Modelo EX02: El formulario para la reagrupación familiar

Hoy en día son muchas las familias separadas que buscan reagruparse y gozar de los beneficios de una convivencia unida. Por tal motivo, si quieres solicitar una autorización para una reagrupación familiar en España debes conocer todo acerca del modelo EX02.

En este post hemos recolectado toda la información relevante sobre este importante formulario que te ayudará a conseguir un permiso de permanencia temporal en el país. ¿Aún no sabes de qué trata el modelo EX02? acompáñanos y conoce todas sus 

1. ¿Qué es la reagrupación familiar?

La reagrupación familiar es un derecho que se les otorga a los extranjeros para que puedan residir temporalmente en un país diferente al suyo con sus familiares más directos. En otras palabras, las personas extranjeras pueden vivir por un tiempo en un país específico si sus parientes cercanos los acogen y autorizan la acción.

En España, se solicita la “Autorización de residencia temporal por reagrupación familiar”, esto con la finalidad de que los familiares puedan vivir con nacionalizados españoles de forma temporal.

Todo sobre como completar el formulario EX02 de reagrupación familiar para extranjeros.

 Finalidad de la autorización

Además de permitir que los extranjeros se reúnan con sus familiares más allegados, esta autorización mantiene la unidad familiar en virtud de un derecho reconocido. De esta forma pueden agruparse en el país desplazado de forma legal y vigente.

2. ¿Quiénes pueden pedir la autorización de residencia por reagrupación familiar en España?

En sí, las siguientes personas pueden solicitar esta autorización para residir en suelo español:

  • Personas pertenecientes a una familia de extranjeros residentes en España.
  • Padre o madre de un niño que cuente con la nacionalidad española.
  • Hijos de padre o madre con nacionalidad española.

Condiciones para la reagrupación familiar

Los requisitos esenciales para obtener la autorización de residencia temporal por medio de la reagrupación familiar son estos:

  • No ser ciudadano de alguno de los países pertenecientes a la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza.
  • No encontrarse en España de manera irregular.
  • Es necesario que la persona tenga cubierta la asistencia sanitaria, ya sea por un seguro privado o por la seguridad social.
  • No se debe contar con antecedentes penales en España ni en otro país que tenga peso en el código penal español.
  • No puede tener prohibida la entrada en el territorio español.
  • Se debe pagar la tasa acordada para tramitar el procedimiento.
  • Por último, es importante contar con recursos económicos suficientes para mantener la familia. Además, se debe tener una vivienda adecuada.

3. ¿Quiénes pueden agrupar a un familiar extranjero?

Ahora bien, después de conocer las personas que pueden solicitar esta autorización, también es importante saber qué familiares pueden respaldar la solicitud. Dado esto, el familiar que quiera reagrupar debe ser alguna de estas personas:

  • Cónyuge del reagrupado. Esto también incluye a la pareja de hecho.
  • Hijos del reagrupado, ya sean naturales o adoptados, aunque para los últimos se necesita que la adopción tenga efectos en el país. Además, los hijos adoptados deben ser menores de 18 años o jóvenes mayores que tengan alguna discapacidad que les imposibilite satisfacer sus necesidades básicas o de salud diarias. 
  • Tutores o representantes legales de menores de 18 años o con discapacidad.
  • Ascendientes del reagrupante o de su pareja.

4. ¿Qué se necesita para solicitar la autorización de residencia temporal por reagrupación familiar?

Una vez que se reúnen y se cumplen los requisitos que mencionamos anteriormente, la persona que reside en España deberá reunir la documentación necesaria y realizar la solicitud. 

Aunque la documentación que se necesita presentar es obligatoria, no requiere de mucha complejidad para conseguirla. Sin embargo, a lo que se tiene que prestar suficiente atención es al formulario requerido para esta solicitud: el modelo EX-02.

5. ¿Qué es el modelo-EX02?

Este es un formulario propio de la oficina de extranjeros, el cual es requisito indispensable para solicitar la residencia temporal por medio de la reagrupación familiar en el país. 

