Plan PREPARA: ¿Cómo y cuándo se recibía?

Plan PREPARA: ¿Cómo y cuándo se recibía?

Plan PREPARA era un beneficio para los trabajadores desempleados que han agotado el resto de sus prestaciones y subsidios que actualmente ha sido sustituido por otras ayudas más eficaces y concretas.

Aunque sigue hablándose el Plan PREPARA ya no se encuentra en vigor, debido a una sustitución. De cualquier manera, aquí te contaremos de qué trataba esta ayuda y todos los requisitos que debían cumplir para cobrar, veamos.  

1. ¿En qué consiste?

Fue un plan que se creó en beneficio a los trabajadores desempleados que han agotado el resto de sus prestaciones y subsidios. No obstante, actualmente ya no se encuentra en vigencia, puesto que fue sustituido por la ayuda SED (Subsidio Extraordinario de Desempleo).

2. ¿Cuánto se podía obtener a través del Plan PREPARA?

Anteriormente, quienes solicitaban la subvención podían obtener un aporte económico de 2.400 o 2.700 euros. Dicha cantidad se cobraba en pagas que ascendían entre los 400 y 450 euros mensuales durante seis meses; sin derecho a prórroga.

Claro que, las cifras podrían variar en función de las responsabilidades familiares que tuviese el beneficiario. Asimismo, el solicitante debía tener un compromiso de asistir a los cursos de formación y sesiones de orientación para facilitar su reingreso al mercado laboral. Conjuntamente, después de hacer la solicitud no podría realizarla otra vez.

3. ¿Cuáles eran los requisitos para solicitar la ayuda del Plan PREPARA?

Los requisitos y condiciones que debías cumplir para ser candidato al antiguo subsidio eran los siguientes:

  • Ser desempleado y haber agotado todas las prestaciones y subsidios a disposición.
  • Haber solicitado la ayuda antes de cumplirse dos meses desde el momento que agotó el resto de sus prestaciones anteriores. En caso contrario, el solicitante pierde el derecho a recibir la ayuda.
  • Ser un parado de larga duración, es decir, haber estado inscrito como demandante de empleo por al menos 12 meses.
  • Tener responsabilidades familiares, es decir, que uno o varios miembros de la unidad familiar dependan del solicitante. Adicionalmente, el total de los ingresos familiares se reducían para justificar la necesidad del subsidio.
  • No tener derecho a prorrogar las prestaciones ni subsidios, tampoco poder ser beneficiario de ningún otro subsidio por desempleo
  • No haber cobrado antes alguna prestación de esta misma índole, por ejemplo: el PRIORI, la renta agraria o la RAI.
  • Tener carencia en materia de rentas de modo que estas no superen el 75% del SMI.
  • Haber firmado el acuerdo con el orientador laboral asignado por los Servicios Públicos de Empleo. Dicho acuerdo consiste en un compromiso para participar en el IPI (Itinerario Personalizado de Inserción).
Mujer beneficiaria del anterior Plan PREPARA del gobierno que ofrecía ayuda económica a desempleados de larga duración.
Información sobre la ayuda del Plan PREPARA que otorgaba el gobierno de España

A través del orientador podrá validarse la información, asistencia y la comunicación entre la administración y el desempleado en cuestión.

  • Acreditar la búsqueda de empleo activa durante los últimos 30 días contando a partir de la culminación de las otras prestaciones. Aunado a ello es necesario que el solicitante aporte el impreso de Búsqueda Activa de Empleo cumplimentado.

4. ¿Cuánto tiempo se debía esperar para recibir la prestación?

Después de enviar y procesar la solicitud la respuesta de la prestación del Plan PREPARA no solía tardar más de 20 o 30 días en llegar. No obstante, de transcurrir este tiempo sin respuesta, lo correcto era contactar con el Servicio Público de Empleo para reportar la incidencia.

Si debías presentar alguna alegación era importante hacerlo durante el plazo establecido de dos meses, mencionado con anterioridad.

Posteriormente, de ser negada o aprobada la solicitud, el servicio enviaba una carta al domicilio del solicitante. Ahora, si era denegada en la carta aparecen las causas y los recursos disponibles. Sin embargo, también podrías recibir una llamada para acudir a una entrevista con un tutor en función de autorizar el sistema de pagos.

