IMPORTANTE: Por medio de la reforma laboral realizada en diciembre de 2021 el contrato de Obra y Servicio desaparece como tipo de contrato legal en España.
Solo los contratos firmados antes del 31 de diciembre de 2021 seguirán siendo vigentes hasta la finalización del periodo marcado en el propio contrato. el resto de contratos firmados con posterioridad solo serán validos hasta septiembre de 2022.Por lo tanto, toda la información de este articulo queda publicada a modo de consulta para aquellos que aún tengan en vigor este tipo de contratos.
El contrato de obra y servicio es una de las modalidades de contrato más populares actualmente. Sin embargo, no es utilizado correctamente en algunos casos, ocasionando desacuerdos entre las partes interesadas.
Índice del artículo
- 1. ¿A qué se le conoce como contrato de obra y servicio?
- 2. Características de un contrato de obra y servicio determinado
- 3. Límite de tiempo en el contrato de obra y servicio
- 4. Requisitos del contrato de obra y servicio
- 5. ¿Qué sucede una vez que el contrato de obra y servicio culmina?
- 6. Finalización del contrato, pero sin aviso de la empresa
- 7. ¿Cuándo se puede hacer un contrato de obra y servicio?
- 8. ¿Se puede extender la duración del contrato de obra o servicio?
- 9. ¿Tengo derecho a recibir algún pago al culminar mi contrato de obra y servicio?
- 10. Fraude de ley en el contrato de obra y servicio
- 11. El despido en un contrato de obra y servicio
- 12. Más información
- 13. Otros enlaces de interés
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Si aún no sabes todo lo que conlleva este tipo de contrato, te explicaremos todo lo que puedes hacer bajo esta modalidad.
1. ¿A qué se le conoce como contrato de obra y servicio?
Este es un contrato temporal con el que se puede contratar a un empleado para que preste sus servicios en una empresa.
Lo que diferencia a esta relación laboral con las demás es que en el contrato de obra y servicio no se sabe cuándo va a finalizar. Sin embargo, se conoce que no es indefinido o continúo.
Un ejemplo de esto lo vemos en las empresas contratadas para hacer recuento de inventario. En este caso, no se sabe que día culminará el conteo, pero cuando llegue ese momento el contrato quedará finalizado.
2. Características de un contrato de obra y servicio determinado
Este contrato está sujeto a una serie de condiciones que permiten su correcta aplicación. Por ende, las características de este son fundamentales para determinar si es aplicable o no para algunos casos de contratación.
Entre las características más resaltantes del contrato de obra y servicio están:
- Se usan para obras y servicios que cuenten con autonomía propia, sin relaciones dentro de los fines de la empresa.
- Su uso es limitado, por lo que no se emplea para contratar a personas para que desempeñen las mismas funciones que los trabajadores de la empresa.
- Las tareas que abarca este contrato pueden estar establecidas en el convenio colectivo de la compañía, para determinar su alcance dentro de la empresa.
3. Límite de tiempo en el contrato de obra y servicio
En muchas ocasiones, los trabajadores con contrato de obra y servicio llevan trabajando muchos años en la misma empresa. Dado esto, surge la interrogante sobre cuál es el límite de duración en el contrato.
En sí, este tipo de relación laboral no puede sostenerse indefinidamente, por lo cual existen ciertos límites que se aplican a corto y mediano plazo:
- El contrato no deberá durar más de lo que dure la tarea para la cuál ha sido usado.
- Se debe establecer una fecha y duración orientativa, para indicar un aproximado del plazo necesario.
- Si la obra o servicio se repite de manera cíclica o intermitentemente, la empresa debe considerar revocar el contrato y emplear contratos fijos discontinuos.
- En caso de que la obra requiera más tiempo, la duración máxima establecida por la ley para este contrato es de 3 años.
4. Requisitos del contrato de obra y servicio
Este tipo de contratos requiere de datos específicos sobre la obra o servicio que va a hacer el trabajador. Por ende, es necesario suficiente claridad y precisión para que este sea avalado legalmente.