6. Tipos de autorizaciones que se pueden gestionar con el modelo EX02

Este modelo cuenta con diferentes apartados que me permite usarlo en varios trámites de residencia. Sin embargo, el formulario se centra en los siguientes tipos de autorización:

  • Familiar de titular de autorización renovada o en trámite de renovación.
  • Familiar de titular de autorización de larga duración o larga duración-UE.
  • Extranjero retornado voluntariamente.
  • Familiar de titular o en trámite de autorización de trabajo para investigación.
  • Familiar de titular o en trámite de tarjeta azul-UE.
  • Menor nacido en España, siendo hijo de un residente.
  • Familiar del titular de autorización en condición de estancia que modifica a residencia y trabajo.

7. ¿Para qué sirve el modelo EX02?

En sí, este formulario sirve para solicitar la reagrupación de ciertos miembros de una familia. Esto siempre y cuando los reagrupantes sean:

  • Ciudadanos españoles
  • Extranjeros que residen legalmente en el país.
  • Extranjero que se encuentran de estancia, como es el caso de los estudiantes.

8. ¿Quiénes pueden solicitar y tramitar este modelo?

La formalidad de la solicitud debe solicitarlo el reagrupante de manera presencial.

9. ¿Qué documentos deben acompañar al modelo EX02 para realizar la solicitud?

Junto con el modelo EX02, es necesario agrupar originales y copias de cierta documentación, tanto del reagrupante como del reagrupado.

Documentación del reagrupante

  • Fotocopia del pasaporte, la cual tiene que ser una copia completa.

Documentación que justifique los ingresos necesarios para hacerse cargo de la familia, así como documentos que certifiquen su estado de empleado. Esto puede ser acreditado por lo siguiente:

Si trabaja

  • Fotocopia del contrato de trabajo en caso de estar empleado.
  • Última declaración de la renta, si se está en la obligación de presentarla.
  • Si se es autónomo, se debe acreditar por medio de algún documento al que se tiene que incluir la última declaración de IRPF.

Si no trabaja

  • En estos casos se deben incluir los documentos que acrediten que se cuentan con los ingresos y recursos suficientes. Por ejemplo, las tarjetas de crédito, Cheques de viaje, Cheques certificados, etc.
  • Además, es importante aportar un certificado del banco donde conste la cantidad de la cual se dispone en la tarjeta de crédito.

Vivienda

Por último, es necesario demostrar que se dispone de una vivienda adecuada por lo que se debe presentar un informe certificado por la comunidad autónoma dónde residas. Los órganos encargados de gestionar este documento disponen de 30 días para emitir este papel. 

Documentación del reagrupado

Por otra parte, se necesita de la siguiente documentación del agrupado:

  • Certificados que acrediten el vínculo de parentesco que le une al reagrupante.

Además, se necesitarán ciertos documentos según el caso específico:

Cónyuge o pareja

  • Declaración jurada que indique que el reagrupante no vive con otra pareja en España
  • Si hay un matrimonio anterior, se debe entregar la resolución judicial que informe sobre la situación en la que quedó el ex cónyuge sus hijos, si los tuviera.

Hijos

  • En el caso de reagrupar a un hijo, siendo único responsable, se debe presentar un documento en dónde se justifique la patria potestad de su hijo en solitario. Este tiene que informar también sobre la custodia otorgada o una autorización del otro progenitor dónde autoriza que su hijo viva en España.
  • En caso de tener hijos incapaces, se debe presentar un documento que lo acredite. 
  • Si los hijos son por adopción, se debe contar con la documentación donde se acordó.

Ascendientes

  • Si lo que se quiere es reagrupar a ascendientes (padres, abuelos, tíos), es esencial presentar los papeles que justifiquen que durante el último año se ha mantenido a la persona. Es decir, que el reagrupante ha mandado dinero o ha solventado los gastos del reagrupado. 
  • Documento que certifique que la persona tiene motivos para solicitar la autorización para vivir en España.
  • En caso de existir razones humanitarias, también tienen que justificarlas.
  • Por último, se entregarán los documentos que acrediten que el reagrupado tiene garantizada la asistencia sanitaria.

Algo que debes considerar

Todos los documentos que provengan de otros países deben estar traducidos al castellano o, en efecto, a la lengua cooficial del territorio.

Además, la documentación pública extranjera tiene que legalizarse en la oficina consular de España, también en el Ministerio de Asuntos Exteriores. Esto no incluye aquellos documentos que ya han sido apostillados por las autoridades correspondientes. 

10. ¿Dónde se debe presentar la solicitud con el modelo EX02?

