Código de buenas prácticas: una ayuda para pagar tu hipoteca

Desde su creación en el año 2012 muchas entidades bancarias se ha ido sumando a eta propuesta que pretende proteger a todos los ciudadanos y familias vulnerables de la exclusión social por problemas solventes.

Si tienes dificultades para pagar tu hipoteca a causa de una mala situación económica, puedes llegar a un acuerdo con el banco con el Código de buenas prácticas. Este te otorgará ciertos derechos para que se apliquen medidas que te ayuden a solventar tu deuda. 

Con este código puedes encontrar diversas soluciones que te ayudarán a solventar una deuda tan importante como es la hipoteca. Además, prioriza los casos más severos, por lo que te da una oportunidad de resolver tu problema si realmente sufres de una muy mala situación financiera. 

En este artículo te enseñaremos los aspectos más importantes de este código, sus medidas y las soluciones más comunes que se aplican en estos casos. 

1. ¿Qué es el Código de Buenas Prácticas?

Se trata de un conjunto de medidas destinadas a aquellos deudores que, por un motivo u otro, no pueden terminar de saldar su deuda hipotecaria. Dichas medidas están encaminadas a facilitar una reestructuración de la deuda para ayudar a su cancelación final. 

Pareja joven realizando trámites bancarios en una de las entidades adheridas al código de buenas prácticas.
Información completa de todas las ventajas que recoge el Código de buenas prácticas al que la mayoría de entidades bancarias están adheridas.

Además, también ayudan a flexibilizar los procedimientos para evitar la ejecución hipotecaria.

2. ¿Quién regula estas medidas?

El código de buenas prácticas está regulado primordialmente por el Real Decreto – Ley 6/2012 del 9 de marzo. Además, está contemplado como medidas urgentes para la protección de deudores hipotecarios que no cuentan con recursos. 

Asimismo, la mayor parte de los bancos y entidades bancarias en España cuentan con este código. Por ejemplo, puedes adherirte a estas medidas en bancos como BBVA, banco Santander, CaixaBank o ING Bank. 

3. ¿Quiénes pueden aplicar al Código de Buenas Prácticas?

Pueden aplicar a estas medidas aquellos deudores que tengan una hipoteca y que se encuentren en el umbral de exclusión. También a sus fiadores o avalistas, siempre con respecto a su vivienda habitual y con la debida igualdad de condiciones, tanto para él como para el deudor. 

¿Quiénes se encuentran en el umbral de exclusión?

En general, se considera que se encuentran en esta situación aquellas personas que cumplan con estos requisitos:

  • Los ingresos de la unidad familiar no pueden superar el límite de 3 veces la cantidad del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples anual. Esto en un total de 14 pagas. 
  • Del mismo modo ocurre con las familias que tienen alguno de sus miembros con una discapacidad reconocida del 33%, situación de dependencia o una enfermedad restricción física. En este caso, cumple el requisito si, bajo estas condiciones, el límite es de 4 veces el IPREM.
  • Por otra parte, si la discapacidad asciende al 65%, o se tiene una discapacidad intelectual, una enfermedad grave, el límite será de 5 veces el IPREM.
  • En los 4 años anteriores a realizar la solicitud, la unidad familiar debe haber sufrido de alguna alteración de sus circunstancias económicas en términos de acceso a la vivencia. Incluso, si durante ese tiempo le han surgido circunstancias de especial vulnerabilidad.

En todo caso, se entiende que se ha alterado de cierta forma las circunstancias económicas. Esto si el esfuerzo que suponía la carga hipotecaria se ha multiplicado, al menos, un 1.5%. 

4. La circunstancia familiar de vulnerabilidad y el código de buenas prácticas 

Cómo mencionamos anteriormente, una circunstancia de vulnerabilidad en la familia forma parte de los requisitos para optar por la ayuda del código. Esta circunstancia ocurre cuando:

  • Se habla de una familia numerosa, una familia monoparental con varios hijos o hay un niño menor de edad en la unidad familiar.
  • Cuando alguno de los miembros de la familia tiene discapacidad o es totalmente dependiente, lo que le impide trabajar. 
  • Cuando en la unidad familiar existe una víctima que ha sufrido violencia de género. 
  • Si el deudor tiene más de 60 años, sin importar que forme o no una unidad familiar.
  • La cuota de la hipoteca sea superior al 50% de los ingresos totales de la familia, o del 40% si uno de sus miembros tiene las condiciones para que se aplique el límite del IPREM.  

Otros requisitos

Para que se apliquen las medidas complementarias y sustitutivas del código de buenas prácticas, es necesario cumplir los requisitos anteriores y, además, estos:

  • La unidad familiar no debe contar con otros bienes o derechos patrimoniales que le permitan pagar la hipoteca.
  • La hipoteca debe quedar a cargo del deudor o deudores, además, debe estar concedida para su compra. 
  • Esta debe carecer de otras garantías, ya sean reales o personales. 
  • Si hay codeudores que no forman parte de la familia, también deben reunir las circunstancias anteriores. 

5. ¿Qué documentos hay que presentar para solicitar el código de buenas prácticas?