Este contrato cuenta con un modelo oficial emitido por el Ministerio de Empleo. Por ello, puedes descargarlo en PDF para usarlo o tener un modelo de referencia.
Cabe destacar que no indicar de forma correcta la obra y servicio en el contrato puede ocasionar que se considere como un contrato indefinido en la empresa. Por ello, es importante que el documento cumpla con los siguientes requisitos:
- Debe realizarse por escrito, ya que de otra forma puede considerarse indefinido y la empresa deberá acreditar su estatus de temporal.
- Se debe identificar y especificar con precisión la obra o servicio que se contrata.
- Si existe un periodo de prueba deberá venir especificado en el contrato. De otra forma se considerará que dicho periodo no existe.
- Asimismo, este no deberá durar más de 6 meses para los titulados ni ser mayor a 2 meses para los demás empleados. Además, durante este tiempo no se puede extinguir el contrato y cuando este termine, el trabajador podrá cobrar el paro, pero no tendrá indemnización.
- El contrato puede establecer que se realizaron jornadas a tiempo completo o parcial.
5. ¿Qué sucede una vez que el contrato de obra y servicio culmina?
Después de realizar las tareas por las que fue usado este contrato, llega el momento de procesar los pagos y otros puntos del contrato. Por ello, pueden darse algunas de estas situaciones:
Finalización del contrato
La empresa puede dar por terminado el contrato entregando una carta al empleado a modo de certificación. Luego, deberá pagar una indemnización acorde, y si el trabajador ha durado más de un año en el puesto deberá entregar un preaviso 15 días antes.
Sin finalización del contrato
En caso de que ni la empresa ni el empleado den por terminado el contrato, el trabajador continúa trabajando y se considera que pasa a ser indefinido en la compañía. Dado esto, se estima que se ha incumplido uno de los requisitos del contrato de obra y servicio.
6. Finalización del contrato, pero sin aviso de la empresa
Puede suceder que la obra haya terminado pero la empresa no haya emitido una orden de culminación. En este caso el trabajador puede decidir no finalizar sus labores para no perder su derecho a indemnización ni su prestación por desempleo.
Por ello, el trabajador tiene que seguir acudiendo a su puesto de trabajo hasta recibir una indicación de culminación por escrito.
7. ¿Cuándo se puede hacer un contrato de obra y servicio?
Está modalidad de contrato se puede emplear cuando exista una necesidad real para realizar una actividad de manera temporal. Para ello, la tarea debe tener autonomía y sustantividad propia.
En pocas palabras, es un contrato viable al momento de querer realizar un trabajo temporal y que no formé parte de la actividad esencial de la empresa.
Dado esto, no se puede hacer uso de un contrato de obra y servicio para realizar una tarea ordinaria o normal de la compañía.
8. ¿Se puede extender la duración del contrato de obra o servicio?
La respuesta es sí. Una vez transcurridos los 3 años que mencionamos anteriormente, el contrato se puede extender hasta 12 meses más con un acuerdo del convenio colectivo.
¿Y si tiene una duración mayor?
Si han pasado los 3 años y 12 meses estipulados, ocurre que el contrato de obra y servicio pasa a ser indefinido. Asimismo, si es celebrado en fraude de ley también pasa a ser un trabajador fijo.
9. ¿Tengo derecho a recibir algún pago al culminar mi contrato de obra y servicio?
Al concluir el contrato de obra y servicio tienes derecho a cobrar una indemnización correspondiente a 12 días de salario por cada año que has trabajado.
Asimismo, tienes derecho a un finiquito que debe ser acordado a las pagas extras no pagadas y las vacaciones no disfrutadas.
10. Fraude de ley en el contrato de obra y servicio
En general, cualquier contrato laboral está en fraude de ley cuando no cumple con todos los requisitos legales establecidos para su realización. Con esto, se puede establecer que el trabajador es indefinido de manera objetiva.
