
Un giro necesario en la conciliación familiar
El año 2025 marca un antes y un después para las familias en España. Por fin, los permisos parentales se ajustan a la realidad actual, ofreciendo más tiempo, más derechos y mayor apoyo económico a quienes crían. Este avance no solo moderniza las políticas laborales, sino que también reconoce el valor de cuidar sin arruinarse en el intento.
Nuevos permisos por nacimiento: más largos y adaptables
Desde este año, el tradicional permiso de maternidad y paternidad pasa a denominarse permiso por nacimiento y cuidado del menor. Y trae varias novedades:
- Duración aumentada: ahora son 17 semanas por progenitor, con posibilidad de extender hasta 19 semanas, según se concrete en el BOE.
- Reparto flexible: parte del permiso podrá distribuirse hasta que el hijo cumpla 8 años, lo que permite adaptarlo a necesidades como:
- Incorporación escolar
- Vacaciones de verano
- Enfermedades infantiles
Familias monoparentales: reconocimiento sin precedentes
Por primera vez, se reconoce el doble esfuerzo de criar en solitario. Las familias monoparentales accederán a hasta 32 semanas retribuidas, una medida que equipara derechos y alivia cargas que antes se asumían sin ayuda.
Permiso parental retribuido: fin del “lujo” gratuito
Hasta ahora, muchas familias no podían permitirse este permiso por ser no remunerado. Pero eso cambia:
- Desde agosto de 2024, 2 de las 8 semanas del permiso parental pasan a ser retribuidas al 100%.
- Retroactividad incluida: quienes ya sean padres desde esa fecha también podrán beneficiarse.
- Uso discontinuo y personalizado: los progenitores podrán tomar las semanas según les convenga, sin un formato rígido.
Menos burocracia, más accesibilidad
Solicitar estos permisos ya no será un quebradero de cabeza:
- Todo el proceso es online, a través del certificado digital o sistema Cl@ve.
- Permiso por nacimiento: se gestiona directamente con el INSS.
- Permiso parental retribuido: se solicita a la empresa con al menos 10 días de antelación.
Además, todos los trabajadores están incluidos: asalariados, funcionarios y autónomos.
10 preguntas y respuestas que debes saber si quieres pedir tu permiso
Estas son algunas respuestas clave a todas las preguntas y dudas que surgen tras la aprobación de esta norma por parte del gobierno:
1. ¿Quién puede acogerse a las nuevas semanas retribuidas del permiso parental?
Cualquier persona trabajadora que tenga hijos o hijas menores de 8 años y haya llegado al mundo (o a su vida, mediante adopción) a partir del 2 de agosto de 2024. Desde esa fecha, empieza a correr el nuevo reloj de los derechos, y la retroactividad —esa palabra tan jurídica como redentora— se aplica a las dos semanas retribuidas.
2. ¿Cuántas semanas de permiso corresponden tras la reforma de 2025?
Una semana más, al menos. Pasamos de 16 a 17 semanas por progenitor, y se rumorea que el BOE podría anunciar pronto un salto hasta las 19. Pero cuidado: hasta que no se publique, todo avance o anuncio solo es una promesa suspendida en el aire.
3. ¿Las 2 semanas retribuidas del permiso parental son independientes del permiso por nacimiento?
Sí, y esta vez el “sí” no lleva asterisco. Las 2 semanas retribuidas se integran dentro del permiso parental (que suma ya 8 semanas en total), pero no restan días al permiso por nacimiento y cuidado. Es decir: se suman, no se mezclan.
4. ¿Desde cuándo se aplican estas 2 semanas retribuidas?
Desde el día 2 de agosto de 2024. Pero no se podrá solicitar hasta que la reforma aparezca en el BOE. Una vez eso ocurra, el trámite podrá realizarse para todos aquellos nacidos o adoptados después de la fecha señalada.
5. ¿Cuándo entra oficialmente en vigor la ampliación de los permisos?
Cuando el BOE diga “ahora” o mejor dicho, cuando se publique oficialmente. Hasta entonces, la ley está como un tren en la estación: preparado, pero sin señal de salida. Y algunos detalles (como el número total de semanas) siguen aún en negociación.
6. ¿Cómo se solicita el permiso por nacimiento y cuidado?
A través del INSS, preferiblemente de forma telemática (porque en 2025, si no es digital, parece que no existe). Se necesita el certificado digital o Cl@ve, y los documentos que acrediten el nacimiento o la adopción. Sí, las personas autónomas también pueden —y deben— tramitarlo.
7. ¿Cómo se pide el permiso parental retribuido de 2 semanas?
Aquí entra el factor humano: se debe avisar a la empresa. Al menos con 10 días de antelación. La empresa, por su parte, informará a la Seguridad Social para activar la prestación.
8. ¿Las nuevas semanas se cobran al 100%?
Sí. Tanto la semana añadida al permiso por nacimiento como las 2 semanas del permiso parental retribuido se abonan al 100% de la base reguladora. Ni medias tintas ni sueldos menguantes. Al menos aquí, el tiempo extra no viene con descuento salarial.
9. ¿Se pueden transferir semanas entre progenitores?
No. Los permisos son individuales e intransferibles. Aunque hay una excepción: las familias monoparentales, que si reciben una mejora específica en forma de tiempo ampliado.
10. ¿Qué ocurre con las familias monoparentales?
Se les reconoce, por fin, lo evidente: que lo que en otras familias se reparte, aquí recae en un solo individuo. Por eso, el permiso por nacimiento y cuidado se amplía hasta 32 semanas retribuidas, con una parte flexible que puede disfrutarse hasta que el hijo o hija cumpla los 8 años de edad.
Otros enlaces de interés

Doble Titulada con Grado en Educación Social y Grado en Información y Documentación por la Universidad de Salamanca.
Experta gestora, administradora y tesorera de recursos económicos en la empresa privada durante más de 3 años.