Así quedan los subsidios por desempleo del SEPE a partir de noviembre de 2024

A partir del 1 de noviembre, varios subsidios por desempleo del SEPE serán eliminados e integrados en nuevas ayudas. Conoce las nuevas cuantías y beneficiarios de las prestaciones.

Mujer esperando sentada para realizar una entrevista de trabajo.
Mujer esperando para una entrevista laboral mientras cobra un nuevo subsidio de desempleo

El Servicio Estatal Público de Empleo (SEPE) introduce grandes cambios en los subsidios por desempleo a partir del 1 de noviembre de 2024.

Estas reformas, impulsadas por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, tienen como objetivo simplificar y mejorar la protección para los desempleados. A continuación, te dejamos un resumen de las nuevas medidas adoptadas y de las ayudas suprimidas.

Desaparición de subsidios existentes

Desde el 1 de noviembre, dejarán de estar disponibles varios subsidios que hasta ahora los desempleados podían solicitar. Desaparecen:

  • La Renta Activa de Inserción (RAI)
  • El Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED)
  • El subsidio a mayores de 45 años

Los beneficiarios de estas ayudas pasarán a depender del Ingreso Mínimo Vital (IMV), aunque seguirán cobrando la RAI o el SED hasta agotarlas completamente. El IMV también estará destinado a personas liberadas de prisión y a quienes se les revise una incapacidad permanente y vuelvan a estar disponibles para trabajar.

Nuevas ayudas y beneficiarios

Se mantienen la prestación genérica por agotamiento del paro, el subsidio para mayores de 52 años y la ayuda para personas con cotizaciones insuficientes. Además, la prestación para aquellos que han agotado el paro incluirá ahora a:

  • Menores de 45 años sin responsabilidades familiares.
  • Trabajadores agrarios eventuales.
  • Empleados transfronterizos de Ceuta y Melilla.
  • Españoles emigrantes retornados sin derecho a subsidio.
  • Personas mayores de 16 años víctimas de violencia de género o sexual.

Duración de las prestaciones

La duración del nuevo subsidio por agotamiento de la prestación variará según los días de paro consumidos y la edad del solicitante:

  • Menores de 45 años: Acceso a un subsidio de seis meses tras agotar al menos 360 días de paro.
  • Mayores de 45 años sin cargas familiares: Subsidio de seis meses tras consumir al menos 120 días de prestación contributiva.
  • Personas con responsabilidades familiares: Subsidio de hasta 24 meses si han consumido al menos 120 días de prestación contributiva, y hasta 30 meses si han consumido al menos 180 días.

Nuevas cuantías a percibir

Los beneficiarios de estas ayudas recibirán las siguientes cuantías con su correspondiente evolución a lo largo de los meses que dure:

  • Los 6 primeros meses: 570 euros.
  • Los 6 meses siguientes: 540 euros.
  • El resto del periodo: 480 euros.

Procedimientos para el IMV

Los que, por la nueva ley, pierdan la RAI o el SED y pasen a depender del IMV deberán utilizar la pasarela creada por la Seguridad Social para solicitar esta ayuda. Es importante tener en cuenta que el paso del cobro de la RAI/SED al IMV no es automático y debe ser solicitado.

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Graduado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid en la Facultad de Ciencias de la Información. Técnico Superior Especializado en Orientación Profesional durante 4 años en el SEPE.

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