Algunas empresas, incluyendo la administración pública, hacen uso de complementos salariales para retribuir y gratificar a sus trabajadores. En este articulo te explicamos qué son los trienios y quinquenios y cómo se perciben en tu nómina.
Índice del artículo
- 1. ¿Qué son los trienios y los quinquenios?
- 2. ¿Cómo funcionan los trienios y quinquenios?
- 3. ¿Dónde se reflejan estos complementos?
- 4. Los trienios o quinquenios en las empresas privadas
- 5. ¿Cuánto se recibe por cada trienio o quinquenio?
- 6. ¿Qué sucede si la empresa se niega a darme el trienio o quinquenio?
- 7. El trienio y quinquenio de los funcionarios públicos
- 8. ¿Qué funcionarios pueden recibir los trienios?
- 9. Algunas normas de los trienios para funcionarios y quinquenios
- 10. La incapacidad temporal y los trienios
- 11. ¿Y si he trabajado en dos grupos diferentes como funcionario?
- 12. ¿Es necesario tener un contrato indefinido para comenzar a contar los trienios y quinquenios?
- 13. ¿Cuándo puedo ver el trienio o quinquenio en mi nómina?
- 14. ¿Es necesario solicitar estos pluses de antigüedad?
- 15. ¿Qué se tiene en cuenta para el cálculo de trienios y quinquenios?
- 16. Trienios y quinquenios en diferentes contratos laborales
- 17. ¿Cuándo se pierde la antigüedad en una empresa para el cobro de trienios y quinquenios?
- 18. ¿Por qué muchas empresas han dejado de abonar los trienios y quinquenios?
- 19. ¿Se puede renunciar a recibir trienios y quinquenios?
- 20. Más información
- 21. Otros enlaces de interés
¿No sabes cómo funcionan estos complementos? o ¿no los ves reflejados en tu nomina o salario? Quédate a leer este post y conoce más sobre estos excepcionales pluses de antigüedad.
1. ¿Qué son los trienios y los quinquenios?
Los trienios son un complemento salarial que otorgan algunas empresas a sus trabajadores al acumular antigüedad cada 3 años. Es decir, cada vez que se cumplan 3 años adicionales de antigüedad este complemento económico se verá nuevamente aumentado.
Estos pluses o complementos pueden ser aplicados por compañías y empresas privadas, así como por organizaciones públicas.
En pocas palabras, los trienios son pagos que se le hacen a un trabajador por cada grupo de 3 años que acumulen trabajando.
Por otra parte, los quinquenios son las cuantías abonadas al trabajador por cada lote de 5 años acumulados en la empresa.
2. ¿Cómo funcionan los trienios y quinquenios?
La antigüedad acumulada en una misma empresa o el desarrollo de un mismo cargo público se premia o gratifica con estás cuantías adicionales en tu nomina o salario. Estas bonificaciones se van sumando al sueldo a medida que se cumplen trienios o quinquenios dentro de la misma empresa.
3. ¿Dónde se reflejan estos complementos?
La regla y detalles del abono de estos suplementos debe estar reflejado en el convenio colectivo si es una empresa privada. En cambio, si se trata de una administración pública se puede encontrar en el Estatuto Básico del Empleado Público.
Además, este plus de antigüedad puede ser visto en tu nómina, dependiendo de lo que establezca la empresa. Por lo tanto, podrás observar si recibes trienios o quinquenios y su cuantía total de los mismos.
4. Los trienios o quinquenios en las empresas privadas
Es importante aclarar que no todas las empresas abonarán algún trienio o quinquenio a sus trabajadores. Deberás consultar tu contrato de trabajo, clausulas anexadas al mismo, y el convenio colectivo al que se adhiera tu empresa para conocer si tienes este derecho salarial reconocido.
Te recomendamos que consultes el convenio colectivo de tu empresa para conocer todos los derechos salariales que tienes reconocidos por ley. Y ante un impago de los mismo por parte de la empresa siempre podrás acudir a los tribunales para exigir el abono de los mismos con carácter retroactivo.
