En la actualidad, uno de los servicios más caros es el suministros de electricidad, no obstante, existen tarifas accesibles para evitar los cortes. Entre ellos está el bono social de luz, un recurso promovido por el gobierno al alcance de las familias españolas más vulnerables.
Índice del artículo
- 1. ¿En qué consiste el bono social?
- 2. ¿Quiénes pueden ser acogidos por el Bono Social de luz?
- 3. ¿Cuáles son los descuentos aplicados según el tipo de consumidor?
- 4. ¿Qué condiciones debo cumplir para optar por el bono?
- 5. ¿Qué compañías aplican el bono social de luz?
- 6. ¿Cómo saber qué tipo de consumidor soy?
- 7. Requisitos especiales para acogerse al bono
- 8. ¿Qué documentos debo presentar al momento de solicitar el bono social eléctrico?
- 9. ¿Cómo puedo solicitar el bono social de luz?
- 10. ¿Es posible renovar el bono social de luz?
- 11. ¿Puedo perder el derecho al bono social de luz?
- 12. ¿Existen límites de consumo para el bono social eléctrico?, ¿Cuáles son?
- 13. Cómo calcular el descuento del bono social eléctrico de forma rápida
- 14. Para casos especiales
- 15. ¿Te pueden cortar el servicio eléctrico aún teniendo el bono social?
- 16. ¿El bono social eléctrico toma en cuenta los ingresos brutos y netos?
- 17. ¿Es necesario solicitar el bono social térmico siendo beneficiario del bono social eléctrico?
- 18. Otros ayudas de interés
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A continuación, te explicamos cómo optar por este subsidio y los diferentes descuentos que se aplican según las categorías establecidas para consumidores.
El bono social de luz o bono social eléctrico es un subsidio económico ofrecido por el gobierno español orientado a los consumidores y usuarios vulnerables. El objetivo de este subsidio es ayudar a las personas a pagar menos por las facturas del servicio eléctrico rebajando la tendencia alcista del mercado eléctrico.
Las medidas de este recurso gubernamental entraron en vigor el 30 de junio de 2022 y contemplan lo siguiente:
- Un aumento del descuento en la factura del 25-60% para consumidores vulnerables y del 40-70% para consumidores vulnerables severos.
- Un aumento en la ayuda del bono social térmico, el cual pasará de 25 a 35 euros.
- Cheque de ayuda térmico que consta de un bono de 90 euros por familia receptora del bono social térmico.
- Ampliación del plazo de 4 a 10 meses para el corte de luz impago reservado para los usuarios acogidos al bono social.
2. ¿Quiénes pueden ser acogidos por el Bono Social de luz?
En línea general, está destinado a aquellas familias que presentan una situación económica complicada. Igualmente, la solicitud sólo podrá ser realizada para la vivienda habitual de la familia, no para segundas residencias
3. ¿Cuáles son los descuentos aplicados según el tipo de consumidor?
- Consumidores vulnerables — se aplica un descuento del 25%.
- Consumidores vulnerables severos — se aplica un descuento del 40%.
- Para personas en riesgo de exclusión social — quedan exentos de pagar las facturas de luz.
4. ¿Qué condiciones debo cumplir para optar por el bono?
La normativa del bono establece que todo aquel que desee solicitar este subsidio debe cumplimentar las siguientes condiciones:
- El solicitante debe ser titular del contrato de luz de la vivienda.
- El solicitante debe tener contratada la tarifa regulada de la luz, es decir, el PVPC.
- La tarifa establecida solo puede contratarse con las Comercializadoras de Referencia.
- El solicitante debe contar con una potencia eléctrica contratada igual o inferior a 10 kW.
- Cumplir con los requisitos económicos pautados por el IPREM (actualmente la cifra es de 8.106,28 euros).
Hoy en día, sólo ocho comercializadoras de referencia permiten a sus usuarios realizar la solicitud del bono social eléctrico. Estas son: Energía XXI, Curenergía, Gas & Power, Baser, Régsiti, COR Energético, Teramelcor y Energía XXI Ceuta.
6. ¿Cómo saber qué tipo de consumidor soy?
Como mencionamos arriba, la suma del bono social eléctrico que percibe una vivienda dependerá de cómo esté conformado el núcleo familiar y su renta anual. En función de dichas condiciones, la familia entra en una de las tres categorías de consumidores: vulnerables, vulnerables severos y en riesgo de exclusión social.
