Tasa 052: ¿Qué es y cuándo debe pagarse?

Tasa 052: ¿Qué es y cuándo debe pagarse?

Regularizar la situación de personas extranjeras en España requiere de la aportación de un gran numero de documentos y formularios. Y en ocasiones estas solicitudes deben ir acompañadas del abono de una tasa estatal que valide el requerimiento del ciudadano.

A continuación, te indicaremos todo lo que debes saber referente a la Tasa 052 y los trámites a los que está ligada. Aquí encontrarás toda la información que necesitas saber como extranjero para estar al día con tus pagos vinculados a tus expedientes de regulación.

1. ¿A qué se le llama “Tasa 052”?

Es una tasa requerida para todos los trámites de autorizaciones de residencia y documentos relativos a ciudadanos extranjeros, como la prórroga de estancia.

En cuanto al devengo de la tasa, este se produce a favor del Tesoro Público cuando se solicita la autorización o el documento en cuestión.

2. ¿Cuánto tiempo tengo para pagar la Tasa?

Actualmente, el período voluntario para su abono es de diez días hábiles como máximo, contando desde la admisión del trámite de la solicitud.

3. ¿Quiénes deben pagar la Tasa 052 de extranjería?

Como su nombre lo indica, esta es una tasa que deben pagar únicamente los ciudadanos extranjeros que residen en España.

Mujer realizando sus trámites en extranjería después de abonar la tasa 052
Información sobre el abono de la tasa 052 para completar la documentación de regulación de extranjeros en España.

4. ¿Cómo se completa?

Para pagar la tasa 052 primeramente debes conseguir el modelo 790-052 donde debe figurar la persona física o jurídica que solicita. O también la destinataria de los servicios o actividades en cuestión.

Dicho documento generado no tendrá validez si este no dispone de la certificación mecánica. Aunque también será validado si presenta la firma autorizada de una Entidad Financiera que sea colaboradora de la AEAT, para la recaudación de tasas correctamente.

En cambio, sólo se considerará válida cuando ésta disponga de la confirmación de transferencia de parte del solicitante al Tesoro Público por importe de tasa.

5. ¿Cómo se paga la Tasa 052 de extranjería?

El primer paso para abonar la tasa 052 es ingresar a la Sede Electrónica de las Administraciones públicas. Una vez allí tendrás dos opciones para pagar, estas son:

5.1. Pagar y enviar la liquidación de la tasa de forma telemática

  1. Acceda al formulario 790 de Pago y Registro Electrónico Tasa 052, después seleccione la provincia donde desea presentar la tasa.
  2. Posteriormente, realice el pago telemático haciendo clic en “realizar pago” y siga los pasos indicados por la pasarela de pagos de la AEAT.
  3. Luego, realice el registro electrónico de la tasa 052, cumplimentando con sus datos el formulario para después firmar y enviar.
  4. Descarga e imprime el justificante facilitado por el sistema de registro.

Igualmente, si lo deseas puedes consultar el estado de pagos y registros de las tasas anteriores en el apartado “Mis expedientes”.

5.2. Rellenar e imprimir el formulario de la Tasa 052 de extranjería

  1. Acceda al formulario correspondiente de la tasa y seleccione la provincia donde desea presentarlo.
  2. A continuación, podrá obtener el documento en formato PDF clicando en “obtener documento”, después podrá imprimir todas las páginas que correspondan.
  3. Posteriormente, deberá pagar o adeudar el importe en una de las entidades financieras colaboradoras. En este paso deberás presentar los ejemplares del modelo 790, incluso cuando se trate del adeudo de una cuenta.
  4. Por último, podrá presentar el documento en la oficina que le haya sido indicada.

Recuerde que debe remitir el ejemplar para la administración donde conste una diligencia de pago, referida al órgano administrativo competente. De este modo se realizará el proceso de tramitación en el plazo de 15 días contando desde la fecha del pago.

6. ¿Cuáles son los requisitos técnicos del procedimiento para pagar la Tasa 052?

Dependiendo del servicio se solicitan los requisitos que mencionamos seguidamente:

Ejemplo de como completar el formulario de abono de la tasa 052
Información sobre como rellenar el documento necesario para el abono de la tasa 052.

7. ¿Cuáles son los trámites incluidos en la Tasa 052 y su costo?

A continuación, organizamos los costos según el tipo de trámite en cuestión:

7.1. Prórrogas de estancia

  • De corta duración — 17,49 euros.
  • De corta duración con visado — 31,22 euros.
  • Por estudios, movilidad de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado — 17,15 euros. 

7.2. Autorizaciones para residir en territorio español

  • Autorización inicial de residencia temporal — 10,49 euros (quedan exentos de esta tasa aquellos que presenten circunstancias excepcionales).
  • Renovación de autorización de residencia temporal — 16,40 euros.
  • De residencia temporal por modificación de autorización por circunstancias excepcionales — 16,40 euros.
  • De residencia independiente para los familiares reagrupados — 16,40 euros.
  • De residencia de larga duración y autorización de residencia para larga duración (Unión Europea) — 21,87 euros.
  • De residencia y trabajo por circunstancias excepcionales — 17,49 euros.

7.3. Tarjetas de identidad de extranjeros

  • Para documentar la autorización de residencia de trabajo, debido a circunstancias excepcionales — Tasa 790, código 012.

7.4. Certificados

  • De registro de residente comunitario o Tarjeta de residencia familiar de los ciudadanos de la Unión Europea — 12,00 euros.

También están incluidos estos trámites en la Tasa 052:

7.5. Otros documentos

  • Autorización de inscripción para indocumentados — 21,87 euros.
  • Cédula de inscripción — 3,21 euros.
  • Autorización de regreso — 10,50 euros.
  • Autorización excepcional de entrada o estancia en España — 17,15 euros.
  • Asignación del NIE a instancia del interesado — 9,64 euros.
  • Para certificados o informes emitidos a instancia del interesado — 7,17 euros.
  • Autorización de expedición de la carta de invitación — 73,57 euros.

8. Otras noticias de empleo de interés

Graduado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid en la Facultad de Ciencias de la Información. Técnico Superior Especializado en Orientación Profesional durante 4 años en el SEPE.

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