Pensión no contributiva: una opción segura para tu futuro

Pensión no contributiva: una opción segura para tu futuro

¿Te preocupa jubilarte sin llegar a los años mínimos trabajados? Esta es una duda que acompaña a miles de españoles en su vida laboral, sin embargo, hay una solución para esta situación excepcional y es la pensión no contributiva.

Estás pensiones están destinadas a aquellas personas que no cuentan con los recursos suficientes. Por ello, es una alternativa que te ayudará a conocer las prestaciones a las cuales puedes aplicar y a saber las cuantías que recibirás dada tu trayectoria laboral.

En este artículo te contamos cuáles son los requisitos necesarios para acceder a una de estas pensiones y cómo funcionan.

1. ¿Por qué se crearon las pensiones no contributivas?

En sí, para jubilarse en suelo español necesitas contar con 65 años y haber cotizado un mínimo de 37 años y 3 meses ante la Seguridad Social. De hecho, a partir de 2027 será necesario acumular hasta 38 años y 6 meses cotizando, lo que implicaría llegar a más de 66 años para poder obtener la jubilación.

Esto que acabamos de exponer es una pensión contributiva, pero como es de esperar, no todo el mundo puede acceder a ellas. Por tal motivo, se crearon las pensiones no contributivas, las cuales han adquirido gran importancia a través de los años, y con total fundamento.

Descubre todas las característica y requisitos para poder acceder a una pensión no contributiva del IMSERSO o de la Seguridad Social

2. Entonces, ¿Qué es una pensión no contributiva?

Estás son prestaciones económicas que reciben aquellos ciudadanos que no hayan cotizado nunca o que el tiempo cotizado no sea siguiente para alcanzar las pensiones contributivas. 

Por esto, se dice que está pensión es para las personas que no cuentan con los recursos o requisitos suficientes para contar con una pensión máxima de jubilación.

Cómo un ejemplo, con 15 años cotizados no puedes recibir una prestación contributiva, pero podrías aplicar a una pensión no contributiva de manera simple.

3. Las modalidades de la pensión no contributiva

Las pensiones no contributivas cuentan con dos tipos de prestaciones que puedes recibir según sea tu caso. Dado esto, podemos nombrar las dos modalidades de esta ayuda económica:

  • Pensión por Invalidez
  • Pensión por jubilación

Cabe destacar que estás pensiones se financian mediante un presupuesto del Estado. Esto se logra mediante constantes transferencias de crédito a la base de la Seguridad Social.

4. ¿Quiénes pueden recibir una pensión no contributiva?

Tanto la pensión de invalidez como la de jubilación están destinadas a las personas que no tengan formas de subsistencia, que se consideren necesarias y que no hayan cotizado para ellas.

Dado esto, asegura que todos los ciudadanos mayores y con necesidades económicas reciban una prestación económica, asistencia médica, atención farmacéutica y diversos servicios sociales complementarios. Todo esto, aunque no hayan cotizado o no se haya realizado de manera insuficiente.

Además, pueden ser beneficiarios aquellos ciudadanos españoles o nacionalizados de origen extranjero, siempre y cuando tengan su residencia legal en España.

5. La pensión no contributiva por jubilación

Este tipo de pensión contributiva ampara a aquellos individuos mayores de 65 años en estado de necesidad producto de no poderse beneficiar de una jubilación contributiva ordinaria.

Para esto, se creó esta prestación que se basa en tres pilares para garantizar una mejor calidad de vida a estas personas:

  • Prestación y ayuda económica
  • Asistencia médica y farmacéutica sin costo alguno.
  • Servicios sociales varios y complementarios.

¿Cuánto puede percibir una persona por este tipo de prestación?

Según lo establecido para este año 2022, el mínimo a percibir por la ayuda económica es de 1.452,15 € al año.

Requisitos para solicitar la pensión de jubilación no contributiva

Para esta pensión necesitas contar con estos requisitos, los cuáles te permitirán solicitar está prestación con resultados efectivos:

  • Debes tener más de 65 años.
  • No debes tener derecho a alguna pensión de jubilación contributiva (como la máxima).
  • Carecer de rentas o ingresos económicos suficientes
  • Residir de manera legal en España durante el periodo actual, al igual que durante los dos años previos a la solicitud.
  • Haber vivido en España durante 10 años desde que cumpliste los 16, esto hasta la fecha de solicitud.