Ahora bien, la unidad familiar puede constituirse de una sola persona, parejas con o sin hijos, o bien personas mayores a su cargo. A su vez, se incluyen una serie de situaciones especiales que permiten beneficiarse a partir de un margen mayor de renta admisible.
De cualquier manera, debe recordar que los consumidores vulnerables severos son atendidos por los servicios sociales de la Administración Pública. Los cuales financian al menos un 50% del importe de sus facturas.
A continuación, te indicaremos cuáles son los requisitos que debes cumplir según cada categoría:
- Personas o parejas sin hijos:
- En situación general: menor o igual a 1,5 IPREM: 12.159,42 €/año.
- En situación especial: menor o igual a 2 IPREM: 16.212,56 €/año.
- Familias con menor en casa:
- En situación general: menor o igual a 2 IPREM: 16.212,56 €/año.
- En situación especial: menor o igual a 2,5 IPREM: 20.265,70 €/año.
- Familias con dos menores:
- En situación general: menor o igual a 2,5 IPREM: 20.265,70 €/año.
- En situación especial: menor o igual a 3 IPREM: 24.318,84 €/año.
- Familias numerosas:
- En ambos casos será independiente a la renta.
- Pensionistas con prestaciones mínimas:
- En ambos casos será independiente a la renta.
- Personas o parejas sin hijos:
- En situación general: menor o igual a 0,75 IPREM: 6.079,71 €/año.
- En situación especial: menor o igual a 1 IPREM: 8.106,28 €/año.
- Familias con un menor en casa:
- En situación general: menor o igual a 1 IPREM: 8.106,28 €/año.
- En situación especial: menor o igual a 1,25 IPREM: 10.132,85 €/año.
- Familias con dos menores:
- En situación general: menor o igual a 1,25 IPREM: 10.132,85 €/año.
- En situación especial: menor o igual a 1,50 IPREM: 12.159,42 €/año.
- Familias numerosas:
- En situación especial: menor o igual a 2 IPREM: 16.212,56 €/año.
- Pensionistas con prestaciones mínimas:
- En ambos casos sus ingresos deben ser de 8.106,28 €/año.
7. Requisitos especiales para acogerse al bono
Aparte de los requisitos anteriores, también existe una serie de requisitos que todo solicitante debe tomar en cuenta:
- Debe pertenecer al grupo de situación especial toda persona que ha sido víctima de violencia de género o terrorismo. También aquellos que sean parte de una unidad familiar con miembros que presenten una discapacidad superior al 33%, una dependencia de grado II-III.
- Los pensionistas que constan de una pensión mínima también podrán recibir otras ayudas anuales, siempre y cuando no superen los 500 euros.
Para ser beneficiario de este subsidio deberá aportar a la compañía una serie de documentos que demuestren el cumplimiento de los requisitos citados, estos son:
- DNI del titular del contrato que solicita la ayuda, además del DNI de los menores que sean mayores de 14 años, si los hubiera.
- Certificado de empadronamiento de la vivienda de todos los miembros que conforman el núcleo familiar.
- Libro de familia o su equivalente.
- Título de familia numerosa, siempre y cuando exista dicha condición.
- Certificado expedido por la Seguridad Social para declarar la pensión mínima.
- Certificado de los servicios sociales, siempre que se presenten situaciones especiales.
Si desea iniciar la solicitud del bono social eléctrico debe contactar con alguna de las agencias comercializadoras de referencia. Estas operan en el mercado regulado, ofreciendo una tarifa PVPC, acto seguido, siga los siguientes pasos:
- Complete la solicitud de bono social de la comercializadora regulada correspondiente.
- Después, adjunte todos los documentos requeridos según el tipo de consumidor.
- Luego, envíe la solicitud por alguno de los canales indicados por la compañía, por ejemplo: correo electrónico u ordinario, de forma presencial.
- Posteriormente, deberá esperar a la resolución de la comercializadora por un máximo de diez días hábiles desde el recibimiento de la solicitud.
Clique en uno de los siguientes enlaces para obtener el formulario de la compañía que corresponda:
Al presente, el bono social tiene una duración de dos años, la única excepción la tienen las familias numerosas. Estas últimas pueden mantener el bono, siempre y cuando mantengan su título. En este sentido, una de las obligaciones de las comercializadoras es avisar a los clientes cuando el bono está próximo a caducar.