El cobro del primer plus por antigüedad se debe cobrar el mes siguiente a cumplir el primer lote de 3 o 5 años (dependiendo de la empresa) trabajando en la misma compañía.
5. ¿Cuánto se recibe por cada trienio o quinquenio?
En primer lugar debes conocer si en tu caso se contabilizan los trienios, cuatrienios o quinquenios. Una vez conozcas este dato el abono que se recibe por cada periodo acumulado corresponde a cierto porcentaje que se aplica sobre tu sueldo base.
En la mayoría de los casos, los trienios suelen abonar 5% por cada grupo de 3 años. Dado esto, si transcurren 6 años trabajando en la misma empresa, el pago que corresponde se suma al que ya se aplicó en el trienio anterior, y así de manera sucesiva.
En el ejemplo, anterior se puede consultar una tabla estándar de como funcionan y cuales son las cantidades a percibir según se van acumulando años trabajados en la misma empresa.
Te recomendamos consultar el convenio colectivo del sector y de la comunidad autónoma de la empresa donde trabajas para conocer la tabla exacta con cantidades y categorías precisos.
6. ¿Qué sucede si la empresa se niega a darme el trienio o quinquenio?
Cómo dijimos anteriormente, no todas las empresas ofrecen este complemento a sus empleados. En los casos dónde la empresa sí cuente con este beneficio, pero se niegue a reconocerlo, el trabajador podrá solicitar asesoramiento.
Es decir, puedes recibir asesoría de cualquier abogado laboralista o acudir a la representación sindical de tu empresa para reclamar los impagos. Además, podrás presentar una papeleta de conciliación en el juzgado que corresponda a tu comunidad para intentar resolver el problema en los tribunales.
7. El trienio y quinquenio de los funcionarios públicos
A diferencia de las empresas privadas, los trienios y quinquenios son muy habituales en los empleados de la administración pública. De hecho, están reflejados de manera detallada en la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
8. ¿Qué funcionarios pueden recibir los trienios?
Esta cantidad deberá ser igual para cada grupo o subgrupos de clasificación profesional. Además, si no se tiene un subgrupo específico, se puede tomar los trienios por cada 3 años de servicio.
9. Algunas normas de los trienios para funcionarios y quinquenios
Desde el punto de vista general, todos los trabajadores que trabajen en situación de servicios especiales pueden recibir esta prestación sin ningún perjuicio. De hecho, recibirán las retribuciones del puesto o cargo que desempeñan sin problema alguno.
Por otra parte, también se aplica cuando se tiene una excedencia por cuidado de hijos o de un familiar. Además, este plus puede ser abonado tanto a trabajadores eventuales como a los trabajadores interinos.
10. La incapacidad temporal y los trienios
En caso de que quedes bajo una incapacidad temporal, por algún motivo justificable, el derecho de recibir un trienio o quinquenio no se suspende. Al igual que los periodos para cuidar hijos, familiares o de recuperación por contingencias son computables para el cálculo de la antigüedad.
11. ¿Y si he trabajado en dos grupos diferentes como funcionario?
Por otra parte, si eres funcionario de la Administración Publica y has formado parte de dos grupos funcionariales diferentes en estos 3 años del trienio, se consolidará aquel que sea superior. Es decir, la Ley establece que se tomará en cuenta el trienio del grupo superior al que se le prestó el servicio laboral.
12. ¿Es necesario tener un contrato indefinido para comenzar a contar los trienios y quinquenios?
No. El inicio de este derecho comienza desde el día en el que se firma el primer contrato temporal con la empresa.
De esta manera no hay que esperar a tener un contrato indefinido para comenzar a acumular antigüedad en tu empresa para recibir tu trienio o quinquenio.
Por otra parte, el periodo de pruebas o prácticas realizados en la empresa también computa al momento de acumular antigüedad.
Cabe recalcar que es importante que durante este periodo “no laboral” con la empresa no se hayan formalizado contratos con otras compañías u organizaciones diferentes.