Es necesario que tengas en cuenta que no podrás recibir este tipo de prestación si ya cuentas con una no contributiva de invalidez.  Además, tampoco podrás optar por esta pensión si cuentas con alguna ayuda asistencial y con subsidios de ingresos mínimos o ayuda de otras personas.

De hecho, no podrás solicitar está pensión con una condición de causante para recibir una asignación por hacerte cargo de un hijo mayor de 18 años con discapacidad igual o mayor al 68%.

6. La pensión no contributiva de invalidez

Dicha pensión es la que corresponde a aquellas personas que demuestren una discapacidad igual o mayor del 65%. Sin embargo, esta pensión no entra en conflicto con otras pensiones y no evita que la persona siga percibiendo cuantías por algún desempeño laboral.

Al igual que la pensión por jubilación, esta también se apoya en los 3 pilares que garantizan atención médica, farmacéutica, ayuda económica y servicios sociales complementarios.

Requisitos para conseguir una pensión de invalidez no contributiva

A diferencia de la modalidad anterior, este tipo de pensión no contributiva es más específica y dirigida a una parte de la ciudadanía en específico. Por ello, es importante que logres cumplir con estos requisitos para poder acceder a ella:

  • Tener entre 18 y 65 años.
  • Contar con una discapacidad acreditada en un grado similar, igual o superior al 65%.
  • Carecer de ingresos suficientes.
  • Haber vivido en España de forma legal, por lo menos durante 5 años. De estos, los dos últimos tienen que ser anteriores a la solicitud de la pensión.

Otros puntos importantes

Algo que hay que aclarar es que el derecho a esta pensión no impide el ejercicio de ciertas actividades laborales, sean lucrativas o no. Además, es compatible con la prestación de pensionista por discapacidad y no representa un cambio real en su capacidad laboral.

Por otra parte, está pensión es incompatible con la pensión no contributiva de jubilación, así como con las pensiones asistenciales o aquellos subsidios de garantía derivados del ingreso mínimo. 

Asimismo, tampoco es viable con ayudas de terceras personas o con una condición de causante para el cuidado de un familiar a cargo con una discapacidad mayor al 65%.

7. ¿Cuáles son los motivos para perder una pensión no contributiva?

En general, uno de los mayores motivos para que no puedas cobrar dicha pensión es contar con ingresos significativos. Tal que estos puedan superar el límite máximo que se impone cada año. 

Por tal motivo, los pensionistas necesitan presentar una declaración de ingresos de la unidad económica en el primer semestre, esto lo harán ante el órgano competente de esta gestión.

En caso de que no se presente, se cancelará el paro de la pensión hasta que la persona pueda acreditar que cumple con los requisitos.

Bajo las mismas exigencias, es necesario que se informe sobre las variaciones personales y familiares, como un cambio del estado civil o un cambio de domicilio. De hecho, también hay que informar sobre la recepción de recursos económicos propios o de familiares, como lo es un nuevo puesto de trabajo.

En sí, deberás informar sobre cualquier situación que pueda tener un impacto en tu actual condición de vida. Por lo contrario, no avisar de estas variaciones puede ser motivo suficiente para suspender la pensión.

Esta es una medida que toma el órgano gestor para justificar una medida de control. Por ello, si se descubre un cambio no notificado, se puede modificar la cuantía que recibes, ser motivo de suspensión o extinción.

Por último, si el pensionista comienza a recibir ingresos que supera la cifra condicionada para recibir la pensión, también puede ser extinguida la prestación no contributiva.

8. ¿Qué órgano gestiona las pensiones no contributivas?

En términos generales, la competencia de estas prestaciones es del Estado, pero su gestión propiamente dicha es de aquellos órganos competentes a cada comunidad autónoma.

Asimismo, es competencia de las Direcciones Provinciales asociadas al Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO), que se encarga de las ciudades de Ceuta y Melilla.

9. ¿Cuánto se puede cobrar con una pensión no contributiva?

La cantidad máxima para cobrar por esta prestación se determina cada año nuevo en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Esta cuantía es la misma, tanto para la pensión no contributiva de jubilación como para la de invalidez o discapacidad.

Según lo establecido para este año, se recibirán 5.808,6 €, lo que representa mensualidades de 414,9 €. Sin embargo, esta cantidad puede variar, ya que, si hay más beneficiarios de pensiones no contributivas en el hogar, esta cuantía puede reducirse.

Por ejemplo, si hay otra persona, además de ti, recibiendo este tipo de prestación, el monto anual se reducirá hasta los 4.793,32 €. Asimismo, si son dos pensionistas más, el monto sería de 4.511,36 € al año.

