Certificado tributario: Cómo obtenerlo

El certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias es un documento que contempla información en materia de acciones tributarias. Es indispensable en ciertos casos, no obstante, ¿cómo puede obtenerse el certificado tributario?

Si aún no lo sabes, siga leyendo la información que traemos para usted el día de hoy. A continuación, explicaremos todos los aspectos de relevancia que necesita saber sobre los certificados tributarios.

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1. ¿En qué consiste el certificado tributario?

Se trata de un documento que acredita hechos asociados a la situación tributaria de un obligado tributario, el cual es expedido por la Administración Tributaria.

Dicho certificado se rige según lo establecido en el artículo 74 del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio. En este se contempla el Reglamento General de las actuaciones y procedimientos de gestión e inspección en materia tributaria. Además del desarrollo de las normas comunes de procedimientos que deben aplicarse en los tributos.

2. ¿Qué acreditan?

Son varias las cuestiones que pueden acreditar un certificado tributario, entre ellas tenemos: la presentación de declaración. También se contemplan las autoliquidaciones y comunicaciones de datos o extremos concretos que pueden estar contenidos en ellos.

Conjuntamente pueden acreditar la situación censal, cumplimiento de obligaciones tributarias el obligado. Además de la existencia o ausencia de deudas y sanciones pendientes que estén registradas en la base de datos de la Administración Tributaria.

3. ¿Qué hechos se certifican por medio de un Certificado Tributario?

Todos los hechos o datos que se autentiquen mediante un Certificado tributario se referirán únicamente al obligado tributario de dicho certificado. Por ende, este no puede incluir los datos relativos a terceros.

Quedan exentos de estos certificados los datos vinculados a las obligaciones tributarias para determinar la deuda tributaria por medio de la oportuna liquidación.

En tanto no se haya vencido el plazo voluntario para el cumplimiento de las obligaciones tributarias el certificado tampoco se expedirá.

4. ¿Cuál es el contenido estándar de un Certificado tributario?

Generalmente, los certificados tributarios deben contener los siguiente:

  • Nombre y apellido, razón social, o bien, la denominación completa de la persona.
  • Número de identificación y domicilio fiscal del obligado tributario.
  • Las obligaciones, circunstancias y requisitos que requieran la certificación.
  • La ausencia de información solicitada en las bases de datos de la Administración tributaria. En su defecto, la improcedencia de no haber suministrado dicha información cuando esta no sea certificable.
  • Lugar, fecha y firma auténtica del órgano competente a cargo de su expedición, además del Código Seguro de Verificación.

5. ¿Cuáles son los resultados del certificado tributario?

Al tratarse de certificados de estar al corriente de obligaciones tributarias el resultado de estos podrá ser alguno de los enlistados a continuación:

  • Positivo en caso de que el obligado se encuentre al corriente de las obligaciones tributarias.
  • Se deniega el certificado cuando hay deudas del solicitante.
  • Se deniega el certificado al existir una falta de presentación de declaraciones por parte del solicitante.
  • Al coincidir las causas anteriores se deniega el certificado.

6. ¿Cómo se comprueba la autenticidad y validez de los certificados?

Para comprobar el contenido del certificado tributario sólo deberá ingresar a la sede electrónica de la Agencia Tributaria por medio de las siguientes rutas:

  • Accede directamente por medio de este enlace.
  • A través del cotejo de documentos electrónicos

Para ello se utiliza el Código Seguro de Verificación (CSV) que se halla en el certificado.

Todas las copias de los certificados tributarios tendrán la misma validez que el certificado original. También producirán los mismos efectos, ya que podrá comprobarse su contenido por medio del código mencionado anteriormente. 

¿Dónde se ubica el Código Seguro de Verificación (CSV) de un documento de la AEAT?

Como podrá ver, este código de seguridad garantiza la integridad del certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias. Por lo tanto, es de carácter imprescindible para este tipo de documentos.

A su vez, debe ser tratado con cautela por el destinatario del documento. De igual forma, su comunicación a terceros permite el acceso al contenido del documento, además de realizar ciertos trámites electrónicos.

Dicho código puede verse reflejado al pie de página de cualquier hoja de estos documentos. También se emplea en el párrafo de firma del documento en cuestión.

7. ¿Qué certificado tributario puede ser solicitado por internet?

Actualmente, son numerosos los certificados que pueden solicitarse con el sistema de firma electrónica no avanzada, es decir, con Cl@ve PIN. 

Aunque también es posible emplear el sistema de firma electrónica avanzada (certificado o DNI electrónico) en la sede electrónica de Administración Tributaria.