13. ¿Cuándo puedo ver el trienio o quinquenio en mi nómina?
Puedes tener acceso a este derecho a partir del momento en que se cumpla el último día del tercer o quinto año trabajado en la empresa.
Aunque, lo más común es que se comience a cobrar desde el primer día del año siguiente en el que cumples los 3 años trabajando y sea abonado de manera retroactiva el primer pago.
14. ¿Es necesario solicitar estos pluses de antigüedad?
No es necesario solicitar el trienio y quinquenio, ya que se aplica por defecto por la empres. Aunque, puede darse el caso de que la empresa necesite de un proceso de solicitud para activar este beneficio, en este caso la empresa tendría la obligación de informarte.
En estos casos podrás solicitar tu trienio al departamento de Recursos Humanos o a la parte encargada de la gestión de nóminas de tu lugar de trabajo. Si no recibes respuestas puedes presentar una papeleta de conciliación ante el juzgado de lo social para tramitar este derecho.
Sin embargo, hoy en día son muchos los convenios colectivos que no anexan este complemento en sus contratos, ya que no tiene relación con su productividad. Por ello, debes investigar si tú empresa es uno de estos o si cuenta con un plan de complementos diferente.
15. ¿Qué se tiene en cuenta para el cálculo de trienios y quinquenios?
Como hemos comentado anteriormente ambos complementos se otorgan al llegar a los 3 o 5 años trabajando en la misma empresa. Sin embargo, la realidad es que existen condiciones o excepciones que afectan al cálculo de la antigüedad para este beneficio.
A continuación, algunos puntos que se deben tomar en cuenta para que calcules tu tiempo de antigüedad para poder cobrar trienios y quinquenios:
- Se contará el tiempo que se haya tenido con contrato en prácticas o en formación laboral.
- También se contabiliza el periodo que se haya estado en prueba.
- El tiempo transcurrido en excedencia forzosa, por cuidado de hijos o familiares.
- Si el contrato de trabajo viene de una cesión ilegal también computará para el calculo.
- No es aplicable para el cómputo de la antigüedad el tiempo de excedencia voluntaria, pero sí se contabilizará el plazo en el que el trabajador espera para el reingreso.
- Si hay sucesión de empresa se respeta la antigüedad conforme al nuevo convenio colectivo.
16. Trienios y quinquenios en diferentes contratos laborales
Cada tipo de contrato puede determinar un conteo diferente de la antigüedad para poder recibir la retribución de estos complementos. Por ello, es importante conocer todos los datos de cada relación laboral:
Jornada reducida
Si el trabajador se encuentra bajo jornada reducida por guarda legal o cuidado de hijos, el plus recibido por antigüedad dependerá de lo que trabaje. Es decir, se le pagará el complemento correspondiente en proporción a la jornada que realice.
Contrato de tiempo parcial
En el caso de este tipo de contrato, si se trabaja todos los días, este tiempo es contado independientemente de la duración de la jornada. En este caso se computa su tiempo de vinculación con la empresa.
En cambio, si solo trabaja determinados días a la semana, o ciertos meses al año, solo se cuentan los días efectivos de trabajo.
Contratos fijos-discontinuos
A los trabajadores que desarrollan su jornada bajo este contrato se les computará su tiempo laboral solo los días efectivos de trabajo y no el de inactividad.
Contratos temporales
Por último, en el caso de los contratos temporales se cuentan todos aquellos periodos trabajados (bajo contrato) que se haya tenido con la empresa. Esto siempre que no haya ocurrido una ruptura en la continuidad significativa del tiempo laboral.
Asimismo, no importa si se ha recibido finiquito tras una pausa entre un contrato temporal y otro, ya que suelen ser periodos cortos. Del mismo modo, se sigue computando ese tiempo si se ha cobrado una indemnización por despido improcedente.
17. ¿Cuándo se pierde la antigüedad en una empresa para el cobro de trienios y quinquenios?
La antigüedad en una empresa normalmente se pierde cuando se rompe la relación laboral. Esto sucede ya sea por el fin de un contrato temporal o por causa de un despido.