En cuanto a la cantidad mínima a recibir, esta se sitúa en el 25% de la máxima, lo cual sería de 1.474,90€, siendo las mensualidades de 105,35€.

10. ¿En qué plazo se paga la pensión no contributiva?

La pensión por jubilación y por invalidez, dentro de la modalidad de no contributiva se abona en 14 pagas, donde 12 corresponden a mensualidades ordinarias.

11. ¿Cómo se solicita esta pensión?

La persona interesada en acceder a esta pensión, o su representante, podrán formular su solicitud en los Centros de Participación de Mayores o en Servicios Sociales Comunitarios del ayuntamiento. 

También podrán realizarlo en los diferentes centros asistenciales y de gestión que tiene a disposición tu comunidad autónoma con ayuda de la Seguridad Social.

De igual manera, puedes usar los servicios telemáticos de tu comunidad descargando el modelo de invalidez o jubilación. Si tienes certificado digital, podrás acceder a la página web de tu servicio de atención autonómica para gestionar tu trámite.

Tu impreso de solicitud deberá estar cumplimentado en cada uno de los apartados del formulario, además, tiene que estar firmado ya sea por ti o por tu representante.

Algunos documentos que te servirán para proceder con tu solicitud

Es aconsejable que acompañes tu solicitud con los siguientes documentos:

  • Fotocopia de tu DNI o de la persona solicitante. También se puede presentar la partida de nacimiento o la copia compulsada de tu libro de familia.
  • Si se trata de una persona extranjera, es necesaria una foto compulsada del pasaporte y de la tarjeta de permiso para su residencia en España. Esto último, tanto del periodo actual como de aquellos que alegan en la solicitud.
  • En caso de contar con un representante legal, se debe acreditar su condición de Guardador de Hecho.
  • Certificado del padrón
  • Certificado válido del organismo en donde se esté llevando la solicitud.

12. Efectos económicos de la pensión

En el caso de que te aprueben la concesión para gozar de tu derecho a esta pensión, debes saber que surtirá efecto desde el primer día del mes siguiente a la fecha de tu solicitud. Con esto también se incluye que se recogerá el importe de los atrasos que deberías recibir, por lo que tiene capacidad retroactiva.

Por otra parte, el abono de esta pensión se realizará al número de cuenta bancaria que hayas establecido en la solicitud. Dicho pago se realizará al final del mes al que corresponda, tanto de manera legal como de tu alta en la nómina.

13. El complemento de alquiler

Esta es una prestación dirigida a las pensiones no contributivas, ya sea de jubilación o invalidez. Para ser beneficiario de este es necesario que cumplas con estos requisitos:

  • Tener aprobada una pensión de jubilación o invalidez en la seguridad social en la modalidad no contributiva.
  • Carecer de una vivienda de tu propiedad
  • Ser titular del contrato correspondiente al arrendamiento de tu vivienda.
  • No tener una relación de parentesco o conyugal con la persona que te arrienda la vivienda. Esto también incluye alguna consanguinidad, adopción hasta tercer grado o alguna unión estable y de vivencia compartida con efectividad Matrimonial.
  • Tener la vivienda alquilada como su domicilio habitual. Para esto es necesario que la vigencia del contrato sea superior a un año y que hayas residido en ella durante los 180 días previos a la solicitud.

¿Cómo se solicita?

Si eres la persona beneficiaria, la solicitud debes presentarla ante la oficina de la Seguridad Social u algún otro organismo que esté encargado de este trámite en tu comunidad.

La cuantía del complemento

Manteniendo la cuantía del año 2021, para este 2022 se ha establecido como complemento de las pensiones no contributivas a 525 euros anuales. En conclusión, no acceder a una jubilación ordinaria no es sinónimo de fracaso, ya que tendrás como alternativa la pensión no contributiva. 

Por tanto, representa un auxilio económico en caso de que no hayas cotizado lo suficiente en tu trayectoria laboral, lo que te ayudará a mantener una buena calidad de vida para disfrutar de tu vejez.

14. Más información

Si quieres saber más sobre las pensiones no contributivas la pagina oficial del IMSESO para encontrar mucha más ayuda:

15. Otros enlaces de interés

Doble Titulada con Grado en Educación Social y Grado en Información y Documentación por la Universidad de Salamanca.
Experta gestora, administradora y tesorera de recursos económicos en la empresa privada durante más de 3 años.

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