabajaba con la reducción de jornada laboral por guarda y custodia legal.) ni tampoco me han abonado la diferencia de la prestación de los meses atrasados desde abril que acabe de trabajar. Pero no he recibido ninguna contestación al respecto de mi reclamación.
    Que tengo que hacer ?
    Gracias.

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    • Puede consultar el estado de sus prestaciones por medio de la web oficial del SEPE. Pero ante la importancia del asunto que expone le recomendamos que solicite una cita presencial o telefónica en el SEPE para comprobar el estado de su reclamación. Desde esta web siempre recomendamos acudir a la administración encargada del tramite para realizar la consulta o reclamación correctamente.

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  4. Hola tengo 2 niños una de 8 años y un bebe de 7 meses soy madre soltera he terminado de trabajar contrato parcial quisiera saber si tengo alguna ayuda estoy como demandante de empleo

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