Para demostrar el cumplimiento de los requisitos debes presentar los siguientes documentos:

  • Certificado de rentas, y en caso de ser necesario,  el certificado que certifique que se ha presentado el Impuesto de Patrimonio.
  • Las últimas 3 nóminas.
  • Certificado de las prestaciones que muestre la cuantía mensual recibida en prestaciones o subsidios por desempleo. Esto debe ser expedido por la entidad correspondiente.
  • Certificado que compruebe los salarios sociales, las rentas de inserción y otras ayudas similares otorgadas. Siempre y cuando sea dado por las Comunidades Autónomas y las entidades locales.
  • Los trabajadores autónomos y por cuenta propia que estén cobrando la prestación por cese de actividad. Estos tendrán que presentar un certificado emitido por el órgano gestor, en dónde debe aparecer la cuantía percibida mensualmente. 
  • El Libro de familia o algún documento que acredite la inscripción como pareja.
  • Certificado de empadronamiento dónde aparezcan las personas empadronadas en la vivienda. Es importante que sea referido al momento en que se presentan los documentos y a los 6 meses previos.
  • Si es el caso, una declaración de discapacidad, dependencia o de incapacidad permanente para desarrollar cualquier actividad laboral.
  • Certificados de titularidades dados por el Registro de la Propiedad.
  • Escrituras de compraventa de la vivienda, además de la constitución de la garantía hipotecaria. Además de otros documentos que justifiquen las otras garantías reales o personales constituidas.
  • Declaración responsable del deudor sobre el cumplimiento de los requisitos para que se considere que se encuentra en el umbral de exclusión. Esto siguiendo el modelo para el cumplimiento del Código de Buenas Prácticas.

6. ¿Qué medidas se pueden contemplar en el Código de Buenas Prácticas?

En este código se contemplan estas medidas que se pueden aplicar en las circunstancias dadas:

Medidas previas a la ejecución hipotecaria

Aquí se habla de la reestructuración de la deuda hipotecaria, las cuales se aplican a los deudores adheridos al código de buenas prácticas. 

Estás personas pueden solicitar al banco una reestructuración de su deuda. Esto antes de que se anuncie la subasta de su vivienda como procedimiento previo a la ejecución de la hipoteca.

La entidad financiera tiene un mes para notificar y ofrecer al deudor una alternativa de reestructuración. A su vez, el deudor puede presentar al banco una propuesta al plan de reestructuración, que debe ser analizada obligatoriamente por el banco. 

Si la entidad rechaza esta propuesta, tiene que notificar al adeudado los motivos por los cuáles ha denegado el plan. 

En caso de llegar a un acuerdo, las medidas que se aplican para el Código de Buenas Prácticas serían las siguientes:

  • Se realiza una carencia en la amortización por 5 años, de forma que el capital que corresponde a las cuotas se puede pasar a una cantidad final. Está debe ser cancelada al finalizar el préstamo, incluso, este monto puede prorratearse en otras cuotas adicionales. 
  • Se amplía el plazo de amortización por un tiempo total de 40 años, que comienzan a correr desde el momento en que se concedió dicho préstamo.
  • El interés se reducirá al Euribor, más el 0.25% durante el periodo de carencia. 
  • Las causas limitativas del tipo de interés en los préstamos hipotecarios no se aplicarán de manera indefinida.

¿Qué sucede si el plan de reestructuración es inviable?

Para aquellos deudores para los cuáles el plan de reestructuración no sea viable, podrán adoptar las medidas complementarias para solventar su situación. 

En sí, estás personas pueden solicitar una quita en el capital que está pendiente de la hipoteca. Es importante que se considere que el banco puede aceptar o rechazar dicha solicitud en el plazo de un mes desde que se le acredite la inviabilidad del plan. 

Asimismo, dicho plan también resulta inviable cuando se establece una cuota hipotecaria mensual que alcance o supere el 50% de los ingresos que se reciban en la unidad familiar.

Para determinar la quita, el banco puede aplicar los siguientes criterios generales:

  • Reducción del 25% del total de la deuda en las cuotas de capital.
  • Reducción equivalente a la diferencia que hay entre lo amortizado y el que haya con el total prestado. Esto en igual proporción que la cantidad de cuotas pagadas por el deudor sobre todas las cuotas que se deben.
  • Reducción equivalente a la mitad de la diferencia que hay entre el valor de la vivienda y resultante al restar a la tasación 2 veces la diferencia con el préstamo concedido. Solo si el primero es inferior al segundo.

También pueden solicitar una quita los deudores que tienen ya un procedimiento de ejecución hipotecaria en dónde ya se haya anunciado la subasta. Además, pueden solicitarla aquellos que están adheridos al umbral de exclusión y no han podido acceder a la dación por tener la vivienda en cargas después de la hipoteca.

Medida sustitutiva a la ejecución de la hipoteca: la dación en pago 

Después de un plazo de 12 meses desde que se ha solicitado el plan de reestructuración, la persona deudora puede acogerse a otra opción. Si no le resulta viable dicho plan ni las medidas complementarias podrá solicitar la dación. 

En este caso puede cancelar así el total de la deuda de hipoteca y sus responsabilidades personales, así como la de terceros, según sea el caso. 