El lugar al cual hay que acudir para presentar la solicitud por medio del formulario EX-02 es la Oficina de Extranjería. Se debe realizar en la provincia en la que viva el reagrupante.

Antes de acudir se debe solicitar una cita previa con anterioridad.

11. ¿Cómo rellenar el modelo EX02?

Este formulario se tiene que rellenar por duplicado para luego ser presentado junto a otros documentos en Extranjería. 

Para evitar equivocaciones al momento de llenarlo, vamos a explicarte paso a paso cómo cumplimentar este formato:

Datos del extranjero reagrupante

En esta sección hay que indicar los datos de la persona que vive en España y que va a reagrupar al miembro de su familia.

Para esto tiene que indicar su NIE, Número de pasaporte, apellidos y Nombre, Sexo, Fecha de nacimiento (formato dd/mm/aaaa), Lugar de nacimiento, Nombre del padre y de la madre y su Nacionalidad. Además, debe indicar su Estado civil (Separado, Casado, Viudo o Divorciado).

También debe dar información sobre su domicilio en España, número y piso; Localidad, Código postal y Provincia de residencia. es becario incluir el Teléfono de contacto y el E-mail.

Por último, hay que establecer qué tipo de autorización tiene el reagrupante, si tiene hijos a cargo menores de edad y el consentimiento para que se compruebe de manera general esta información.

Datos del extranjero reagrupado o que se quiere reagrupar

Una vez culminado el bloque anterior, se deben llenar los datos personales del familiar que se quiere reagrupar. 

Del mismo modo que la primera parte, debes rellenar este apartado con las mismas indicaciones:

  • NIE y Número de pasaporte, Nombre y apellidos, Sexo, Lugar, fecha y país de nacimiento. También se debe incluir el Nombre del padre y de la madre, la Nacionalidad, el Estado civil, Localidad, código postal y provincia donde reside. 
  • Es necesario indicar también cuál es el vínculo de la persona que lo está reagrupando. 

Datos de presentador de la solicitud

  • En caso de que la persona que presenta la solicitud es distinta al reagrupante, deberá rellenar la sección correspondiente con sus datos. En caso contrario, se puede omitir esta parte. 

Domicilio a efecto de notificaciones

Para que puedan notificarte e informarte sobre cualquier resolución, es necesario que indiques el domicilio donde desees recibirlas. Por ello, debes rellenar este apartado. 

Tipo de autorización solicitada

Cómo último paso, debes establecer qué tipo de autorización estás solicitando, de acuerdo con la clasificación que ya mencionamos con anterioridad. Además, debes marcar la casilla que corresponde en caso de ser una solicitud:

  • Inicial
  • Primera renovación
  • Segunda renovación
  • Renovación especial

Para completar el formulario se necesita la firma del reagrupante y la fecha en la que se ha presentado la solicitud.

12. ¿Dónde consigo el Modelo EX02?

Si quieres descargar este formulario puedes hacerlo por medio de este enlace.

También puedes encontrar el formato PDF del modelo haciendo click aquí

13. Otros puntos importantes

Al realizar la solicitud deben abonarse 10,50 euros que corresponden a la tasa de residencia temporal por motivo de reagrupación familiar. Esto debe realizarse en un plazo de 10 días desde que se ha presentado la solicitud.

La resolución de tu solicitud puede estar lista en 45 días hábiles como máximo.

Si se ha concedido o aprobado la autorización para la permanencia temporal, la persona que ha sido reagrupada debe solicitar el visado. Este podrá ser gestionado y entregado en un plazo de 2 meses luego de ser concedido.

Después de contar con el visado, el reagrupado debe viajar a España en tiempo estimado de 3 meses como máximo, ya que es el plazo de vigencia que tiene esta autorización.

Una vez que se encuentra en territorio español, la persona debe solicitar la Tarjeta de Identificación Extranjera. Para esto dispone solo de un mes. 

Otro punto que debes considerar es que está autorización te permitirá trabajar por cuenta propia o ajena, sin que necesites realizar algún otro trámite importante.

14. Otros tramites para extranjeros de interés

Doble Titulada con Grado en Educación Social y Grado en Información y Documentación por la Universidad de Salamanca.
Experta gestora, administradora y tesorera de recursos económicos en la empresa privada durante más de 3 años.

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