4.1. Información adicional

Cabe destacar que, al tratarse de una subvención, el plan era incompatible con las deudas de Hacienda y la Seguridad Social. En otras palabras, no podías presentar multas, impuestos, impagos de cuotas, etc. Si deseabas presentar la solicitud.

5. ¿Qué documentos se solicitaban para acceder al Plan PREPARA?

La documentación requerida para optar por el subsidio del Plan PREPARA era la siguiente:

  • El DNI o TIE, NIE o el documento identificativo del país de origen del titular/solicitante, cónyuge o hijos en cuestión.
  • El libro de familia, certificado de registro civil, o bien un documento equivalente siempre que se tratase de una persona extranjera.
  • El justificante de los ingresos obtenidos con un mes de anterioridad a la solicitud.
  • En caso de separación o divorcio, la sentencia o convenio regulador establecido.
  • El certificado de padrón histórico y colectivo del solicitante.
  • El documento donde declara la búsqueda activa de empleo junto al impreso de la solicitud.

6. ¿Qué obligaciones debía tener el beneficiario del Plan PREPARA?

La principal obligación que tenían los beneficiarios de esta ayuda era participar en el itinerario de inserción, mencionado anteriormente. Aparte de ello, debía cumplir con las obligaciones del compromiso de actividad, como renovar la demanda de empleo y comunicar los cambios de la renta.

En caso de encontrar trabajo, también debía notificarlo y asistir a las sesiones de control respectivamente.

Ahora, el incumplimiento de alguna de estas obligaciones suponía la pérdida de la ayuda desde el momento que se causó la falta.

7. ¿Qué se debía hacer para evitar la suspensión del Plan PREPARA?

En primer lugar, debías cumplir con los plazos establecidos para solicitar la ayuda económica. Otra cuestión importante era regularizar el tema de las posibles deudas con Hacienda o la Seguridad Social. Sin importar el importe o asuntos pendientes, estos se atendían antes de solicitar el plan.

Para finalizar, era necesario seguir sellando la tarjeta del paro y acudir a todas las citaciones que hiciera la oficina de empleo.

8. ¿En qué momento se realizaban los pagos del Plan Prepara?

Al tratarse de una subvención (ayuda extraordinaria gestionada por el SEPE), los pagos no eran tan regulares como ocurre con el resto de los subsidios. De hecho, estos aportes no poseen retención ni del IRPF ni de la Seguridad Social, pues durante los seis meses no cotizas la vida laboral.

Si bien es posible que durante las rentas anuales las personas estuviesen o no obligadas a presentar, por ley era necesario declarar el plan. Al efecto, según el Servicio de Información de la Agencia tributaria, las ayudas recibidas mediante este plan deben declararse rendimiento del trabajo.

Por este motivo, era aconsejable consultar la normativa legal del IRPF para revisar los límites de ingresos en función de presentar la declaración obligatoria.

9. ¿Qué ocurría si encontraba trabajo mientras recibía la ayuda del plan PREPARA?

Al encontrar un trabajo temporal mientras era beneficiario del plan la ayuda cesaría. Igualmente, si volvía a quedar en paro sin cumplir los seis meses de cobro, el beneficiario podría recuperar los meses sobrantes. Por otra parte, si pasaban los seis meses desde la solicitud, ya no podría recuperar la ayuda recibida hasta entonces. Esta condición puede explicarse mejor con un ejemplo, veamos:

Si una persona ya había cobrado cuatro meses del plan, pero encontraba un trabajo temporal de dos meses, el pago igual era suspendido. Sin embargo, el tiempo previsto para recibir la ayuda seguía pasando. De modo que, al volver a quedar en paro, no podría recuperar la ayuda que aún no había recibido, tampoco volver a solicitar el subsidio.

En cambio, si una persona se hallaba cobrando su segundo mes del plan y encontraba un trabajo temporal de dos meses, el pago sería suspendido. Con ello el tiempo seguiría transcurriendo, no obstante, al volver a quedar en paro todavía le restan dos meses legales para recibir los pagos restantes.

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Doble Titulada con Grado en Educación Social y Grado en Información y Documentación por la Universidad de Salamanca.
Experta gestora, administradora y tesorera de recursos económicos en la empresa privada durante más de 3 años.

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