De una manera más sencilla, se puede entender que existe una causa o tarea temporal, pero que la empresa no realiza el contrato adecuado. En consecuencia, se incurre al fraude de ley.
Causas por las cuales se puede apelar un contrato de obra y servicio por fraude en ley
A continuación, hablaremos de todas las causas que se pueden atacar en este tipo de contrato para solicitar una condición de puesto indefinido. De hecho, es una manera de impugnar una extinción de contrato irregular.
- Superar el tiempo máximo
El tiempo máximo permitido para este tipo de contrato debe estar indicado en el convenio colectivo o en la legislación. Sin embargo, es frecuente que no se indique fecha para el fin del contrato.
Dado esto, se supone que el contrato llegará a su fin cuando se termine la obra. Aunque, si la duración es incierta, se puede llegar a superar el máximo de duración permitido.
Cómo resultado, el empresario puede informar que el contrato ha pasado a ser fijo o el trabajador puede solicitarlo.
- Superar el número de contratos permitidos
Visto de forma sencilla, en un periodo de 2 años y medio, la empresa no puede contratar al mismo trabajador bajo varios contratos temporales diferentes. Ya que, a medida se debería tomar como uno indefinido.
- No tener el contrato por escrito
Es obligatorio que la empresa emita el contrato por escrito para legalizar la relación laboral. En caso de no ser así, se presume que es indefinida, a menos que la compañía acredite la naturaleza de la contratación.
Por otra parte, tampoco es suficiente que el contrato esté solo por escrito. Es necesario que en él se encuentre especificado con precisión y claridad el servicio o la obra que justifica dicho contrato.
- No realizar las tareas acordadas en el contrato
La empresa está en la obligación de asignar al trabajador las tareas por las cuales fue contratado. Estás están expresadas en el documento, justificando así la naturaleza temporal de la contratación.
Ahora, si no se realizan las tareas propias establecidas en el contrato de obra y servicio, es que la necesidad de la empresa siempre ha sido distinta a lo acordado.
Por ende, si se realizan actividades fuera de contrato, se comprende que está en fraude de ley y, por lo tanto, queda como indefinido.
- Continuidad en el puesto cuando el contrato ha finalizado
Al momento de la finalización del contrato, la empresa debe emitir una cancelación de este y, a su vez, abonar la indemnización correspondiente. En cambio, si el trabajador sigue ejerciendo su puesto, se debe entender la relación laboral como indefinida sin necesidad de abonar ningún pago.
Consecuencias de fraude de ley en un contrato de obra y servicio
Cómo ya hemos observado, hay muchas causas por las cuales se puede incurrir en este fraude. Luego de identificar lo que sucede al momento de finalizar el contrato, el trabajador puede acudir a los tribunales para reclamar sus derechos y solicitar así su condición de indefinido.
Para esto no es necesario un abogado o un procurador. Una vez decidido, se presenta una citación de conciliación laboral, si no se llega a un acuerdo el trabajador puede presentar una demanda ante el juzgado de lo social.
Es importante que este procedimiento se lleve a cabo con el contrato por escrito y una relación vigente con la empresa.
11. El despido en un contrato de obra y servicio
Se toma como despido normal cuando se extingue la relación laboral y se te abona a la vez la indemnización de 12 días por año trabajado.
Sin embargo, si el contrato se acredita como fraude de ley puedes solicitar la improcedencia o nulidad de este. Por ende, se considera indefinido y no puede proceder como causa del despido.
Es importante que se considere que el fraude de ley no es motivo para solicitar la nulidad del despido. En cambio, es una causa suficiente para comprobar la improcedencia de este.
En caso de emitir una demanda, ésta se debe poner en un plazo no mayor a 20 días desde la fecha en que se culminó el contrato.
12. Más información
- Puedes ampliar toda la información relativa a los contratos de trabajo por obra y servicio consultando la página oficial del ministerio de trabajo de España.
13. Otros enlaces de interés
Graduado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid en la Facultad de Ciencias de la Información. Técnico Superior Especializado en Orientación Profesional durante 4 años en el SEPE.