De modo que, al recibir este aviso la persona puede completar la solicitud de la compañía nuevamente para renovar el subsidio. Conjuntamente, la nueva normativa aplicada estipula que las comercializadoras deben renovar el bono social a todos los beneficiarios que siguen cumpliendo los requisitos.
Como todo subsidio, para acogerse a él es necesario cumplir con las condiciones establecidas, por tanto, si es posible perder el bono. No obstante, para ello debe ocurrir alguno de estos escenarios:
- Que deje de cumplir las condiciones para acceder al subsidio.
- Que se produzca un cambio de vivienda, en este caso deberá volver a solicitarlo.
Al ser un subsidio no significa que tendrá energía ilimitada en su casa. Al contrario, las personas acogidas a este también deben cumplir con los límites de consumo de energía anual, medidos en kWh consumidos.
En consecuencia, las viviendas que consuman por encima del límite establecido se le cobrará al precio de la tarifa PVPC sin descuento alguno.
- Familia sin hijos:
- Consumo mensual: 115 kWh
- Consumo anual: 1.380 kWh
- Familias con un menor:
- Consumo mensual: 160 kWh
- Consumo anual 1.932 kWh
- Familias con dos menores:
- Consumo mensual: 195 kWh
- Consumo anual: 2.346 kWh
- Familias numerosas:
- Consumo mensual: 345 kWh
- Consumo anual: 4.140 kWh
- Pensionistas:
- Consumo mensual: 160 kWh
- Consumo anual: 1.932 kWh
Si te interesa saber cuál es el descuento aplicado a tu caso, podrás hacerlo mediante la aplicación de cálculo para el bono social de luz. Sólo debes clicar en este enlace para acceder a ella:
Igualmente, a través de este simulador todos los usuarios pueden comprobar si reúnen los requisitos para ser considerados consumidores vulnerables.
14. Para casos especiales
Existen casos especiales a los cuales se aplican condiciones distintas para ser acogidos por el bono, estos son los siguientes:
Las familias que entran en esta categoría se le aplican condiciones distintas al resto, de forma que, debe tener en cuenta lo siguiente:
- No existe una renta mínima para las familias numerosas que se hayan en este grupo.
- Las familias numerosas de los consumidores vulnerables severos no podrán superar el ingreso de 16.212,56 € anuales si desean seguir como beneficiarios.
- Presentan un límite de consumo mensual de 345 kWh.
- Quedan exentos a la renovación del bono social, siempre y cuando se mantengan como familia numerosa.
En esta categoría entran las personas jubiladas o aquellas que presentan una incapacidad permanente.
Ahora, los pensionistas también pueden recibir el bono social por la categoría general para que su solicitud sea admitida en función de la renta anual. Esto solo es aplicable si percibe otro tipo de prestaciones como: viudedad o la no contributiva.
Aunque no existe un bono social por discapacidad, esta se considera una situación especial en la que el titular del contrato puede ser beneficiario. Ya que el umbral que abarca el bono es bastante amplio y permite el acceso a las personas que presentan ciertas dificultades.
Si desea optar por este bono deberá aportar el certificado de los servicios sociales que acredite su condición actual.
Dicho subsidio protege a los consumidores de los cortes de suministro en los siguientes escenarios:
- Cuando el beneficiario es consumidor vulnerable severo y está en riesgo de exclusión social.
- Si en la vivienda subsidiada hay menores de 16 años.
- Si en la vivienda subsidiada hay algún miembro con discapacidad o en situación de dependencia de grado II-III.
Como mencionamos antes, el bono social trabaja en base al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) de 14 pagas. El cual para este año 2023 está en 8.106,28 euros.
Por ello, para conocer si está dentro de los parámetros, tendrá que tomar la renta anual de la última declaración presentada por el solicitante. En conjunto con la de los miembros que conforman el núcleo familiar; los hijos, amigos y otros familiares no se integran a esta cláusula.
Por defecto, todos aquellos acogidos por el bono social de luz podrán recibir el bono social térmico. De modo que, también puedan descontar una cantidad reducida en los gastos por calefacción, cocina y el consumo de agua caliente.
A diferencia del anterior, el bono térmico se recibe en un único pago durante el primer trimestre del año. Conjuntamente, la cantidad que percibe cada familia varía en función de la zona geográfica donde resida y la vulnerabilidad del usuario.
18. Otros ayudas de interés
Graduado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid en la Facultad de Ciencias de la Información. Técnico Superior Especializado en Orientación Profesional durante 4 años en el SEPE.