Actualmente, muchos trabajadores optan por emprender como autónomos sin desligarse de sus empleos como asalariados (cuenta ajena). Esta es una modalidad bastante común y completamente viable, que es denominada como pluriactividad (que no pluriempleo).
Índice del artículo
- 1. ¿En qué consiste la pluriactividad?
- 2. ¿Cuáles son las obligaciones y responsabilidades de la pluriactividad?
- 3. ¿Cuáles son las reducciones para autónomos en situación de pluriactividad?
- 4. ¿Qué pasa si estoy en situación de pluriactividad y tengo una incapacidad temporal?
- 5. Sobre las mujeres en situación de pluriactividad
- 6. ¿Quién está a cargo de comunicar la pluriactividad?
- 7. ¿Cuáles son las ventajas del pluriempleo para autónomos?
- 8. Otros articulos de interés para autónomos
Pero ¿Cómo se hace?, ¿Qué hay que tomar en cuenta al estar en esta situación?. Si te interesa saberlo, sigue leyendo la información que te mostramos en este articulo para resolver todas tus dudas.
1. ¿En qué consiste la pluriactividad?
Se define como pluriactividad aquella situación en la que un trabajador realiza dos o más actividades laborales. Dichas actividades por lo general obligan al individuo a cotizar y estar dado de alta en más de un régimen de la Seguridad Social (Normalmente régimen general y régimen especial de trabajador autónomo).
Una de las características más relevantes de la pluriactividad es la compatibilidad para los trabajadores asalariados por cuenta ajena con emprender un negocio como profesional autónomo.
1.1. Información adicional
Cabe destacar que la pluriactividad no es exclusiva de los trabajadores por cuenta propia, aunque sea una situación vinculada a los autónomos.
2. ¿Cuáles son las obligaciones y responsabilidades de la pluriactividad?
Como mencionamos anteriormente, el concepto de pluriactividad sugiere que los trabajadores deben cotizar en el régimen general como trabajador por cuenta ajena. Al mismo tiempo está obligado a cotizar en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos por los ingresos que percibe como trabajador por cuenta propia.
Los excedentes del tope establecido por la Seguridad Social son devueltos de oficio por dicho organismo. No obstante, estos trabajadores tienen derecho a cobrar 2 pensiones tras formalizar su jubilación, siempre que seas apto y cumplas las condiciones mínimas para ello.
Puedes saber más sobre como calcular tu pensión de jubilación si has cotizado en varios regímenes de la seguridad social pulsando sobre el siguiente botón:
Si no estás en situación de alta en alguno de los regímenes cuando llegue el momento de tu jubilación deberás consultar las leyes de ese momento para saber que tipo de pensión te corresponde. Para poder cobrar las dos pensiones deberán superponerse las cotizaciones acreditadas en cada uno de los regímenes durante 15 años como mínimo.
3. ¿Cuáles son las reducciones para autónomos en situación de pluriactividad?
La Ley de Emprendedores recientemente aprobó ciertas reducciones para los nuevos autónomos que se encuentran en situación de pluriactividad. Conjuntamente, las reducciones pueden ser extensibles a los autónomos societarios y siempre son aplicadas sobre las bases de cotización. En este sentido, los nuevos autónomos podrán reducir su base de cotización en los siguientes supuestos:
- Para autónomos contratados por cuenta ajena (jornada completa).
- En los primeros 18 meses de alta podrán optar por una base de 466,35 euros. Gracias a la reducción de hasta el 50% de la base mínima de cotización.
- En los segundos 18 meses de alta la base mínima podría alcanzar el 75%, lo cual quedaría en 699,50 euros.
- Para autónomos contratados por cuenta ajena (tiempo parcial para jornadas superiores al 50%)
- En los primeros 18 meses de alta podrá alcanzar hasta el 75% de la base mínima de cotización. En consecuencia, la base de los autónomos en pluriactividad será de 699,50 euros.
- En los segundos 18 meses de alta podrá alcanzar el 85% de la base mínima que resulta en 792,7 euros.
De cualquier forma, siempre tendrán la alternativa de optar por una base de cotización superior hasta alcanzar las bases máximas.
3.1. ¿Qué requisitos debo cumplir para optar por las cuotas reducidas?
Para disfrutar de las cuotas reducidas como autónomo en pluriactividad debes cumplir con lo siguiente:
- Darte de alta por primera vez en el RETA de la Seguridad Social.
- Haber iniciado tu situación de pluriactividad con motivo del alta.
Recuerda que la bonificación no es compatible con la tarifa plana, aunque sí tiene derecho a ellas, el autónomo podrá escoger la que prefiera. Igualmente, todas estas bonificaciones por pluriactividad deben ser solicitadas al momento de darse de alta como autónomo en la Seguridad Social para ser validadas.
4. ¿Qué pasa si estoy en situación de pluriactividad y tengo una incapacidad temporal?
En general, la cobertura económica por incapacidad temporal es de carácter obligatorio para quienes se dan de alta en el RETA. No obstante, esto es completamente opcional para aquellos que se encuentran en situación de pluriactividad y tienen derecho a la prestación por incapacidad.
Ahora bien, la cobertura para las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales son de carácter voluntario en materia del RETA. Salvo para los trabajadores autónomos dependientes que estén obligados a formalizar la protección por desempeñar una actividad de riesgo elevado. En estos casos las contingencias por accidentes y enfermedades son incluidos como elementos de cotización.
5. Sobre las mujeres en situación de pluriactividad
Si eres mujer en situación de pluriactividad y estás embarazada o en período de lactancia, podrás valorar tu situación para saber si estás en riesgo. Esto se refiere principalmente al riesgo que puede ocasionar ciertas actividades durante la lactancia natural.
Por otra parte, el riesgo durante el embarazo puede afectar el desarrollo de cualquier actividad. En consecuencia, las trabajadoras en esta situación tienen derecho a la prestación correspondiente en cualquier régimen, siempre que cumplan los requisitos exigidos para ello.
De cualquier modo, si la situación de riesgo no afecta las actividades realizadas en pluriactividad, la trabajadora podrá optar por un único subsidio. Este será otorgado según el régimen donde esté acogida la actividad de riesgo.
6. ¿Quién está a cargo de comunicar la pluriactividad?
Cuando un trabajador está en situación de pluriactividad, los empresarios deben comunicarlo al momento del alta del trabajador a la Seguridad Social.
Por otro lado, los trabajadores que practiquen el pluriempleo deben comunicarlo a ambas partes: la Seguridad Social y los empresarios.
7. ¿Cuáles son las ventajas del pluriempleo para autónomos?
En primer lugar, el pluriempleo permite ahorrar dinero en coberturas, pues al estar dado de alta en dos regímenes puedes excluir la cobertura de uno. Igualmente, si la empresa ya cubre las contingencias comunes, siempre podrás descartar la cobertura como autónomo.
Otra ventaja son las bonificaciones por pluriactividad, tal como mencionamos antes, todo depende del contrato que tengas. Es decir, si trabajas a media jornada o jornada completa en una empresa las bonificaciones en materia de reducción podrán ser más elevadas.
8. Otros articulos de interés para autónomos
Doble Titulada con Grado en Educación Social y Grado en Información y Documentación por la Universidad de Salamanca.
Experta gestora, administradora y tesorera de recursos económicos en la empresa privada durante más de 3 años.