Si lo requiere en el momento de solicitar la dación, el deudor puede permanecer hasta 2 años en la vivienda en régimen de alquiler. Para esto deberá pagar una renta anual del 3% de la deuda. 

Durante este tiempo, el pago de la renta podrá devengar un interés del 10% por demora. 

Esta medida no será aplicable si el deudor ya tiene pendiente un procedimiento de ejecución hipotecaria. Asimismo, tampoco se aplica si ya se ha anunciado la subasta de la vivienda o si ya se encuentra gravada con alguna carga posterior.

7. Nuevas medidas para hipotecas

Por otra parte, desde el día 1 de enero de 2023 todas los bancos y cajas de ahorros que forman parte del Código de Buenas Prácticas deben ofrecer una nueva serie de ayudas a todos sus clientes que tengan contratado un crédito hipotecario. Entre estas ayudas destacan:

  • Reducción de gastos e intereses
  • Facilitar el cambio de hipoteca variable a fija
  • Eliminación de comisiones de amortización anticipada
  • Incremento de la educación financiera de los usuarios

8. Listado de entidades que operan en España adheridas al programa

A continuación dejamos un listado de todas las empresas y entidades bancarias que operan en España y que actualmente están adheridas al código de buenas prácticas:

  • Abanca Corporación Bancaria, SA.
  • Arquia Bank, SA.
  • Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, SA.
  • Banco Caminos, SA.
  • Banco de Crédito Social Cooperativo, SA.
  • Banco de Sabadell, SA.
  • Banco Santander, SA.
  • Bancofar, SA.
  • Bankinter, SA.
  • CaixaBank, SA.
  • Caixa de Crèdit Dels Enginyers-Caja de Crédito de los Ingenieros S. Coop. de Crédito.
  • Caixa Popular-Caixa Rural, S. Coop. de Crédito V.
  • Caixa Rural de Callosa d´en Sarriá, Cooperativa de Crédit Valenciana.
  • Caixa Rural de L’Alcudia, Sociedad Cooperativa Valenciana de Crédito.
  • Caixa Rural de Turís, Cooperativa de Crédito Valenciana.
  • Caixa Rural Galega, Sociedad Cooperativa de Crédito Limitada Gallega.
  • Caixa Rural San Vicente Ferrer de la Vall d´Uixó, Coop. de Crédit V.
  • Caixa Rural Torrent, Cooperativa de Crédito Valenciana.
  • Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Ontinyent.
  • Caja de Crédito de Petrel, Caja Rural, Cooperativa de Crédito Valenciana.
  • Caja Laboral Popular, Coop. de Crédito.
  • Caja Rural Católico-Agraria, S. Coop. de Crédito V.
  • Caja Rural Central, Sociedad Cooperativa de Crédito.
  • Caja Rural de Albacete, Ciudad Real y Cuenca, Sociedad Cooperativa de Crédito (Globalcaja).
  • Caja Rural de Albal, Coop. de Crédito V.
  • Caja Rural de Alginet, S. Coop. de Crédito V.
  • Caja Rural de Altea, Coop.de Crèdit Valenciana.
  • Caja Rural de Asturias, Sociedad Cooperativa de Crédito.
  • Caja Rural de Cheste, Sociedad Cooperativa de Crédito.
  • Caja Rural de Granada, Sociedad Cooperativa de Crédito.
  • Caja Rural de Guissona, Sociedad Cooperativa de Crédito.
  • Caja Rural de Navarra, S. Coop. de Crédito.
  • Caja Rural de Villar, S. Coop. de Crédito V.
  • Caja Rural del Sur, S. Coop. de Crédito.
  • Caja Rural La Junquera de Chilches, S. Coop. de Crédito V.
  • Caja Rural San Isidro de Vilafamés, S. Coop. de Crédito V.
  • Caja Rural San Jaime de Alquerías del Niño Perdido, S. Coop. de Crédito V.
  • Caja Rural San José de Burriana, S. Coop. de Crédito V.
  • Caja Rural San José de Nules, S. Coop. de Crédito V.
  • Caja Rural San Roque de Almenara, S. Coop. de Crédito V.
  • Caja Rural Sant Josep de Vilavella, S. Coop. de Crédito V.
  • Cajamar Caja Rural, Sociedad Cooperativa de Crédito.
  • Cajasur Banco, SA.
  • Colonya-Caixa D’estalvis de Pollensa.
  • Deutsche Bank SAE.
  • Eurocaja Rural, Sociedad Cooperativa de Crédito.
  • Evo Banco, SA.
  • Ibercaja Banco, SA.
  • ING Bank N.V. Sucursal en España.
  • Kutxabank, SA.
  • Open Bank, SA.
  • Targobank, SA.
  • Unicaja Banco, SA.
  • Unión de Créditos Inmobiliarios, SA, Establecimiento Financiero de Crédito.

9. Otros enlaces de interés

Doble Titulada con Grado en Educación Social y Grado en Información y Documentación por la Universidad de Salamanca.
Experta gestora, administradora y tesorera de recursos económicos en la empresa privada durante más de 3 años.

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