Igualmente, están habilitadas las solicitudes y entrega inmediata de certificados de IRPF, sin presentar un certificado electrónico. Para esto sólo debes aportar los datos que solicitan y un número de teléfono para que la Agencia Tributaria pueda enviarte el CSV. Por medio de este código de seguridad podrás descargar e imprimir el certificado IRPF al instante.

Otras disposiciones

Para aquellos que no disponen de ninguno de los sistemas anteriores, sólo podrán solicitar los siguientes certificados tributarios: contratistas y subcontratistas. También los certificados de renta y certificados de operador intracomunitario.

En estos casos deben introducirse los datos del solicitante para cada situación en concreto. Después de que sea emitido el certificado, éste será enviado al domicilio consignado (domicilio fiscal), o también, al domicilio electrónico. Esta última opción es para quienes se han suscrito al servicio de notificaciones electrónicos alojado en la Dirección Electrónica.

Recuerde que, para la solicitud de certificados tributarios por internet, en todo caso, puede actuar como apoderado o colaborador social.

Información adicional

En general, los certificados solicitados por internet se generan de forma inmediata, por tanto, si el resultado es positivo, este podrá descargarse en el momento.

Ahora, si desea recuperar algún certificado que ya fue expedido, podrá revisar en la sección “Consulta de certificados expedidos”.

8. Cómo realizar la solicitud para ser atendido en las oficinas de la Agencia Tributaria

Como bien sabrá, también puede solicitar el certificado tributario directamente en la Administración o Delegación de la Agencia Tributaria que le corresponda.

No obstante, este proceso debe realizarse por medio del sistema de cita previa; puede solicitar su cita por cualquiera de estos medios:

  • Llamando a cualquiera de las siguientes líneas de atención: 901 200 351 —91 290 13 40
  • Accediendo al portal web de cita previa haciendo clic aquí.

Para ello también deberá presentar el modelo 01 (Solicitud de Certificados). Esto último no aplica para los certificados de contratistas y subcontratistas; para ello estos casos se tiene el modelo 01C.

Información adicional

Si desea modificar o anular su cita debe ingresar nuevamente al servicio de cita previa para realizar la acción. Tras identificarse el sistema le mostrará las citas asignadas y la opción donde podrá modificarla, o bien, anularla.

¿Dónde puedo descargar el modelo?

Ingresando a la sede electrónica pinchando en este enlace, tendrás acceso al modelo y las instrucciones de este:

9. ¿Cuánto tiempo tarda la expedición del certificado tributario?

Hasta la fecha el plazo de tiempo estipulado para expedir el certificado tributario es de 20 días hábiles. Sin embargo, si la normativa reguladora establece un período distinto, este podrá acortarse o extenderse. Por ejemplo, los certificados de contratistas y subcontratistas estarán listos de tres a cinco días hábiles.

¿Qué vigencia tiene el certificado?

Los certificados de estar al corriente de obligaciones tributarias tienen una validez de doce meses, contando desde la fecha de expedición.

No obstante, si usted no está de acuerdo con los resultados obtenidos en este, podrá manifestar su inconformidad en un plazo de diez días hábiles.

¿A dónde se envían los certificados tributarios?

Podrán enviarse los certificados dependiendo de los siguientes escenarios:

  • Al domicilio señalado en la solicitud; esto se cumple en el caso de las solicitudes presentadas en una Administración de la AEAT.
  • A la dirección electrónica que haya indicado el solicitante siempre que tenga las notificaciones electrónicas habilitadas.
  • A un domicilio consignado acorde con las notificaciones de los modelos: 030, 036 o 037.
  • Al domicilio fiscal del solicitante.

Recuerde que, todos los certificados que son solicitados con la firma electrónica avanzada o Cl@ve PIN, se obtienen directamente en la sede electrónica.

10. ¿Qué hago si estoy inconforme con la información que aparece en el certificado?

Los certificados de estar al corriente de obligaciones tributarias poseen un carácter informativo y no hay recurso alguno que se interponga entre ellos. Sin embargo, siempre que se presenta alguna inconformidad con cualquiera de sus datos estos pueden ser notificados.

Como mencionamos arriba, el plazo para ello es de diez días hábiles desde la fecha de emisión. Asimismo, la queja debe presentarse mediante un escrito en el que se solicite la modificación del certificado. Este debe ir dirigido al órgano encargado de su expedición, junto con los elementos de prueba que considere correctos para validar la solicitud de cambio.

La información adicional le servirá al fiscal para revisar y corregir los datos que no sean correctos.

11. Más información

12. Otros enlaces de interés

Doble Titulada con Grado en Educación Social y Grado en Información y Documentación por la Universidad de Salamanca.
Experta gestora, administradora y tesorera de recursos económicos en la empresa privada durante más de 3 años.

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