Aunque, si después del despido la empresa decide volver a contratarte, dependerá del tiempo de inactividad transcurrido entre los hechos para saber si se ha perdido o no la antigüedad.
En sí, la legislación no ha determinado que tiempo tiene que pasar entre ambos contratos para que la antigüedad llegue a cero. Sin embargo, la jurisprudencia o el convenio colectivo puede determinarlo.
Dado esto, en muchos casos no se rompe el vínculo laboral si esta distancia es menor a un mes, aunque se evalúa que se use un periodo más amplio para perder la antigüedad.
18. ¿Por qué muchas empresas han dejado de abonar los trienios y quinquenios?
En general, el motivo que ha llevado a qué algunos empresarios prescinda de este plus de antigüedad es que no influye en nada a la producción de la empresa. Es decir que, aunque muchos trabajadores llevan años trabajando, no significa que esto de beneficio a la empresa.
Por ello, desde hace un tiempo se ha venido sustituyendo este plus de antigüedad por otros recursos retributivos. De esta manera se busca beneficiar a los trabajadores por su desempeño y papel dentro de la empresa.
19. ¿Se puede renunciar a recibir trienios y quinquenios?
No. Estos complementos son un derecho del trabajador. Por lo que no se puede renunciar a estos de manera legal ni mediante un pacto o acuerdo colectivo.
20. Más información
Cómo dijimos al principio de este post, los trienios y quinquenios solo se cobran en caso de que el convenio colectivo así lo establezca.
Por lo tanto, no por llevar más tiempo en la empresa tienes derecho a un aumento automático del sueldo. Recuerda que siempre debes consultar el convenio colectivo de tu empresa para conocer tus derechos reales.
Es importante que conozcas tus beneficios, el valor de tu nómina y las prestaciones a las que tienes derecho, sobre todo si eres un funcionario público.
21. Otros enlaces de interés
Graduado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid en la Facultad de Ciencias de la Información. Técnico Superior Especializado en Orientación Profesional durante 4 años en el SEPE.
Hola:
me ha sido de gran ayuda para aclararme.
Ahora tengo una duda, para saber los importes correspondientes a los trienios y si mi empresa paga quinquenios necesito saber el convenio colectivo al que está adscrita mi empresa y eso parece misión imposible ¿Cómo puedo averiguarlo?
Gracias
Esta información debería figurar en el contrato de trabajo firmado o en cualquier anexo firmado en su incorporación a la empresa.
Hola
Una compañera mía tiene en la nomina la antigüedad de 23 de marzo de 2022, cuando firmo el contrato temporal actual. Sin embargo, empezó a trabajar con un contrato de obra y servicio el 16 de junio de 2021. En marzo de 2022 la finiquitaron y le hicieron el contrato temporal que vence en unos dias.
¿Qué antigüedad debería constarle?
En primer lugar le aconsejamos que se dirija a un representante de los trabajadores o representante sindicalista de su empresa, o en su defecto a abogado laboralista para que le informe correctamente de todos sus derechos en base a sus circunstancias especificas.
Dicho esto y a modo de información desde la reforma de la laboral del RDL 32/2021 se considerará trabajador indefinido si se está contratado por la misma empresa por 2 o más contratos temporales durante un periodo de 18 meses en un periodo de 24 meses en el mismo o diferentes puestos dentro de la empresa. Siempre y cuando el contrato no sea por sustitución o formativo.
Por lo tanto la antigüedad puede carecer de relevancia si en el momento del despido o finalización del contrato se impugna el mismo y se solicita la reincorporación como personal indefinido o la indemnización por despido improcedente.
Por lo tanto, y tal y como le decíamos al comienzo le aconsejamos que ponga sus datos en manos de un profesional que le pueda guiar y aconsejar como actuar ante el inminente fin de contrato.
Llevo desde el año 2000 fija en una peluquería y nunca he cobrado un quinquenio podría solicitarlo con carácter retroactivo?